Norma Legal Oficial del día 07 de agosto del año 2009 (07/08/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

El Peruano MORDAZA, viernes 7 de agosto de 2009

Multisectorial designada, los mismos que en un plazo de 60 dias habiles, despues de promulgada la presente Ordenanza Regional elaboraran su Estatuto y Reglamento y el diseno de un Sistema de Atencion Unico y sus Registros Estadisticos, con la finalidad de contar con un flujo de atencion intersectorial a favor de los y las adolescentes, que permita identificar y visualizar de manera MORDAZA y transparente el abordaje integral de las instituciones y del fiel cumplimiento de sus competencias en el MORDAZA efectivo de proteccion a los y las adolescentes. Articulo Cuarto.- ESTABLECER que la Comision Multisectorial designada debera presentar de modo trimestral un Informe sustentado de los avances de lo dispuesto en la presente Ordenanza Regional. Articulo Quinto.- ENCARGAR a la Oficina Regional de Imagen Institucional del Gobierno Regional de MORDAZA efectuar la difusion en todos los medios de comunicacion la presente Ordenanza Regional. Articulo Sexto.- ENCARGAR a la Secretaria del Consejo Regional, hacer de conocimiento la presente Ordenanza Regional a los integrantes de la Comision Multisectorial, Gerencias Regionales, Instituciones Publicas, Direcciones Regionales, Municipalidades Provinciales y Distritales, asimismo disponer la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano, en el diario de mayor circulacion de la Region y en el MORDAZA Web del Gobierno Regional de Loreto: www. regionloreto.gob.pe. Articulo Septimo.- La presente Ordenanza Regional, entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA, para su promulgacion. Dado en las instalaciones del Auditorio del Centro Pastoral del Vicariato, sito en la MORDAZA Putumayo N° 318 ­ 3er. piso, a los quince dias del mes de MORDAZA del ano dos mil nueve. MORDAZA GIANNELA CURTO LLOJA Presidenta del Consejo Regional POR TANTO: De conformidad con lo establecido en los articulos 16º, 21º inc. o), 37 inc. a) y 38º de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, las Leyes Nº 27902, 28013, 28926, 28961, 28968 y 29053, concordante con el inc. o) del articulo 15º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Gobierno Regional de MORDAZA, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 0312008-GRL-CR de fecha 15 de diciembre de 2008. Registrese, publiquese y cumplase. YVAN MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA 379795-1

Aprueban con caracter transitorio el Texto Unico de Procedimientos Administrativos y servicios prestados en exclusividad de la Direccion Regional de la Produccion de MORDAZA
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 1118-2009-GRL-P MORDAZA MORDAZA, 23 de MORDAZA del 2009 Visto, el Oficio Nº 250-2009-GRL-GGR/OEDII, de fecha 05 de junio de 2009, cursado por la Oficina Ejecutiva de Desarrollo Institucional e Informatica del Gobierno Regional de MORDAZA, remitiendo opinion favorable sobre APROBACION TRANSITORIA DE LOS PROCEDIMIENTOS Y SERVICIOS PRESTADOS EN EXCLUSIVIDAD DE LA DIRECCION REGIONAL DE LA PRODUCCION DE LORETO; y,

Que, de conformidad con lo previsto en los articulos 191º y 192º de la Constitucion Politica del Estado, modificada por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion; la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion; la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, sus modificatorias, Ley Nº 27902; Ley Nº 28013; Ley Nº 28926; Ley Nº 28961; Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053, y demas normas complementarias, establecen y MORDAZA el MORDAZA de descentralizacion y modernizacion del Estado; Que, el articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado, modificada por Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion, establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, y el articulo 192º en su inciso 1º, establece que, los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organizacion interna y su presupuesto; Que, el articulo 9º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, establece las dimensiones de las autonomias politicas, administrativas y economicas de los Gobiernos Regionales y en su inciso 9.2, establece que, la autonomia administrativa es la facultad de organizarse internamente, determinar y reglamentar los servicios publicos de su responsabilidad; Que, el inciso b), del articulo 45º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y su modificatoria Ley Nº 27902, establece que, las funciones generales de los Gobiernos Regionales se ejerceran con sujecion al ordenamiento juridico establecido por la Constitucion, la Ley de Bases de la Descentralizacion y demas leyes de la Republica, indicando como funcion normativa y reguladora la elaboracion y aprobacion de normas de alcance regional y regular los servicios de su competencia; Que, los articulos 37º y 38º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establecen que todas las entidades elaboran, aprueban o gestionan la aprobacion y difusion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos; asimismo el numeral 38.1 de la acotada Ley, senala que, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos debe ser aprobado por la MORDAZA de MORDAZA nivel de las autoridades regionales, y el numeral 38.3 dispone la publicacion del mismo en el diario encargado de los avisos judiciales en la capital de la region; Que, mediante Decreto Supremo Nº 079-2007PCM, Aprueban Lineamientos para Elaboracion y Aprobacion del MORDAZA y establecen disposiciones para el cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo, con el objeto de establecer las disposiciones que deberan tener en cuenta las entidades para dar cumplimiento a la Ley Nº 27444, en lo que respecta a la elaboracion, aprobacion y publicacion del MORDAZA y a la Ley Nº 29060, cuya finalidad es permitir que los Textos Unicos de Procedimientos Administrativos cumplan con su proposito de ser documentos compiladores, informativos y simplificadores de los procedimientos administrativos que tramitan los administrados ante las distintas entidades administrativas del Estado; Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2009PRODUCE, de fecha 20 de marzo de 2009, se aprueba el MORDAZA Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, y en su Cuarta Disposicion Complementaria, Transitoria, Finales y Derogatorias, indica, derogar el MORDAZA aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE, sus modificatorias, asi como las normas que se opongan al presente Decreto Supremo, y mediante Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE, excluye de todo procedimiento y servicio a las Direcciones Regionales Sectoriales; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 175­2006­ PRODUCE, de fecha 05 de MORDAZA de 2006, resuelve en su Articulo 1º.- El MORDAZA de transferencias de funciones sectoriales en materia de pesqueria e industria ha concluido de acuerdo al "Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y

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