Norma Legal Oficial del día 07 de agosto del año 2009 (07/08/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 7 de agosto de 2009

Mz.-H, Asentamiento Humano El Triunfo Sector 1, MORDAZA "A", distrito de La Joya, provincia y departamento de Arequipa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas 379701-1

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Declaran como prioridad del Gobierno Regional promover el derecho a la salud, educacion y a la MORDAZA mediante acciones de promocion, prevencion, recuperacion, rehabilitacion y acceso de los y las adolescentes a servicios de Salud Sexual y Reproductiva, con enfasis en ITS, VIH y SIDA, con enfoque en Derechos Humanos, genero, interculturalidad, territorialidad y equidad
ORDENANZA REGIONAL Nº 012-2009-GRL-CR MORDAZA MORDAZA, 15 de MORDAZA del 2009 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA en Sesion Ordinaria de fecha 15 de MORDAZA de 2009, aprobo por Mayoria la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, el Codigo de los Ninos y Adolescentes, en el articulo IX del Titulo Preliminar, prescribe que en toda medida concerniente al MORDAZA y al adolescente que adopte el Estado a traves de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, del Ministerio Publico, los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y sus demas instituciones, asi como en la accion de la sociedad se considerara el MORDAZA del Interes Superior del MORDAZA y del Adolescente y el respeto de sus derechos, y que en el articulo 21º, establece que el MORDAZA y el adolescente tienen derecho a la atencion integral de su salud, mediante la ejecucion de politicas que permitan el desarrollo fisico e intelectual en condiciones adecuadas...(sic). Corresponde al Estado, en colaboracion y el concurso de la sociedad civil, desarrollar programas necesarios para reducir la mortalidad y prevenir las enfermedades; Que, en la Region MORDAZA segun informacion de la Direccion Regional de Salud de MORDAZA - DIRESA, en el ano 2008 el 24% de partos fueron de ninas y adolescentes, y que segun informacion proporcionada por el Centro de Emergencia Mujer en el ano 2008 el 47% de los casos atendidos fueron personas entre 6 y 17 anos de edad, el 33% fueron adolescentes entre 12 y 17 anos de edad, alcanzando la violencia sexual el 65% de incidencia; Que, lo solicitado tiene como proposito fomentar la atencion integral de los adolescentes a partir de 14 anos de edad en los servicios de consejeria, diagnostico y tratamiento, con enfasis en infecciones de trasmision sexual VIH y SIDA, violencia, abuso y explotacion sexual comercial infantil y trata de personas, en cada uno de los

establecimientos que brinden atencion en salud, atencion legal, atencion y recuperacion psicoemocional en el ambito de la Region Loreto; Que, la Convencion sobre los Derechos del MORDAZA, aprobada por Resolucion Legislativa Nº 25278 publicada el 22 de noviembre de 1990, en su articulo 5°, senala que los adolescentes tienen derecho a medidas especiales de proteccion y en consecuencia con la evolucion de sus facultades, pueden ejercer progresivamente sus derechos y que, la Convencion sobre los Derechos del MORDAZA y el Codigo de los Ninos y Adolescentes, Ley Nº 27337, prescriben el derecho de los adolescentes que estuvieran en condiciones de formarse un juicio propio, lo cual tiene directa coincidencia con las condiciones reconocidas en la legislacion, en relacion al ejercicio del derecho a partir de los catorce anos de edad, tales como reconocer un hijo extramatrimonial; el derecho a trabajar a partir de los catorce anos de edad; la exigencia de la legislacion penal a resguardar los bienes juridicos tutelados, reconociendoles una responsabilidad penal a partir de los catorce anos de edad; Que, en el MORDAZA de las normas internacionales como la Convencion Americana de los Derechos Humanos, la Convencion sobre los Derechos del Nino; el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Adolescentes; y, el Plan Nacional de Accion por la Infancia y la Adolescencia 2002- 2010; la prioridad del Estado es realizar acciones que promuevan la salud a favor de los y las ninos, ninas y adolescentes; Que, el Codigo de los Ninos y Adolescentes, en el articulo IX del Titulo Preliminar, prescribe que en toda medida concerniente al MORDAZA y al adolescente que adopte el Estado a traves de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, del Ministerio Publico, los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y sus demas instituciones, asi como en la accion de la sociedad se considerara el MORDAZA del Interes Superior del MORDAZA y del Adolescente y el respeto de sus derechos; Que, el Codigo de los Ninos y Adolescentes Ley Nº 27337, en el articulo 21º, establece que el MORDAZA y el adolescente tienen derecho a la atencion integral de su salud, mediante la ejecucion de politicas que permitan el desarrollo fisico e intelectual en condiciones adecuadas... (sic). Corresponde al Estado, en colaboracion y el concurso de la sociedad civil, desarrollar programas necesarios para reducir la mortalidad y prevenir las enfermedades y, en su articulo 27º define el Sistema Nacional de Atencion Integral al MORDAZA y al Adolescente como el conjunto de organos, entidades y servicios publicos y privados que formulan, coordinan, supervisan, evaluan y ejecutan los programas y acciones desarrollados para la proteccion y promocion de los derechos de los ninos y adolescentes. El sistema funciona a traves de un conjunto articulado de acciones interinstitucionales desarrolladas por instituciones publicas y privadas, El Codigo del MORDAZA y Adolescente en su articulo 31º senala que los Gobiernos Regionales y locales estableceran, dentro de sus respectivas jurisdicciones, entidades tecnicas semejantes al Ente Rector del sistema, las que tendran a su cargo la normatividad, los registros, la supervision y la evaluacion de las acciones que desarrollan las instancias ejecutivas; Que, el Plan Estrategico Multisectorial Regional de MORDAZA para la Prevencion y Control de las ITS, VIH y SIDA, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 028-GRL­ CR, de fecha 14 de octubre del 2008, en sus objetivos estrategicos Dos y Tres senala reducir la incidencia de ITS y promover la prevencion de las ITS, VIH y SIDA en la poblacion en general, con enfasis en los adolescentes y jovenes; asi como tambien disminuir la condicion de vulnerabilidad en relacion al VIH mediante la respuesta multisectorial en ninos, ninas y adolescentes en situacion de violencia fisica, sexual, explotacion sexual comercial infantil y trata de personas; Que, en este contexto el Gobierno Regional de MORDAZA y la Mesa de Concertacion de Lucha contra la Pobreza, elaboraron el Plan Concertado de Lucha Contra la Pobreza y la Desnutricion en Madres Gestantes, Ninos y Ninas menores de 5 anos de la Region MORDAZA al 2009 - 2021, denominado "Plan Tseta Tana Aipa" (Queremos Crecer), el cual fue aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 0272008-GRL-CR, de fecha 09 de octubre del 2008, el cual senala como objetivo tercero la reduccion de la mortalidad materna, estableciendo que es necesario incrementar

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