Norma Legal Oficial del día 24 de diciembre del año 2009 (24/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA, jueves 24 de diciembre de 2009

NORMAS LEGALES

408641

con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, ha emitido el Informe Nº 307-2009-DGE-DCE; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 23º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, y el articulo 36º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la modificacion de la concesion temporal de la Central Eolica Malabrigo a favor de PETROLERA MONTERRICO S.A., que se identificara con el codigo Nº 21146206, que consiste en la acumulacion de dos derechos electricos de la concesion temporal de la Central Eolica Malabrigo II y de la Central Eolica Malabrigo, alcanzando un total de 943,85 hectareas y 100 MW de potencia instalada estimada, precisandose que la culminacion total de los estudios de la concesion temporal sera el 17 de marzo de 2010, por las razones y fundamentos legales expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Dejese sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 051-2009-MEM/DM, cuya area que correspondia para el desarrollo de estudios, sera asumida en su totalidad por la concesion temporal de la Central Eolica Malabrigo, por las razones y fundamentos legales expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 3º.- La nueva area correspondiente a la concesion temporal de la Central Eolica Malabrigo estara delimitada por las siguientes coordenadas UTM (PSAD 56): VERTICE 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 ESTE 671 023,500 671 124,506 671 566,259 671 108,001 672 561,650 672 823,000 674 042,000 674 353,000 671 931,000 670 947,000 670 509,000 670 228,000 670 151,000 669 668,500 669 67,500 669 640,000 670 218,000 670 698,250 NORTE 9 148 260,001 9 148 192,619 9 148 321,175 9 148 367,199 9 147 968,300 9 147 779,000 9 148 253,000 9 148 190,000 9 144 512,000 9 145 564,001 9 146 026,001 9 146 360,001 9 146 524,001 9 147 074,001 9 147 210,001 9 147 558,001 9 147 946,501 9 148 003,001

Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, sera publicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez y por cuenta del interesado, y entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 437823-1

Aprueban Plan Nacional de Electrificacion Rural (PNER) correspondiente al periodo 2009-2018
RESOLUCION MINISTERIAL N° 540-2009-MEM/DM MORDAZA, 23 de diciembre de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 026-2007-EM de fecha 05 de MORDAZA de 2007, se creo la Direccion General de Electrificacion Rural como organo dependiente del Despacho del Viceministro de Energia del Ministerio de Energia y Minas; Que, mediante Ley Nº 28749, se aprobo la Ley General de Electrificacion Rural, con el objeto de establecer el MORDAZA normativo para la promocion y desarrollo eficiente y sostenible de la electrificacion de zonas rurales, localidades aisladas y de frontera del pais; Que, mediante Decreto Supremo Nº 025-2007-EM, se aprobo el Reglamento de la Ley Nº 28749, Ley General de Electrificacion Rural; Que, el articulo 10º de la Ley General de Electrificacion Rural, establece que el Ministerio de Energia y Minas elaborara el Plan Nacional de Electrificacion Rural (PNER) a largo plazo, con un horizonte de diez anos, el mismo que consolidara los Planes de Desarrollo Regional y Local concertados, los programas de expansion de las empresas concesionarias de distribucion electrica y de electrificacion rural, las iniciativas privadas y los programas o proyectos a desarrollarse por el Gobierno Nacional; Que, el articulo 18º del Reglamento de la Ley General de Electrificacion Rural, dispone que el Plan Nacional de Electrificacion Rural (PNER) es aprobado por el Titular del Sector Energia y Minas; Que, en concordancia con lo dispuesto en el considerando anterior y lo establecido en el articulo 15º del Decreto Supremo Nº 025-2007-EM, la Direccion General de Electrificacion Rural ha elaborado el Plan Nacional de Electrificacion Rural (PNER) correspondiente al periodo 2009-2018; De conformidad con lo dispuesto en la Ley General de Electrificacion Rural ­ Ley Nº 28749 y el Decreto Supremo Nº 025-2007-EM ­ Reglamento de la Ley General de Electrificacion Rural; Ley Organica del Sector Energia y Minas ­ Decreto Ley Nº 25962 y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Energia y Minas aprobado por el Decreto Supremo Nº 031-2007EM; SE RESUELVE: Articulo 1°.Aprobar el Plan Nacional de Electrificacion Rural (PNER) correspondiente al periodo 2009-2018. Articulo 2°.- Encargar a la Direccion General de Electrificacion Rural la difusion del Plan Nacional de Electrificacion Rural (PNER), asi como disponer su publicacion en la pagina web del Ministerio de Energia y Minas a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 439458-1

Articulo 4º.- El concesionario esta obligado a realizar los estudios respetando las normas tecnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nacion, asi como al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y demas normas legales pertinentes. De conformidad con el articulo 36º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, si vencido el plazo mencionado en el articulo 1º de la presente Resolucion el concesionario no cumpliera con las obligaciones contraidas en su solicitud de modificacion, respecto de la ejecucion de los estudios y el cumplimiento del Cronograma de Ejecucion de Estudios, la Direccion General de Electricidad ejecutara la garantia otorgada Articulo 5º.- La presente Resolucion Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 36º del

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