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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 1 de enero de 2009 387515 Modifican Ordenanza de Reajuste Integral de la Zonificación del distrito de San Juan de Lurigancho ORDENANZA N° 1211 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA; POR CUANTO EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 29 de diciembre del 2008, el Dictamen Nº 267-2008-MML- CMDUVN de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura; Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA DE REAJUSTE INTEGRAL DE LA ZONIFICACIÓN DEL DISTRITO DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Artículo Primero.- Modifi car el Plano de Zonifi cación del distrito de San Juan de Lurigancho, Provincia y Departamento de Lima (Plano Nº 01 – Anexo Nº 01) aprobado con Ordenanza Nº 1081-MML publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 07 de octubre del 2007, restituyendo la zonifi cación de Industria Liviana (I2) a los lotes de la Urbanización Industrial Las Flores 81 que se encontraban califi cados como Industria en el plano de zonifi cación anterior. Artículo Segundo.- Encargar al Instituto Metropolitano de Planifi cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, incorpore en el Plano de Zonifi cación del distrito de San Juan de Lurigancho, la modifi cación aprobada en la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla, Lima, 30 DIC. 2008 LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 295918-2 Modifican Ordenanza de Reajuste Integral de la Zonificación de los distritos de Villa María del Triunfo y San Juan de Miraflores ORDENANZA N° 1212 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA; POR CUANTO EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 29 de diciembre del 2008, el Dictamen Nº 267-2008-MML- CMDUVN de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura; Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA DE REAJUSTE INTEGRAL DE LA ZONIFICACIÓN DE LOS DISTRITOS DE VILLA MARIA DEL TRIUNFO Y SAN JUAN DE MIRAFLORES Artículo Primero.- Modifi car la Ordenanza Nº 1084- MML publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 18 de octubre del 2007 que aprobó el Reajuste Integral de la Zonifi cación de los Usos del Suelo de los Distritos de Villa María del Triunfo y San Juan de Mirafl ores, de conformidad con las correcciones de grafi cación al Plano de Zonifi cación (Plano Nº 01 – Anexo Nº 01) que se detallan a continuación: 1.1 Restituir la zonifi cación de Comercio Zonal (CZ) al predio ubicado en la Av. Pachacútec Nº 2820, Pueblo Joven Inca Pachacútec – Sector Micaela Bastidas, Manzana 2A, Lote 28 del distrito de Villa María del Triunfo, Provincia y Departamento de Lima, toda vez que se encontraba califi cado como Comercio en el plano anterior aprobado por Ordenanza Nº 304-MML del 05 de mayo del 2001. 1.2 Califi car como Comercio Zonal (CZ) a la Unidad Inmobiliaria A conformada por los Lotes 5 y 7 de la Mz. L de la Urb. San Ignacio de Monterrico Loyola del distrito de San Juan de Mirafl ores, Provincia y Departamento de Lima; toda vez que por error involuntario no fue grafi cado en el Plano de Zonifi cacion del Distrito, lo aprobado con Ordenanza Nº 770-MML del 21 de mayo del 2005. Artículo Segundo.- Encargar al Instituto Metropolitano de Planifi cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, incorpore en el Plano de Zonifi cación de los Distritos de Villa María del Triunfo y San Juan de Mirafl ores, las modifi caciones aprobadas en la presente Ordenanza. POR TANTO Mando se registre, publique y cumpla, Lima, 30 DIC. 2008 LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 295918-3 MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA Autorizan Programa de Matrimonio Civil Comunitario en el distrito DECRETO DE ALCALDÍA N° 021-2008/MDLCH EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO - CHOSICA; CONSIDERANDO: Que, mediante Informe N°182-08/GDS/MDLCH, el Gerente de Desarrollo Social solicita la expedición del dispositivo correspondiente para la realización de un Matrimonio Civil Comunitario, a llevarse a cabo el día 14 de febrero del año 2009, a las 7.00 p.m., en la pileta del Parque Central Emilio del Solar, fi jándose la fecha límite de recepción de documentos el día miércoles 04 de febrero del año 2009. Que, los gobiernos locales como partes integrantes del Estado de conformidad con el artículo 4° de la Constitución política, tienen la obligación y deber de proteger a la familia promoviendo el matrimonio como institución natural y fundamental de la sociedad, contribuyendo asimismo, al fortalecimiento del núcleo familiar; por lo que, siendo política de la actual gestión municipal promover esa unión familiar, ha considerado oportuno y necesario brindar facilidades a los vecinos del distrito que deseen formalizar su situación conyugal, en amparo con lo preceptuado por los artículos 233° y 234° del Código Civil, la Ley de Municipalidades N°27972, la Ley N°26497 y demás normas concordantes. Por los fundamentos expuestos y en atribución de los artículos 84° y 20°, Inciso 6) y 16) de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972; DECRETA: Primero.- Autorizar el PROGRAMA DE MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO en el distrito de Lurigancho - Chosica, a llevarse a cabo el día 14 de febrero del año 2009, en la pileta del Parque Central Emilio del Solar, a las Descargado desde www.elperuano.com.pe