Norma Legal Oficial del día 07 de agosto del año 2009 (07/08/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 7 de agosto de 2009

Visto el Informe N° 158-2009-DGNAJ/JNE suscrito por el Director General de Normatividad y Asuntos Juridicos del MORDAZA Nacional de Elecciones, por el que presenta la propuesta de reglamento para la aplicacion de las cuotas electorales en el MORDAZA de Nuevas Elecciones Municipales a realizarse el presente ano. FUNDAMENTOS DE LA DECISION: 1. Mediante Decreto Supremo Nº050-2009-PCM publicado en el Diario Oficial El Peruano el 25 de MORDAZA de 2009, se ha convocado a Nuevas Elecciones Municipales a realizarse el 29 de noviembre de 2009 en 91 distritos electorales, entre ellos 03 provincias y 88 distritos, distribuidos en distintos departamentos de la Republica. 2. Las Nuevas Elecciones Municipales, con arreglo a lo dispuesto en el articulo 25 de la Ley Nº26300, Ley de los Derechos de Participacion y Control Ciudadanos, tienen por finalidad la eleccion de las autoridades que han de reemplazar a aquellos que resultaron revocados, en numero tal que supero al MORDAZA de integrantes del respectivo concejo; siendo de aplicacion a este MORDAZA electoral, la exigencia de las cuotas electorales en la conformacion de listas de candidatos. 3. Las cuotas electorales son medidas afirmativas cuyo objetivo es equiparar oportunidades entre los ciudadanos para el acceso a los cargos publicos, y para el caso de elecciones municipales estan establecidas en el articulo 10, numeral 3, de la Ley Nº26864, Ley de Elecciones Municipales, que dispone que las listas de candidatos a regidores deben considerar no menos del treinta por ciento (30%) de hombres o mujeres, no menos del veinte por ciento (20%) de ciudadanos o ciudadanas jovenes menores de 29 anos de edad y un minimo de quince por ciento (15%) de representantes de comunidades nativas y pueblos originarios, esta MORDAZA cuota solo para las candidaturas a concejos provinciales en las circunscripciones que senale el MORDAZA Nacional de Elecciones. 4. Es necesario reglamentar la acreditacion de las cuotas electorales y establecer el numero minimo de candidatos que represente el porcentaje aludido, en cada cuota electoral, segun el numero de regidores a elegirse en el MORDAZA de Nuevas Elecciones Municipales en los 91 distritos electorales involucrados, disposiciones estas que las organizaciones politicas que presenten candidatos deberan observar obligatoriamente, a efectos de inscribir sus respectivas listas; asi como, deberan ser tomadas en cuenta en las elecciones internas que deberan realizar los partidos politicos para conformar sus listas de candidatos, en cumplimiento de lo dispuesto por el articulo 22 de la Ley Nº28094, Ley de Partidos Politicos. Por lo expuesto, el MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar el Reglamento para la Aplicacion de las Cuotas Electorales en el MORDAZA de Nuevas Elecciones Municipales 2009, cuyo texto forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Precisar que las cuotas electorales se aplican en la lista de candidatos a regidores, sin incluir al candidato o candidata al cargo de alcalde. Articulo Tercero.- Disponer la publicacion del Reglamento para la Aplicacion de las Cuotas Electorales en el MORDAZA de Nuevas Elecciones Municipales 2009 en el MORDAZA Institucional del MORDAZA Nacional de Elecciones www.jne.gob.pe. Articulo Cuarto.- Notificar el Reglamento para la Aplicacion de las Cuotas Electorales en el MORDAZA de Nuevas Elecciones Municipales 2009 a los partidos politicos con inscripcion vigente ante el Registro de Organizaciones Politicas del MORDAZA Nacional de

Elecciones, para los efectos a que se contrae el articulo 22 de la Ley Nº28094, Ley de Partidos Politicos. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SIVINA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ALBERTI MORDAZA URDANIVIA MORDAZA MORDAZA Secretario General 380324-2

Definen circunscripciones administrativo - electorales y sedes en las cuales se constituiran los Jurados Electorales Especiales para procesos de Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales y Nuevas Elecciones Municipales del ano 2009
RESOLUCION Nº 504-2009-JNE MORDAZA, 5 de agosto de 2009 CONSIDERACIONES: 1. Mediante Resolucion Nº 440-2009-JNE de fecha 26 de junio de 2009, este Pleno ha convocado a Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales en 69 distritos electorales, ampliandose dicho numero a 72 distritos electorales, con Resolucion Nº 4912009-JNE de fecha 24 de MORDAZA de 2009, consulta que se realizara el MORDAZA 29 de noviembre de 2009. 2. Por Decreto Supremo Nº 050-2009-PCM publicado en el Diario Oficial El Peruano el 25 de MORDAZA de 2009, el Poder Ejecutivo ha convocado a Nuevas Elecciones Municipales para el 29 de noviembre de 2009 en 91 distritos electorales ubicados en distintos departamentos de la Republica. 3. Convocados los procesos electorales MORDAZA mencionados, corresponde a este Colegiado definir las circunscripciones administrativo-electorales sobre las que tendran competencia los Jurados Electorales Especiales, asi como establecer las sedes en que estos se instalaran para ejercer sus funciones como organos temporales creados especificamente para ambos procesos y encargados de administrar justicia en primera instancia en materia electoral, de conformidad con lo previsto en el articulo 13 de la Ley Nº 26859, Ley Organica de Elecciones y articulos 32 y 36 de la Ley Nº 26486, Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones. 4. Las circunscripciones administrativo-electorales constituyen unidades geograficas necesarias para la planificacion y el desarrollo de las actividades comprendidas en el cronograma electoral tanto del MORDAZA Nacional de Elecciones como de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, pues sobre ellas tambien se establecen las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales, segun lo dispuesto en el articulo 24 de la Ley Nº 26487; razon por la que, para su definicion se ha tenido en cuenta la accesibilidad geografica y las vias de comunicacion respecto de los 163 distritos electorales involucrados en ambos procesos electorales, asi como tambien, la racionalidad del gasto. Por lo expuesto, el MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE: Articulo Primero.- Definir las circunscripciones administrativo-electorales y sus respectivas sedes en las cuales se constituiran los Jurados Electorales Especiales para los procesos de Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales y Nuevas Elecciones Municipales del ano 2009; las que son como sigue:

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