Norma Legal Oficial del día 13 de diciembre del año 2009 (13/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 13 de diciembre de 2009

a los pisos superiores) y por el Fondo con la Propiedad de Terceros, de los predios asignados con los Nºs. 805 - 809 - 813 - 817 - 821 - 823 - 827 y 831, (Tiendas del primer piso) incluyendo los departamentos ubicados del MORDAZA al MORDAZA piso mas edificaciones en azotea, (de la MORDAZA Los Cauchos e Independencia) con numeracion indicada arriba, por no cumplir con lo establecido en el Reglamento Nacional de Edificaciones MORDAZA GE 040 Capitulo I Articulo 5 que indica textualmente: "Las Edificaciones declaradas en estado ruinosos no pueden ser habitadas ni empleadas para ningun uso. Los propietarios de Edificaciones en este estado deberan efectuar trabajos de remodelacion y consolidacion de la Estructura o de demolicion, para lo cual deberan obtener las licencias respectivas". Articulo Segundo.- Notificar de la presente Resolucion a cada uno de los propietarios, inquilinos ocupantes y residentes de los predios ubicados: Por el frente con la Av. Prolongacion Cuzco cuadra 8, Por la Derecha con el Jr. Independencia 584, Por la Izquierda con la MORDAZA Los Cauchos 199 (acceso pisos superiores) y por el Fondo con la Propiedad de Terceros, de los predios asignados con los Nºs. 805 - 809 - 813 - 817 - 821 - 823 - 827 y 831 (primer piso), incluyendo los departamentos ubicados del MORDAZA al MORDAZA piso, mas las edificaciones en azotea. Articulo Tercero.- Otorgar el plazo de QUINCE (15) dias calendario, contados a partir de notificada la presente Resolucion, para que procedan a la desocupacion del mismo a los propietarios, inquilinos u ocupantes de los departamentos ubicados del MORDAZA al MORDAZA piso, mas edificaciones en azotea y predios 805 - 809 - 813 - 817 - 821 - 823 - 827 y 831 (primer piso). Articulo Cuarto.- Encargar el cumplimiento de la presente Resolucion, a la Oficina de Ejecutoria Coactiva y la Gerencia de Policia Municipal y Control de la Ciudad. Articulo Quinto.- La presente Resolucion se emite en salvaguarda de la MORDAZA y salud de las personas que se encuentran en peligro. Articulo Sexto.- Deroguese la anterior Resolucion de Gerencia Nº 243 GDU/MDSM de fecha 1 de MORDAZA de 2009. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente Gerencia de Desarrollo MORDAZA 434328-1

Declaran inhabitabilidad y posterior desocupacion de predios y disponen su demolicion
RESOLUCION DE GERENCIA N° 1252-2009-GDU/MDSM San MORDAZA, 27 de noviembre del 2009 LA GERENTE DE LA GERENCIA DE DESARROLLO MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA Visto: La Resolucion de Gerencia Nº 297-2009-GDU/ MDSM, de fecha 17 de MORDAZA del 2009, en la que se declara la inhabitabilidad y posterior desocupacion de los predios ubicados en la MORDAZA MORDAZA Alcedo (antes MORDAZA 13) Nºs. 279 y 280 en el distrito de San MORDAZA y existiendo situacion similar en los predio colindantes de los Sub Lotes 242-4B, 242-3B, 242-2B Y 242-3A, ubicados ente la MORDAZA MORDAZA Alcedo interseccion con el Jr. MORDAZA y la MORDAZA MORDAZA MORDAZA (antes MORDAZA 12) en el distrito de San MORDAZA, se expone lo siguiente. CONSIDERANDO: Que, con Informe Nº 025-2009- PPM/MDSM de la Procuraduria Publica Municipal sugiere que se realice una fiscalizacion en el inmueble ubicado entre el Jr. MORDAZA y la MORDAZA MORDAZA Alcedo por parte de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y la Gerencia de

Defensa Civil, a fin de verificar la situacion descrita por los anteriores propietarios Sucesion MORDAZA, quienes ponen de manifiesto la problematica existente en el inmueble de su propiedad. Que, a raiz de ello la Gerencia de Desarrollo MORDAZA encarga a la Sub Gerencia de Fiscalizacion MORDAZA y Catastro, realice la inspeccion ocular a los Sub Lotes 242-4B, 242-3B, 242-2B Y 242-3A, ubicados ente la MORDAZA MORDAZA Alcedo interseccion con el Jr. MORDAZA y la MORDAZA MORDAZA MORDAZA (antes MORDAZA 12) en el distrito de San Miguel. Que, en respuesta al encargo solicitado, la Sub Gerencia de Fiscalizacion MORDAZA y Catastro mediante Informe Tecnico Nº 072-Cehtr/SGFUC/GDU/MDSM, realiza la inspeccion ocular con personal de Catastro, Policia Municipal y Serenazgo, concluyendose que los sub lotes en mencion son en su mayoria viviendas precarias que tienen una antiguedad de construccion del ano 1944 con materiales de adobe, quincha y MORDAZA con cables externos de luz que se cruzan con deposito de materiales de MORDAZA con bano y MORDAZA comun para las familias que viven hacinadas en cada uno de los sub lotes y que por las razones representan riesgo Alto Grave. Luego mediante correspondencia Nº 05731 el MORDAZA propietario el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicita la declaracion de inhabitabilidad de las edificaciones construidas en los inmuebles ahora de su propiedad ubicados en Av. MORDAZA sub lote 242-2B, sub lote 242-3B, sub lote 242-4B y sub lote 242-3A, y posterior demolicion de las mismas, por motivos varios, entre ellos que las personas que actualmente ocupan el lugar son un total de 12 familias siendo su posesion ilegitima, que sin respetar las normas de edificacion, ni las medidas de seguridad correspondientes, ni las normas de Defensa Civil, estando los predios en estado ruinoso por el deterioro y el debilitamiento de los elementos estructurales que los componen. Fundamentos que estan de acuerdo con el Informe Nº 072-2008-Cehtr/SGFUC/GDU/MDSM de la Sub gerencia de Fiscalizacion MORDAZA y Catastro. Que, con Informe Nº 089-2009-STDC/MDSM, el secretario tecnico de la Oficina de Defensa Civil, en atencion al memorando Nº 462-2009-GDU/MDSM remite las Actas de Visitas de Inspeccion de Defensa Civil realizada el 02 de MORDAZA del 2009 a las viviendas en el Jr. MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Alcedo referida a los Sub Lotes 242-2B, sub lote 242-3B, sub lote 242-4B, sub lote 242-3A cuya evaluacion de RIESGO ES ALTO GRAVE. Que, estando senalado en el Articulo 49 de la Ley Organica de Municipalidades, establece que cuando un edificio constituye riesgo para la seguridad de las personas y la propiedad privada o de la seguridad publica, o infrinja las normas reglamentarias de Defensa Civil, la autoridad municipal puede ordenar la clausura de dicho inmueble. Que, en el Reglamento Nacional de Edificaciones MORDAZA GE 040 Capitulo 1 Art. 5º textualmente indica "las edificaciones declaradas en estado ruinoso no pueden ser habilitados ni empleados para ningun uso". Los propietarios de Edificaciones en este estado deberan efectuar trabajos de demolicion, para lo cual deberan obtener las licencias respectivas. Que, al no haber obtenido ninguna autorizacion de las licencias respectivas ninguno de los predios en mencion. Y estando a lo expuesto, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972 se debera declarar por lo tanto la Inhabitabilidad y posterior desocupacion de los predios en mencion. SE RESULEVE: Articulo Primero.- DECLARAR la inhabitabilidad y posterior desocupacion de los predios ubicados en los Sub Lotes 242-4B, 242-3B, 242-2B y 242-3A ubicados en la MORDAZA MORDAZA Alcedo (antes MORDAZA 13) Nºs. 279 y 280 interseccion con el Jr. MORDAZA y la MORDAZA MORDAZA MORDAZA (antes MORDAZA 12) en el Distrito de San Miguel. Articulo Segundo.- DISPONER la demolicion de los predios ubicados en el articulo primero. Articulo Tercero.- NOTIFICAR a los propietarios y/u ocupantes de dichos predios, los mismos que son senalados ademas en el Informe Nº 089-2009-STDC/

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