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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE ENERO DEL AÑO 2009 (01/01/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 99

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 1 de enero de 2009 387517 del Presupuesto del Sector Público y Anexos, la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho a través de la Gerencia de Planifi cación conforme se señala en el Informe Nº 0125-2008-GP/MSJL de fecha 12.12.2008, ha elaborado el presente Instrumento de Gestión para el Año Fiscal 2009, considerando entre los rubros, los proyectos de Inversión seleccionados en forma concertada con los ciudadanos del Distrito de San Juan de Lurigancho, llevando a cabo diversos talleres de Presupuesto Participativo, los que han sido planteados, sustentados, priorizados y aprobados, teniendo en cuenta los recursos a obtener en el año 2009, provenientes de las transferencias a través de los Rubros de Financiamiento 18 Canon y Sobrecanon, Regalías, Renta de Aduanas y Participación y 07 Fondo de Compensación Municipal, así como también incluye las actividades que permitan a la Corporación Municipal encaminar el desarrollo de nuestro distrito. Que, la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, se encuentra en proceso de implementación de una gestión efi ciente y efi caz, el mismo que obedece a nuevos diseños de procesos de asignación y control presupuestal orientados a los resultados conforme lo disponen las normas emitidas al respecto, el empleo de este sistema presupuestal permitirá que las unidades orgánicas de la Corporación Municipal responsables del gasto a ejecutar, adopten mecanismos de optimización de costos con aumentos de productividad. Que, la Gestión Presupuestaria de los Gobiernos Locales, es un conjunto de fases sucesivas que determinan su capacidad para lograr los Objetivos Institucionales, mediante el cumplimiento de las metas presupuestarias establecidas para un determinado año fi scal, aplicando los criterios de efi ciencia, efi cacia y desempeño. Es la Dirección Nacional del Presupuesto Público la más alta autoridad técnico-normativa en materia presupuestal y es la que regula mediante disposiciones normativas el Sistema Nacional del Presupuesto, entre ellos el Proceso Presupuestario de los Gobiernos Locales. Que, el Presupuesto Institucional de Apertura – PIA – constituye la estimación de Ingresos y previsión de Gastos, debidamente equilibrado, que la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho aprueba para el año fi scal 2009. En este contexto, el Presupuesto Municipal permitirá el cumplimiento de los Objetivos Institucionales determinados en el Plan Operativo Institucional 2009. Que, estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el Artículo 9º, numeral 16 de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, en el Artículo 192º de la Constitución Política del Perú, en el Artículo 42º, literal d) de la Ley Nº 27783 – Ley de Bases de la Descentralización, en la Ley Nº 28411 – Ley Nacional del Sistema de Presupuesto, Ley Nº 29289 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, Directiva Nº 006-2007-EF/76.1 – Directiva para la Programación y Formulación del Presupuesto del Sector Público y Anexos aprobada por Resolución Directoral Nº 024-2007-EF/76.01 y su modifi catoria Resolución Directoral Nº 025-2008-EF/76.01, concordante con la Ordenanza Municipal Nº 134, con el VOTO MAYORITARIO del Pleno del Concejo Municipal, y con la dispensa de la lectura y trámite de aprobación del Acta. ACUERDA: Artículo Primero.- APROBAR el Presupuesto de Ingresos y Gastos de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho ascendente a S/. 91’687,885.00 (NOVENTA Y UN MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES), para el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del Año Fiscal 2009, de acuerdo al siguiente detalle: INGRESOS FUENTES DE FINANCIAMIENTO NUEVOS SOLES RUBROS DE FINANCIAMIENTO NUEVOS SOLES 1 Recursos Ordinarios 11.431.170 00 Recursos Ordinarios 11.431.170 2 Recursos Directamente Recaudados 16.863.690 09 Recursos Directamente Recaudados 16.863.690 3 Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito - - - 19 Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito - - - 4 Donaciones y Transferencias - - - 13 Donaciones y Transferencias - - - 5 Recursos Determinados 63.393.025 07 Fondo de Compensación Municipal 51.032.892 08 Otros Impuestos Municipales 10.996.065 18 Canon y Sobrecanon, Regalías, Renta de Aduanas y Participaciones 1.364.068 TOTAL INGRESOS 91.687.885 TOTAL INGRESOS 91.687.885 Artículo Segundo.- APROBAR la Estructura Funcional Programática del Presupuesto Institucional del Pliego: Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, correspondiente al Año Fiscal 2009, por Función, Programa, Subprograma, Actividad, y Proyecto, detallada en la Ficha Nº 02/GL “Estructura Funcional Programática de los Gobiernos Locales”, que forman parte integrante del presente Acuerdo de Concejo. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS JOSE BURGOS HORNA Alcalde 296246-1 Prorrogan plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 130 que aprobó beneficio tributario DECRETO DE ALCALDÍA Nº 035 San Juan de Lurigancho, 30 de diciembre del 2008 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTO el Informe Nº 409-2008-GR/MSJL, de fecha 12/12/2008 de la Gerencia de Rentas; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo la Alcaldía el órgano ejecutivo de la Municipalidad; Que, mediante Ordenanza Nº 130 aprobada en Sesión de Concejo de fecha 09 de enero del 2008 se aprobó el Benefi cio Tributario para el pago de Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines en el Distrito de San Juan de Lurigancho. Asimismo, con fecha 21 de febrero de 2008, mediante Ordenanza Nº 132, se modifi ca y complementa los alcances del benefi cio tributario otorgado en la Ordenanza Nº 130; Que, la Ordenanza Nº 132, en su Artículo Segundo, establece hasta el 30 de abril de 2008, la vigencia de la Ordenanza Nº 130; al respecto, la Ordenanza Nº 130 en su Segunda Disposición Final, faculta al Sr. Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las Disposiciones Complementarias para la adecuación y mejor aplicación de la indicada Ordenanza, así como también establecer la prórroga de la misma, por lo que mediante Decreto de Alcaldía Nº 012 se prorrogó hasta el 31 de mayo de 2008 el plazo de vigencia de la citada Ordenanza. Asímismo con Decreto de Alcaldía Nº 016, se prorrogó hasta el 30 de setiembre de 2008, y consecuentemente con Decreto de Alcaldía Nº 027, se prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2008; Que, la Gerencia de Rentas mediante Informe Nº 409- 2008-GR/MDSJL, de fecha 12 de diciembre de 2008, precisa que estando por vencer la fecha de vigencia de la Ordenanza Nº 130 y teniendo en cuenta que aún existe un gran número de contribuyentes que no han cumplido con sus obligaciones, resulta conveniente prorrogar dicho plazo hasta el 31 de diciembre de 2009; el sustento legal se encuentra establecido en la Norma VII del Título Preliminar y el artículo 41º, del TUO del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF; Estando a lo antes expuesto, con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica según Informe Nº 743-2008-GAJ/MDSJL, y de conformidad con lo dispuesto Descargado desde www.elperuano.com.pe