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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 7 de agosto de 2009 400507 relacionados, se establecen por Ordenanza Municipal Provincial; Que, en mérito a los Informes Nº 279-2009-GPP/GM/ MPMN de fecha 12-06-2009, Nº 258-2009-GDUAAT/GM/ MPMN del 30-06-2009 y Nº 0567-2009-GAJ/GM/A/MPMN de fecha 02-07-2009, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, de la Gerencia de Desarrollo Urbano Ambiental y Acondicionamiento Territorial y de la Gerencia de Asesoría Jurídica de la Municipalidad Provincial de “Mariscal Nieto”, la “Comisión Ordinaria de Participación Vecinal” ha emitido Dictamen favorable para la Creación de la Municipalidad del Centro Poblado de “Pasto Grande” ubicado en el Distrito de “Carumas” de la Provincia de “Mariscal Nieto” del Departamento de Moquegua; POR CUANTO: El Concejo Provincial de “Mariscal Nieto” en uso de las facultades concedidas por el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú promulgada el 29-12-1993 y modifi cada por Ley 27680 del 06-03-2002, al amparo de la Ley Orgánica de Municipalidades 27972 de fecha 26- 05-2003, Ley 8230 del 03-04-1936 y Ley 28440 de fecha 23-12-2004, ha aprobado en “Sesión Ordinaria” del 15-07- 2009, la siguiente: ORDENANZA DE CREACION DE LA MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO DE “PASTO GRANDE” DE LA JURISDICCION DEL DISTRITO DE “CARUMAS” DE LA PROVINCIA DE “MARISCAL NIETO”: Artículo 1º.- CREACION DE LA MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO: Créase la Municipalidad del Centro Poblado de “Pasto Grande” conforme a la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, cuya jurisdicción tiene un área de 82,087.94 hectáreas, que comprende las Comunidades de “Pasto Grande” (Resolución Nº 057-94-DSRA.MOQ) y “Pasto Grande Juli” (Título de Propiedad Nº 0068049) y los Sectores o Parcialidades de “Huachunta”, “Vizcachas”, “Cacachara” y “Aguas Termales” del Distrito de “Carumas” de la Provincia de “Mariscal Nieto” del Departamento de “Moquegua”. Artículo 2º.- DELIMITACION TERRITORIAL: La Limitación Territorial de la Municipalidad del Centro Poblado de “Pasto Grande” cuya Sede será ubicada en “Pasto Grande”, se establece de acuerdo con los siguientes límites precisados en el Mapa de Limitación Territorial: NORTE.- Confl uencia del río Chilota y río Vizcachas, río Vizcachas, siguiendo el límite de las Comunidades de “Titire” y “Aruntaya”; límite con Región “Puno”, Cerro Huilacota, Cerro Señorane, Cerro Antajarane, Cerro Santa Rosa, Cerro Cacachara, Cerro Quinaquinani, Cerro Chopiparque y Cerro Maruma Cota 5242. ESTE.- Cerro Maruma, Nevado Queuñamillo, Cerro Jachacucho, Nevado Curahuara, Cerro Pizacunque, Cerro Santo Coronado, Cerro Pocoloma, Cerro Caraconi, Cerro Quesllampo, Cerro Ichipata y Cerro Copapujo, según Ley de Creación de la Provincia de “El Collao” - Ley Nº 25361, tomando en cuenta aguas al Océano Pacífi co para “Moquegua” y aguas al Lago Titicaca para “Puno”. SUR.- Cerro Copapujo, Cerro Vizcachas, Quebrada Huañularjanco, Apacheta Mataza con la Región “Tacna”, sigue por el Interior de la Región “Moquegua” con Loma Tarucani, Cerro Calamoco, Cerro Yuncani, Cerro Pacsiauqui, Cerro Pacomoco, Cerro Pococagua, Cerro Chancacollo, Cerro Pococollo, Apacheta Campanilla y Cerro Challuma. OESTE.- Cerro Churilaca, Loma Moqueguani, Cerro Condoriqueña, Cerro Pelluta, Cerro Cullunco, Cerro Copuni, Intersección Río Chilota y Río Vizcachas. Artículo 3º.- REGIMEN DE ORGANIZACION INTERIOR: El Régimen de Organización al Interior de la Municipalidad del Centro Poblado de “Pasto Grande”, será establecido mediante Ordenanza debidamente aprobada por su Concejo Municipal, con arreglo a las Disposiciones contenidas en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en cuanto fueren aplicables, su disponibilidad Presupuestaria y sus necesidades de servicio. Se estructura sobre la base del siguiente Organigrama, teniendo en cuenta el ámbito territorial de competencia, la densidad poblacional, las funciones y servicios delegados y los recursos transferidos: A.- ÓRGANOS DE GOBIERNO: 1.- Concejo Municipal. 2.- Alcaldía. B.- ÓRGANOS CONSULTIVOS DE COORDINACION Y DE PARTICIPACION: 1.- Comisiones de Regidores. 2.- Junta de Delegados Vecinales y Comunales. 3.- Comité de Diversos Servicios y Otros. C.- ÓRGANOS DE APOYO Y DE LINEA: 1.- Administración Municipal (Registro Civil - Tesorería). 2.- Secretaría General. 3.- Servicios Municipales. Artículo 4º.- FUNCIONES QUE SE DELEGAN: Téngase por Delegados a la Municipalidad del Centro Poblado de “Pasto Grande” las siguientes funciones por la Municipalidad Distrital de “Carumas”, sujetas a las Directivas que para el efecto se dictarán mediante Decreto de Alcaldía por la Municipalidad Distrital de “Carumas”: a) Conceder Autorizaciones para la ubicación de anuncios y avisos publicitarios y propaganda política. b) Apertura de establecimientos comerciales. c) Regular y controlar el aseo, higiene y salubridad en los establecimientos comerciales, escuelas y otros lugares públicos locales, fi scalizando el uso de los carnets sanitarios. d) Administrar directamente o por concesión el servicio de agua potable y desagüe por su jurisdicción. e) Regular el tránsito urbano de peatones y vehículos motorizados. f) Monitorear la gestión pedagógica y administrativa de las Instituciones Educativas bajo su jurisdicción, en coordinación con el CEM “Carumas” y la Unidad de Gestión Educativa Local correspondiente. g) Promover, ejecutar y evaluar con el Gobierno Regional y demás órganos especiales inmediatos los Programas de Alfabetización y Programas No Escolarizados en el marco de las políticas y programas nacionales de acuerdo a las características socioculturales propias del Centro Poblado. h) Normar, coordinar y fomentar el deporte y la recreación de la niñez y del vecindario en general. i) Realizar el control de pesos y medidas, así como el del acaparamiento, la especulación y la adulteración de productos y servicios. j) Supervisar y cooperar en la ejecución del Programa del Vaso de Leche y demás programas de apoyo alimentario dentro de su jurisdicción, con participación de su población y en concordancia con la Legislación sobre la materia. k) Facilitar y participar en los espacios de concertación y participación ciudadana para la planifi cación, gestión y vigilancia de los programas locales de desarrollo social, así como de apoyo a la población en riesgo. l) Efectuar las labores de coordinación en las tareas de Defensa Civil con el Gobierno Distrital. m) Administrar el Servicio del Registro del Estado Civil de su Jurisdicción, en coordinación con el que corresponde al ámbito de la Municipalidad Distrital de “Carumas”. n) Administrar los cementerios existentes dentro del ámbito de su territorio en coordinación con la Municipalidad Distrital de “Carumas”. ñ) Las demás que resulten compatibles con su naturaleza y se encuentren establecidas en la Ley Orgánica de Municipalidades.