Norma Legal Oficial del día 13 de diciembre del año 2009 (13/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 13 de diciembre de 2009

y procedimientos previstos en el Reglamento de Aplicacion de Sanciones Administrativas -RAS. La autoridad municipal revocara la autorizacion otorgada cuando por causas sobrevinientes el aviso publicitario constituya peligro o riesgo para la seguridad de las personas y la propiedad privada o la seguridad publica o infrinjan las normas reglamentarias de seguridad del Sistema de Defensa Civil. Articulo 35º.- Padron Oficial.- La Municipalidad de Pucusana llevara un padron oficial de avisos publicitarios en donde registrara las caracteristicas fisicas del aviso, leyenda, nombre del solicitante, codigo de identificacion y numero de la Resolucion de Autorizacion. Articulo 36º.- Declaracion Jurada Anual.- Los titulares de avisos autorizados de conformidad con la presente ordenanza estan sujetos a supervision para verificar el cumplimiento de las caracteristicas y mantenimiento, debiendo presentar ante la Municipalidad la Declaracion Jurada Anual de Avisos Publicitarios. Articulo 37º.- Efectos de la variacion de la autorizacion.- Detectada alguna variacion en las medidas, leyenda, ubicacion o caracteristicas fisicas del aviso, la autorizacion referida quedara sin efecto debiendo tramitar una nueva autorizacion de acuerdo a la presente ordenanza, sin perjuicio de la imposicion de la sancion correspondiente. Articulo 38º.- Modificaciones y Cambio de Leyenda.Las modificaciones o cambio de leyenda implican nueva autorizacion, debiendo los solicitantes tramitar una nueva autorizacion de acuerdo a lo estipulado en la presente ordenanza. En caso contrario, se aplicara la sancion correspondiente segun lo dispuesto en el articulo 34º de la presente Ordenanza. Articulo 39º.- Cuando se pretenda retirar un aviso autorizado, el interesado debera tramitar la baja del padron correspondiente, adjuntando los siguientes documentos: - Solicitud de tramite. - Original de la Autorizacion de Aviso Publicitario. Articulo 40º.- Procedimiento.- La Municipalidad de Pucusana podra suscribirlos en casos excepcionales previstas en el articulo 35º, convenios con personas juridicas o personas naturales, con el objeto de autorizar la instalacion de elementos fijos y moviles de publicidad exterior o mobiliario MORDAZA en areas de dominio publico o dominio privado previo dictamen favorable de la Comision Tecnica Distrital de Publicidad. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- Las acotaciones para cada MORDAZA de anuncio instalado en predio, se efectuaran de acuerdo a los requisitos establecidos en el TUPA. Segunda.- Los elementos fijos que exhiban referencias de los profesionales responsables que intervienen en la obra de construccion son obligatorios y no requieren de autorizacion municipal, siempre que no exceda de un area de exhibicion aprox. de 2.00 m2, de lo contrario seran considerados como avisos publicitarios y en consecuencia quedan sujetos a las disposiciones de la presente Ordenanza y al pago de las autorizaciones correspondientes. Tercera.- La autorizacion para la colocacion de avisos publicitarios en predios en construccion tendra como requisito previo e indispensable la autorizacion del propietario de dicha obra. Los avisos deberan ser colocados dentro del limite de la propiedad. Cuarta.- Aquellos casos no previstos en la presente Ordenanza, seran puestos a consideracion de la Comision Tecnica Distrital de Publicidad Exterior, para su regulacion por el Concejo Municipal, mediante Ordenanza. Quinta.- Todo proyecto de construccion de local comercial debera considerar los avisos reservados para tal fin que armonicen con la propuesta arquitectonica y entorno existente, la misma que podra ser presentada para la autorizacion especifica del aviso. No se permitiran avisos en obras nuevas cuyo proyecto de arquitectura aprobado no considere su instalacion.

Sexta.- Se permitiran avisos temporales no contemplados en la presente Ordenanza con la finalidad de identificar ofertas o promociones, previo con el informe de la Comision Tecnica Distrital de Publicidad Exterior. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Todos aquellos avisos publicitarios con autorizacion vigente estan obligados a la verificacion y control de conformidad con lo establecido en la presente Ordenanza, debiendo adecuarse a las caracteristicas tecnicas establecidas, en un plazo no mayor de 1 ano, contado a partir de la publicacion de esta norma. Segunda.- Todos los expedientes ingresados con anterioridad a la dacion de la presente Ordenanza que se encuentren en giro deberan adecuarse a MORDAZA en un plazo de treinta (30) dias contados a partir de la publicacion del presente dispositivo. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA CUYA MORDAZA MORDAZA 434197-1

Crear el Registro Municipal Ciudadanos del distrito
ORDENANZA Nº 072-09-MDP Pucusana, 20 de noviembre del 2009 EL SENOR MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUCUSANA POR CUANTO:

de

Vista, en la Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, la propuesta de Crear el Registro Municipal de Ciudadanos del Distrito de Pucusana, para promover puestos de trabajo para el personal obrero de las diversas categorias y especialidades en las obras de construccion civil que se ejecuten en la MORDAZA CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 194 de la Constitucion Politica del Peru, los organos de gobierno tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que conforme a lo regulado en el MORDAZA parrafo del Art. 1 del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 LOM, las municipalidades son organos de gobierno promotores del desarrollo local; Que, el Art. X del Titulo Preliminar de la LOM regula las atribuciones de promocion y desarrollo integral que deben promover los gobiernos locales, en cuanto establece que los gobiernos locales promueven el desarrollo integral para viabilizar el crecimiento economico, la justicia social y la sostenibilidad ambiental; Las Municipalidades Distritales promueven el desarrollo local con el objeto de facilitar la competitividad local y propiciar las mejores condiciones de MORDAZA de su poblacion; Que asimismo el Art. 36º de la LOM senala que los gobiernos locales promueven el desarrollo economico de su circunscripcion territorial y la actividad empresarial local, con criterio de justicia social. Siendo esta la base normativa para la elaboracion de la presente ordenanza municipal; Que, el Art. 86 de la LOM especifica las funciones exclusivas de las municipalidades distritales para la promocion del desarrollo economico local, precisando en su numeral 3.2. que es una atribucion de la Municipalidad Distrital de Pucusana el ejecutar actividades de apoyo directo e indirecto a la actividad empresarial en su jurisdiccion. Que, nuestro distrito, por su especial ubicacion geografica es un balneario alejado de la MORDAZA capital, donde se desarrollan actividades productivas a nuestro

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