Norma Legal Oficial del día 01 de enero del año 2009 (01/01/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 104

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, jueves 1 de enero de 2009

noviembre del 2008 y el Informe Nº 356-2008-IGB-DDUOMDS de fecha 18 de noviembre del 2008. CONSIDERANDO: Que, mediante el Informe Nº 356-2008-IGB-DDUOMDS, de fecha 18 de noviembre del 2008, se informa que como consecuencia del sismo ocurrido el 15 de agosto del 2007, el sistema de agua en el distrito colapso, lo que ha ocasionado graves problemas en el sistema de distribucion del liquido elemento; Que, asi mismo informa que teniendo en cuenta el problema MORDAZA indicado, la Municipalidad elaboro el Expediente Tecnico para la ejecucion de la obra: Mejoramiento del sistema de agua potable del Cercado de Subtanjalla y Asentamiento Humano Virgen de Chapi - Distrito de Subtanjalla, el mismo que ha sido aprobado mediante la Resolucion de Alcaldia N 578-2008-MDS-A; Que, teniendo en cuenta el grave estado de atencion del servicio de agua potable en la MORDAZA MORDAZA indicada, es necesario tomar acciones inmediatas con la finalidad de resolver en parte el grave problema; Que, el articulo 19º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante el D.S. Nº 083-2004-PCM, senala que estan exoneradas de los procesos de seleccion, entre otros, las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de emergencia declaradas de conformidad con la ley; Que el articulo 20º del MORDAZA senalado cuerpo legal, indica que el MORDAZA de exoneracion MORDAZA indicado se aprueba por Acuerdo del Concejo Municipal, asi mismo senala que las Resoluciones o Acuerdos requieren obligatoriamente de un informe tecnico-legal previo y que estan prohibidas las aprobaciones de exoneraciones en vias de regularizacion, a excepcion de la causal de situacion de emergencia, de igual forma precisa que el Acuerdo o las Resoluciones se deben publicar en el Diario Oficial El Peruano, asi como remitir MORDAZA de los informes tecnico legal a la Contraloria General de la Republica y CONSUCODE, dentro del plazo de diez (10) dias habiles; Que el articulo 22º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, senala que se entiende como situacion de emergencia aquella en que la Entidad tenga que actuar de manera inmediata, asi mismo que la Entidad queda exonerada de la tramitacion del expediente administrativo; Que, el articulo 142º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, senala que situacion de emergencia es aquella en la cual la Entidad tiene que actuar de manera inmediata para satisfacer necesidades sobrevivientes de acontecimientos catastroficos, como fue el sismo ocurrido el 15 de agosto del 2007; Que, mediante el Informe Legal Nº 014-2008-MDS/AL, el Asesor Legal de la Municipalidad, opina favorablemente

sobre la procedencia de la exoneracion del MORDAZA de seleccion para contratar a la empresa que ejecute la obra: Mejoramiento del sistema de agua potable del Cercado de Subtanjalla y Asentamiento Humano Virgen de Chapi - Distrito de Subtanjalla, por el monto referencial de S/. 61,347.92, con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios; Estando a lo informado por la Oficina de Desarrollo MORDAZA y Obras Publicas, la Oficina de Asesoria Legal, con la visacion de Gerencia Municipal y Asesoria Juridica y de conformidad con lo establecido en la TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento aprobados por los Decretos Supremos Nº 083-2004-PCM y Nº 084-2004-PCM, respectivamente; y, De conformidad con las facultades conferidas en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE:

Articulo Primero.- EXONERAR el MORDAZA de seleccion correspondiente, por la causal de situacion de emergencia, regulada en el inciso c) del articulo 19º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante el D.S. Nº 083-2004-PCM, autorizandose la realizacion de acciones inmediatas que permitan contratar al ejecutor del proyecto: Mejoramiento del sistema de agua potable del Cercado de Subtanjalla y Asentamiento Humano Virgen de Chapi - Distrito de Subtanjalla, hasta por el valor referencial de Sesenta y un mil trescientos cuarenta y siete y 92/100 Nuevos Soles (S/. 61,347.92), con cargo a la fuente de financiamiento: Recursos Ordinarios. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Oficina de Abastecimiento de la Municipalidad Distrital de Subtanjalla, la realizacion de las acciones inmediatas que correspondan para la contratacion de la persona natural o juridica que ejecuta la obra mencionada en el articulo precedente, conforme a lo dispuesto en el articulo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante el D.S. Nº 084-2004PCM. Articulo Tercero.- Encargar a Secretaria General cumpla con publicar el presente en el Diario Oficial El Peruano, asi como remitir MORDAZA del presente y de los Informes tecnico y legal a la Contraloria General de la Republica y a CONSUCODE, dentro de los diez (10) habiles, siguientes a la emision del presente. Registrese, comunicase y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 295849-1

DIARIO OFICIAL

REQUISITO PARA PUBLICACI N DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberan ademas remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electronico. normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCION

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