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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 15 de agosto de 2009 400882 Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros RAFAEL REY REY Ministro de Defensa 384560-11 Autorizan viaje de funcionario para participar en la Reunión del “Mecanismo 2 x 9 sobre Haití” que se realizará en Argentina RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 344-2009-DE/SG Lima, 14 de agosto de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Nota SEREE Nº 121/09 del 05 de Agosto del 2009, el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Argentina, hace extensiva su invitación al Viceministro y Secretario General del Ministerio de Relaciones Exteriores y a un representante del Ministerio de Defensa del Perú, a fi n de que participen en la Reunión del “Mecanismo 2 X 9 sobre Haití”, el mismo que se llevará a cabo el 20 de Agosto del presente año en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina; Que, entre los objetivos de la reunión se encuentre el intercambio de información sobre la cooperación regional hacia Haití y el respaldo a la prórroga del mandato de la misión de las naciones unidas en dicho país; Que, es necesario designar al Embajador José Antonio Bellina Acevedo Viceministro de Políticas para la Defensa del Ministerio de Defensa, para que concurra al mencionado evento internacional; Que, el mencionado viaje se encuentra incluido en el Item 3, Rubro 7: Representación Nacional en Organismos Internacionales, del Plan Anual de Viajes al Extranjero del Sector Defensa aprobado mediante Resolución Suprema Nº 028-2009-DE del 19 de enero de 2009 y sus modifi catorias; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 –Ley que regula la autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, Ley Nº 29075 –Ley que establece la Naturaleza Jurídica, Función, Competencias y Estructura Orgánica Básica del Ministerio de Defensa, Ley Nº 29289 –Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y Decreto Supremo Nº 022- 2004-DE/SG y modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje en Comisión de Servicio del Embajador José Antonio BELLINA ACEVEDO, DNI Nº 10272681, Viceministro de Políticas para la Defensa, para que del 19 al 21 de agosto de 2009, viaje a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina, a fi n de participar en la Reunión del “Mecanismo 2 X 9 sobre Haití”, que se llevará a cabo el 20 de agosto del presente año. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa-Administración General efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (Lima – Buenos Aires – Lima): US $ 400.00 X 1 persona Viáticos: US $ 200.00 X 1 persona X 3 días Tarifa Única por Uso de Aeropuerto US $ 31.00 X 1 persona Artículo 3º.- El personal autorizado, deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 6º y artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y a la Cuarta Disposición Final del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- Facultar al Ministro de Defensa, para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros RAFAEL REY REY Ministro de Defensa 384560-12 Otorgan al FONDEPES el derecho de uso de áreas acuáticas destinadas para desembarcaderos pesqueros artesanales en los departamentos de Tumbes y Arequipa RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 345-2009-DE/SG Lima, 14 de agosto de 2009 Visto, el Expediente Nº DMA-126-05-CA relacionado con el Ofi cio Nº 1396-2005-FONDEPES-GG de fecha 11 de octubre de 2005, presentado por el Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero – FONDEPES, sobre el otorgamiento del derecho de uso de área acuática para UN (1) desembarcadero pesquero artesanal, en la localidad de Nuevo Acapulco, distrito de Zorritos, provincia de Contralmirante Villar, departamento de Tumbes; CONSIDERANDO: Que, conforme al Artículo 66º de la Constitución Política del Perú los recursos naturales, renovables y no renovables, son patrimonio de la Nación, y el Estado es soberano en su aprovechamiento; Que, el artículo 3º inciso a) de la Ley Nº 26821, Ley Orgánica para el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, considera a las aguas superfi ciales y subterráneas, como componentes de la naturaleza, susceptibles de ser aprovechadas por el ser humano para la satisfacción de sus necesidades y que tenga un valor actual o potencial en el mercado; Que, los artículos B-010107 y F-010102 del Reglamento de la Ley Nº 26620, Ley de Control y Vigilancia de las Actividades Marítimas, Fluviales y Lacustres, aprobado por Decreto Supremo Nº 028-DE/MGP de fecha 25 de mayo de 2001, disponen que, los derechos de uso de áreas acuáticas se otorgan mediante Resolución Suprema del Sector Defensa a través de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas; asimismo, corresponde a la Autoridad Marítima dentro del ámbito de su competencia y en coordinación con los sectores competentes, cuando corresponda, vigilar y hacer cumplir las normas relativas a la protección y preservación del ambiente en el medio acuático y franja ribereña de conformidad con la legislación vigente, así como los Convenios Internacionales ratifi cados por el Estado Peruano;