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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE AGOSTO DEL AÑO 2009 (15/08/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 17

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 15 de agosto de 2009 400891 aleatoria de las declaraciones, documentos, informaciones y traducciones proporcionadas por el administrado en los procedimientos administrativos que se consignan en el TUPA del MINDEF; Que, de acuerdo a lo establecido en el numeral 5.6 de la mencionada Directiva, se conformará un Equipo Técnico de Fiscalización Posterior Aleatoria, integrado por los servidores públicos profesionales o directivos de las Unidades Orgánicas en las cuales se tramita los procedimientos administrativos del Texto Único de Procedimientos Administrativos — TUPA del MINDEF; Que, al amparo de lo prescrito en el numeral 5.7 de la indicada Directiva, es necesario formalizar la designación de los representantes del equipo técnico, encargados del proceso de la mencionada fi scalización, teniendo en cuenta que no participan los mismos que tramitaron los procedimientos administrativos del TUPA vigente; Que, asimismo, en mérito de lo señalado en el artículo 5º de la Directiva N° 001-2008-PCM/SGP aprobada por Resolución Ministerial N° 048-2008-PCM, “Lineamientos para la implementación y funcionamiento de la Central de Riesgo Administrativo”, se requiere designar a los encargados de registrar la información correspondiente a los administrados que han presentado declaraciones, información o documentación falsa o fraudulenta al amparo de procedimientos de aprobación automática o evaluación previa, en la Central de Riesgo Administrativo - CRA de la Secretaria de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, Ley N° 29075, Ley que establece la Naturaleza Jurídica, Función, Competencias y Estructura Orgánica Básica del Ministerio de Defensa y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado mediante Decreto Supremo N° 001- 2008-DE, Decreto Supremo N° 096-2007-PCM, Normas y Procedimientos para la Fiscalización Posterior Aleatoria de los Procedimientos Administrativos y Resoluciones Ministeriales N° 048-2008-PCM y N° 420-2009-DE/SG; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Conformar el Equipo Técnico de Fiscalización Posterior Aleatoria, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución, el cual estará integrado por los siguientes miembros: DIRECCIÓN GENERAL DE POLITICA Y ESTRATEGIA - Coronel EP Guido Minaya Espinoza- Presidente del Equipo COMANDO CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS - Teniente Coronel EP Javier León Salazar - Mayor EP Teodolfo Solano Huaynapumas - Capitán de Corbeta AP Hugo Razzeto del Carpio - CPC Deani Teofi la Bellido Velapatiño CENTRO DE ALTOS ESTUDIOS NACIONALES - Teniente Coronel EP Fidel Valencia Sánchez - Técnico 2da. EP Alberto Niñano Mederos CENTRO DE DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO Y DERECHOS HUMANOS - Teniente Coronel EP Luis Rocca Erquiaga SECRETARIA GENERAL Ofi cina de Comunicaciones - Licenciado Adan Ríos Delgado Unidad de Acceso a la Información Pública - Capitán de Fragata AP David Sobrevilla Romero DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL CIVIL - EC SPF Gabriela Cossio Aliaga DIRECCION DE LOGISTICA - EC SPC José Sotelo Ortiz Artículo 2°.- El Presidente del Equipo es el encargado de registrar los datos correspondientes de los administrados, que presentaron información falsa o fraudulenta dentro de un procedimiento a iniciativa de parte, en la Central de Riesgo Administrativo - (CRA) de la Secretaria de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros. Artículo 3°.- Se designa a la Licenciada María del Carmen Inga Parra como miembro suplente para los efectos de registrar los datos de los administrados en la Central de Riesgo Administrativo; quien deberá inscribirse para el acceso a la CRA, debiendo efectuar las acciones consignadas en el artículo precedente, según corresponda. Artículo 4°.- Publicar la presente Resolución en el Portal del Estado Peruano (www.perú.gob.pe) y en el Portal del Ministerio de Defensa (www.mindef.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL REY REY Ministro de Defensa 384185-4 Designan representantes del Ministerio de Defensa para que integren el Grupo de Trabajo Multisectorial que constituye la Sección Nacional Peruana de la Comisión Binacional Perú - Ecuador de Lucha contra el Contrabando RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 776-2009-DE/MGP Lima, 14 de agosto de 2009 Visto el Ofi cio G.500-2466 del Secretario del Comandante General de la Marina de fecha 03 de junio de 2009; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 235-2009- PCM de fecha 27 de mayo de 2009, se dispone la creación del Grupo de Trabajo Multisectorial que constituye la Sección Nacional Peruana de la Comisión Binacional Perú-Ecuador de Lucha contra el Contrabando; Que, el Artículo 2° de la referida norma, establece la conformación del Grupo de Trabajo Multisectorial, el cual estará integrado entre otros por UN (1) representante de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú; Que, el Artículo 3° de la Resolución Ministerial, indicada en el considerando anterior, establece que cada entidad considerada para integrar el Grupo de Trabajo Multisectorial, deberá designar a un representante titular y alterno, respectivamente; mediante la emisión de la Resolución del Titular de la Entidad; Estando a lo recomendado por el Director General de Capitanías y Guardacostas y a lo opinado por el Comandante General de la Marina; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios, así como en la Ley N° 29075, Ley que establece la naturaleza jurídica, funciones, competencia y estructura orgánica básica del Ministerio de Defensa y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 001-2008-DE; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a los siguientes Ofi ciales de la Marina de Guerra del Perú - Dirección General de Capitanías y Guardacostas, como representantes del Ministerio de Defensa, para que integren el Grupo de Trabajo Multisectorial que constituye la Sección Nacional Peruana de la Comisión Binacional Perú-Ecuador de Lucha contra el Contrabando: