Norma Legal Oficial del día 24 de diciembre del año 2009 (24/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 24 de diciembre de 2009

el articulo 8º de la Resolucion Nº 053-98-EF/SAFP, asi como las condiciones operativas minimas establecidas en el articulo 9º de la citada norma; Estando a lo informado por el Departamento de Instituciones mediante Informe Nº 046-2009-DSI de fecha 26 de noviembre del 2009; Contando con el visto MORDAZA de la Superintendencia Adjunta de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y del Departamento Legal, y; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros y sus modificatorias, el Texto Unico Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-98-EF y sus modificatorias, la Resolucion SBS Nº 949-2000, y la Resolucion Nº 053-98-EF/SAFP; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a AFP Horizonte la apertura de una Agencia en el MORDAZA Los MORDAZA N° 155, MORDAZA Chincha Alta ­ Cercado, distrito de Chincha Alta, provincia de Chincha, departamento de Ica. Articulo Segundo.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir de la fecha de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA QUIROGA Superintendente Adjunta de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 438929-1

Autorizan a los liquidadores de la Compania MORDAZA Peruana de Seguros Generales en Liquidacion y el Banco Republica en Liquidacion, para que celebren Contrato de Cesion de Derechos y Acciones con Obligacion de Hacer
RESOLUCION SBS N° 15574-2009 MORDAZA, 17 de diciembre de 2009 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTOS: Las solicitudes presentadas por la Compania MORDAZA Peruana de Seguros Generales en Liquidacion y el Banco Republica en Liquidacion, con fechas 30 de setiembre y 28 de octubre de 2009, respectivamente; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resoluciones SBS N° 664-2009 y N° 860-2009 de fechas 06 y 17 de febrero de 2009, fueron designados los liquidadores del Banco Republica en Liquidacion y de la Compania MORDAZA Peruana de Seguros Generales en Liquidacion, respectivamente; Que, ambos liquidadores han solicitado autorizacion para celebrar un Contrato de Cesion de Derechos y Acciones con Obligacion de Hacer, que permita a la Compania MORDAZA Peruana de Seguros Generales en Liquidacion ceder todos sus derechos patrimoniales a favor del Banco Republica en Liquidacion, y a su vez otorgar un mandato a dicha entidad, con el proposito que con el producto de la realizacion de los bienes transferidos, se pueda pagar, hasta donde alcance, las obligaciones de la primera, en el orden establecido en el Listado de Acreedores que se incluye como anexo del citado Contrato; Que, la Compania MORDAZA Peruana de Seguros Generales en Liquidacion no cuenta recursos liquidos que le permitan solventar sus costos operativos hasta

concluir con la realizacion de sus activos, e informa como situacion adversa para su pronto cierre, la demora en la transferencia de los inmuebles de su propiedad, por lo que ha propuesto la celebracion de un Contrato de Cesion de Derechos y Acciones con Obligacion de Hacer con el Banco Republica en Liquidacion, al tratarse este de un MORDAZA liquidatorio que cuenta con la capacidad tecnica para asumir este encargo; Que, con el referido instrumento contractual, la Compania MORDAZA Peruana de Seguros Generales en Liquidacion, estaria en la situacion de poder concluir su MORDAZA liquidatorio, salvaguardando los intereses economicos de sus acreedores, en tanto que el Banco Republica en Liquidacion llevaria adelante el encargo sin perjudicar economicamente a sus propios acreedores, toda vez que los costos del mandato serian integramente asumidos con los primeros ingresos que resulten de la administracion y realizacion del patrimonio recibido; Que, a efectos de alcanzar el objetivo propuesto con la operacion que es materia de esta Resolucion, los bienes a ser transferidos mediante el Contrato de Cesion de Derechos y Acciones con Obligacion de Hacer, no formaran parte de la masa a liquidar del Banco Republica en Liquidacion; Que, la celebracion de un Contrato de Cesion de Derechos y Acciones con Obligacion de Hacer, que incluye el mandato de pago a sus acreedores, a otra empresa supervisada constituye un instrumento legal adecuado, toda vez que permitira el correcto cierre de la compania de seguros, sin extinguir la relacion contractual, en merito de lo dispuesto por el articulo 1803º del Codigo Civil; Que, el liquidador del Banco Republica en Liquidacion no cuenta con la facultad expresa para poder recibir encargos mediante contratos de mandato, toda vez que en la Resolucion SBS N° 664-2009 mediante la cual se designa al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Liquidador de dicho Banco y se le otorga facultades para la administracion del MORDAZA, no se incluye dicha facultad; por lo que en virtud de lo previsto por el inciso s) del articulo Primero de la precitada resolucion, es necesario autorizarlo para tal fin; Que, si bien el Liquidador de la Compania MORDAZA Peruana de Seguros Generales en Liquidacion cuenta con facultades para realizar todos los actos y celebrar todos los contratos que considere pertinentes para el desarrollo de sus labores y el mejor cumplimiento de las acciones que le han sido encomendadas, dado el MORDAZA de contrato que se celebrara y la importancia de su finalidad para el cierre del MORDAZA liquidatorio, sera necesaria una autorizacion expresa en ese sentido; Que, el literal s) del articulo primero de las Resoluciones SBS N° 664-2009 y N° 860-2009, facultan a los liquidadores del Banco Republica en Liquidacion y de la Compania MORDAZA Peruana de Seguros Generales en Liquidacion, respectivamente, a ejecutar las acciones que la Superintendencia les autorice; Estando a lo opinado por las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfinanzas y Asesoria Juridica; y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a los liquidadores de la Compania MORDAZA Peruana de Seguros Generales en Liquidacion y el Banco Republica en Liquidacion, para que celebren el Contrato de Cesion de Derechos y Acciones con Obligacion de Hacer resenado en los considerandos de la presente resolucion, asegurandose que los recursos para su ejecucion MORDAZA atendidos sin perjudicar los intereses economicos de los acreedores del Banco Republica en Liquidacion. Registrese, comuniquese, publiquese y transcribase a los Registros Publicos para su correspondiente inscripcion. MORDAZA TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 438547-1

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