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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 15 de agosto de 2009 400880 Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre del Ministerio de Agricultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. ADOLFO DE CÓRDOVA VÉLEZ Ministro de Agricultura 383723-1 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Designan representante titular del Ministerio ante el Consejo Nacional de Fomento Artesanal - CONAFAR, quien ejercerá la Presidencia RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 108-2009-MINCETUR/DM Lima, 11 de agosto de 2009 Visto, el Memorándum Nº 117-2009-MINCETUR/VMT del Viceministro de Turismo. CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 29073 – Ley del Artesano y del Desarrollo de la Actividad Artesanal, se creó el Consejo Nacional de Fomento Artesanal - CONAFAR, como un órgano de coordinación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo con el sector privado artesanal; Que, mediante Decreto Supremo Nº 001-2008- MINCETUR, se aprobó el Reglamento del Registro Nacional del Artesano y del Consejo Nacional de Fomento Artesanal, creados por la Ley Nº 29073, antes mencionada, el cual establece que el CONAFAR está integrado por cuatro (4) representantes del sector público, entre ellos un representante del MINCETUR, quien lo presidirá y siete (7) representantes del sector privado; Que, los representantes del sector público son designados mediante Resolución del Titular del respectivo sector; De conformidad con la Ley Nº 29073, la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y el Decreto Supremo Nº 001- 2008-MINCETUR; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al Viceministro de Turismo, como representante titular del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ante el Consejo Nacional de Fomento Artesanal – CONAFAR, quien ejercerá la Presidencia del Consejo. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN PÉREZ MONTEVERDE Ministro de Comercio Exterior y Turismo 383433-1 Modifican el Plan Anual de Promoción y Desarrollo Turístico Nacional para el año 2009, aprobado por R.M. Nº 025- 2009-MINCETUR/DM RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 109-2009-MINCETUR/DM Lima, 11 de agosto de 2009 Visto el Memorándum Nº 529-2009-MINCETUR/VMT, de fecha 21 de julio de 2009, del Viceministro de Turismo; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 27889 se creó el “Fondo y el Impuesto Extraordinario para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional”, para fi nanciar las actividades y proyectos destinados a la promoción y desarrollo del turismo nacional; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 3º de la citada Ley, mediante Resolución Ministerial Nº 025-2009- MINCETUR/DM, de fecha 02 de marzo de 2009, se aprobó el Plan Anual de Promoción y Desarrollo Turístico Nacional para el año 2009, a propuesta del Comité Especial a que se refi ere el artículo 4º de la misma Ley; Que, el Viceministro de Turismo, ha propuesto la modifi cación de dicho Plan Anual, según lo acordado en la Sesión Ordinaria Nº 1-2009, de fecha 07 de abril de 2009, del Comité Especial; De conformidad con la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, la Ley Nº 27889, y su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 007-2003- MINCETUR, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 006- 2006-MINCETUR. SE RESUELVE: Artículo Único.- Modifi car el Plan Anual de Promoción y Desarrollo Turístico Nacional para el año 2009, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 025-2009-MINCETUR/ DM, conforme a los términos del anexo 1, en un (1) folio, que visado y sellado forma parte de la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN PÉREZ MONTEVERDE Ministro de Comercio Exterior y Turismo 383433-2 Prorrogan delegación de facultad otorgada a la SNI mediante la R.M. Nº 337-2003-MINCETUR/DM para expedir Certificados de Origen a las empresas exportadoras RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 111-2009-MINCETUR/DM Lima, 13 de agosto de 2009 Visto el Expediente N° 017536, de la Sociedad Nacional de Industrias, relativo a la prórroga de la delegación de facultades para expedir Certifi cados de Origen; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Ministerial N° 337-2003- MINCETUR/DM, se delegó a la Sociedad Nacional de Industrias, por el plazo de tres años, la facultad de expedir Certifi cados de Origen a las empresas exportadoras; delegación que fue prorrogada y que debe ejercerse de acuerdo a los términos del Convenio de fecha 8 de setiembre de 2003, suscrito entre el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y la mencionada entidad. La última prórroga fue autorizada mediante Resolución Ministerial N° 102-2009-MINCETUR/DM, por el plazo que vence el 15 de agosto de 2009; Que, la Sociedad Nacional de Industrias ha solicitado que se prorrogue la delegación de funciones que le fue otorgada, para emitir Certifi cados de Origen a los exportadores; Que, de conformidad con el numeral 5 del artículo 5° de la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR, en concordancia con el inciso m) del artículo 39° de su Reglamento, este Ministerio es el organismo competente para expedir los Certifi cados de Origen en el marco de los acuerdos suscritos por el Perú y/o de los esquemas preferenciales otorgados;