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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 24 de diciembre de 2009 408658 de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir con el desarrollo integral y sostenible de la región, conforme lo expresan los artículos 2º, 4º y 5º de la Ley Nº 27867 Orgánica de Gobiernos Regionales, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplifi cación administrativa; Que, el Consejo Regional tiene las atribuciones de normar la organización del Gobierno Regional a través de las Ordenanzas Regionales, en concordancia con el artículo 15º inciso a) de la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; en la que faculta aprobar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de su competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, el Artículo 37º de la Ley Nº 27444, Ley General de Procedimientos Administrativos, establece que todas las entidades deben aprobar o gestionar su Texto Único de Procedimientos Administrativos, documento de gestión que comprenden todos los procedimientos de iniciativa de parte de cualquier otro órgano de una entidad; se especifi ca en el mismo los requisitos, califi cación de cada procedimiento, el derecho de pago por tramitación expresando en valor porcentual de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), la autoridad competente para resolver y si el procedimiento amerita se debe difundir los formularios necesarios: Que, mediante Ordenanza Regional Nº 040-2008-CR- GRH, de fecha 30 de junio del 2008, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA 2008 de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo del Gobierno Regional de Huánuco; Que, mediante Informe Nº 109-2009-GRH/GRPPAT/ SGDISE de fecha 21 de abril del presente año, la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional, Sistemas y Estadística, remite a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial el proyecto de texto Único de Procedimientos Administrativos con sus respectivos formatos de sustentación legal y técnica, para ser considerados en el consolidado en la modifi cación del TUPA de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, con Informe Legal Nº 084-2009-GRH/ORAJ de fecha 18 de agosto del presente año, la Ofi cina de la Dirección Regional de Asesoría Jurídica, opina que el proyecto del Texto Único de Procedimientos Administrativos – (TUPA) de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo – Huánuco, se derive al Consejo Regional para su aprobación mediante Ordenanza Regional; Que, el Proyecto de TUPA de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo del Gobierno Regional de Huánuco correspondiente al año 2009, comprende ciento siete (107) procedimientos, detallándose en cada uno de ellos los requisitos correspondiente para su tramitación, que a la vez responden a las exigencias fácticas y normativas que orientan los ideales de un Estado moderno, ágil y efi ciente, así mismo están elaborados sobre la base de criterios de simplicidad y fl exibilidad en un contexto de uso racional de los recursos públicos y de mejora en la calidad de atención del administrado, como fi n superior del servicio público; Que, estando a lo prescrito por el Artículo 38º, numeral 38.1, de la Ley Nº 27444, tratándose de los Gobiernos Regionales el TUPA es aprobado por la norma de máximo nivel de las autoridades regionales, es decir mediante una Ordenanza Regional; Estando a lo expuesto, y conforme a las atribuciones conferidas por los artículos 15 y 38 de la Ley Nº 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y a lo aprobado por UNANIMIDAD en la Sesión de Consejo Regional de la referencia. ORDENA: Artículo Primero.- APROBAR, la modifi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo del Gobierno Regional Huánuco – Año 2009, el mismo que consta de ciento siete (107) procedimientos administrativos, cuyo expediente administrativo forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- APROBAR, los costos de los procedimientos consignados en el expediente administrativo que forma parte de la presente norma. Artículo Tercero.- DEJAR, sin efecto las normas que se opongan a la presente ordenanza, en el ámbito regional. Artículo Cuarto.- DISPONER, a la parte ejecutiva del Gobierno Regional realizar las acciones administrativas pertinentes conforme a sus atribuciones. Artículo Quinto.- PUBLICAR, la presente Ordenanza Regional conforme a lo dispuesto en el artículo 42º de la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Regístrese, comuníquese y publíquese JORGE ESPINOZA EGOAVIL Presidente 438931-2 Modifican el TUPA del Hospital Regional Hermilio Valdizán Medrano de Huánuco ORDENANZA REGIONAL Nº 068-2009-CR-GRH MODIFICACIÓN DEL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) DEL HOSPITAL REGIONAL HERMILIO VALDIZAN MEDRANO DE HUÁNUCO DEL GOBIERNO REGIONAL HUÁNUCO” Huánuco, 31 de agosto del 2009 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL HUÁNUCO. POR CUANTO: Visto, en Sesión Extraordinaria de Consejo Regional, de fecha veinticuatro del mes de agosto del dos mil nueve, el Dictamen Nº 050-2009-CPPPATAL/CR-GRH, presentado por la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales, relacionado a la Modifi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA del Hospital Regional Hermilio Valdizán Medrano de Huánuco, y; CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa, que tienen por misión organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir con el desarrollo integral y sostenible de la región, conforme lo expresan los artículos 2º, 4º y 5º de la Ley Nº 27867 Orgánica de Gobiernos Regionales, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplifi cación administrativa; Que, el Consejo Regional tiene las atribuciones de normar la organización del Gobierno Regional a través de las Ordenanzas Regionales, en concordancia con el artículo 15º inciso a) de la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; en la que faculta aprobar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de su competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, el Artículo 37º de la Ley Nº 27444, Ley General de Procedimientos Administrativos, establece que todas las entidades deben aprobar o gestionar su Texto Único de Procedimientos Administrativos, documento de gestión que comprenden todos los procedimientos de iniciativa de parte de cualquier otro órgano de una entidad; se especifi ca en el mismo los requisitos, califi cación de cada procedimiento, el derecho de pago por tramitación expresando en valor porcentual de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), la autoridad competente para resolver y si el procedimiento amerita se debe difundir los formularios necesarios: Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 580- E-2005-GRH/PR, de fecha 25 de octubre del 2005, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos