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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 24 de diciembre de 2009 408645 de 2008, el Mayor de la Policía Nacional del Perú en Situación de Retiro Nicolay Romel CARBAJAL BARRON, debe viajar, al Hospital CEDARS Miami (hoy University Of Miami Hospital)- Estados Unidos, para retiro de Neuromodulador; Que, de conformidad al Acta de Junta Médica Nº 384- 2008 del 29 de diciembre de 2008, el Mayor de la Policía Nacional del Perú en Situación de Retiro Nicolay Romel CARBAJAL BARRON, requiere viajar con acompañante debido a que no puede valerse por sus propios medios ; Que, de acuerdo al Acta de Junta Médica Nº 235-09- dnc del 19 de febrero de 2009, se requiere de un informe justifi catorio del médico tratante, para que el procedimiento deba realizarse en el extranjero, recepcionándose el Reporte Médico del MIAMI NEUROSURGICAL CENTER del 11 de setiembre de 2008 fi rmado por el doctor Aldo BERTI, en el que se refi ere que el paciente requiere remoción total del sistema implantado llevándole a cabo una laminectomía de T-8 y probablemente ampliarla a T-7 para remover el electrodo epidural; asimismo se hará una incisión abdominal para la remoción del generador; Que, de acuerdo a la Hoja de Recomendación Nº 001- 2008-DIRSAL- PNP. DIREJASS.DTE del 1 de abril de 2009, el Mayor de la Policía Nacional del Perú en Situación de Retiro Nicolay Romel CARBAJAL BARRON, debe permanecer TREINTA (30) días en Estados Unidos de Norte América, para su tratamiento quirúrgico de alto riesgo; Que, mediante Ofi cio Nº 212-09-DIRGEN PNP/ FOSPOLI GG DIVAREG DTE del 15 de junio de 2009, se solicita la expedición de la resolución para viaje al extranjero, pues el Directorio del Fondo de Salud de la Policía Nacional del Perú en Sesión Ordinaria Nº 24 del 26 de mayo de 2009, acordó autorizar el fi nanciamiento para el tratamiento médico especializado en el extranjero del Mayor de la Policía Nacional del Perú en Situación de Retiro Nicolay Romel CARBAJAL BARRON, para que realice la transferencia de CINCUENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y OCHO CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS (US$ 52,648.00) al UNIVERSITY OF MIAMI HOSPITAL – Estados Unidos de Norte América, para el tratamiento médico especializado, asimismo sufragará la suma de MIL SETENTA Y UNO CON 42/100 DÓLARES AMERICANOS (US$ 1,071.42), por concepto de pasaje de ida y vuelta del paciente y acompañante y Tasa Única de Uso de Aeropuerto por el valor de TREINTA CON 25/100 DÓLARES AMERICANOS (US$ 30.25); Que, mediante Ofi cio N° 2778-2009-DGPNP. FOSPOLI.GG.SEC del 29 de setiembre de 2009, se hace de conocimiento que el Directorio de FOSPOLI del 25 de setiembre de 2009, acordó: modifi car el literal a) del acuerdo adoptado por el Directorio de FOSPOLI en Sesión Ordinaria del 26 de mayo de 2009, en lo que respecta al tiempo de duración del tratamiento médico especializado en el extranjero del paciente, Mayor de la Policía Nacional del Perú en Situación de Retiro Nicolay Romel CARBAJAL BARRON, siendo el tiempo que requiere para su tratamiento CINCUENTA (50) días; Que, mediante la Certifi cación de Crédito Presupuestario Nº 1066-2009-DIRECFIN-PNP-EM/UNIPRE del 5 de noviembre de 2009 y el Informe Nº 300-2009-DIRECFIN- PNP-DIVDYB-DEPADM. SV. del 31 de octubre de 2009, se establece que la Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, abonará por concepto de remuneración por tratamiento médico especializado en el extranjero del Mayor de la Policía Nacional del Perú en Situación de Retiro Nicolay Romel CARBAJAL BARRON, la suma de CINCO MIL OCHENTA Y TRES CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS (US$ 5,083.00); Que, el Decreto Supremo N° 001-2009-IN del 11 de marzo de 2009, que hace extensivo al personal policial y civil de la Policía, los alcances del Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004, modifi cado por el Decreto Supremo N° 008-2004-DE del 30 de junio de 2004, el Decreto Supremo N° 028-2006-DE/SG del 13 de diciembre de 2006 y el Decreto Supremo N° 004- 2009-DE/SG del 3 de febrero de 2009, que aprueba el “Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa”, establecen que el Personal Militar y Civil de las Fuerzas Armadas, tienen derecho a recibir tratamiento médico especializado en el extranjero cuando no haya logrado su total recuperación en el país; Que, de acuerdo a los dispositivos legales antes mencionados y teniendo en cuenta la importancia del viaje del Mayor de la Policía Nacional del Perú en Situación de Retiro Nicolay Romel CARBAJAL BARRON, el mismo que se encuentra presupuestado, resulta viable autorizar dicho viaje; y, De conformidad a la Ley N° 29289 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009; Ley N° 27238 - Ley de la Policía Nacional del Perú; Ley N° 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Ley N° 29334 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 004- 2005-IN, modifi cado por Decreto Supremo N° 003-2007- IN y a lo previsto en el Reglamento del Fondo de Salud de la Policía Nacional del Perú, aprobado por Resolución Ministerial N° 024-2009-IN/PNP del 16 de enero de 2009. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, a propuesta del Director General de la Policía Nacional del Perú, el viaje al extranjero al Mayor de la Policía Nacional del Perú en Situación de Retiro Nicolay Romel CARBAJAL BARRON, para ser sometido a tratamiento médico especializado en el UNIVERSITY OF MIAMI HOSPITAL- Estados Unidos de Norte América por un período de CINCUENTA (50) días, a partir de la fecha de expedición de la presente resolución. Artículo 2º.- La Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, abonará al Mayor de la Policía Nacional del Perú en Situación de Retiro Nicolay Romel CARBAJAL BARRON, la cantidad ascendente a la suma de CINCO MIL OCHENTA Y TRES CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS (US$ 5,083.00) por concepto de remuneración por tratamiento médico especializado en el extranjero, por el periodo de CINCUENTA (50) días. Artículo 3º.- El Fondo de Salud de la Policía Nacional del Perú, transferirá el monto que demande el tratamiento médico especializado del Mayor de la Policía Nacional del Perú en Situación de Retiro Nicolay Romel CARBAJAL BARRON, en el UNIVERSITY OF MIAMI HOSPITAL- Estados Unidos de Norte América, por la suma de CINCUENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y OCHO CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS (US$ 52,648.00), sufragará gasto de pasaje (ida y vuelta) para el mencionado ex servidor retirado de la Policía Nacional del Perú y su acompañante, la cantidad de MIL SETENTA Y UNO CON 42/100 DÓLARES AMERICANOS (US$ 1,071.42) y Tasa Única de Uso de Aeropuerto por la cantidad de TREINTA CON 25/100 DÓLARES AMERICANOS (US$ 30.25). Artículo 4º.- Dentro de los QUINCE (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el personal policial autorizado deberá presentar un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos de ninguna clase o denominación. Artículo 6°.- La presente resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros OCTAVIO SALAZAR MIRANDA Ministro del Interior 439476-20 JUSTICIA Deniegan pedido de extradición activa de ciudadano peruano a la República de Irak RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 302-2009-JUS Lima, 23 de diciembre de 2009