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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 9 de enero de 2009 388011 Designan representante del Ministerio ante la comisión especial constituida mediante Ley Nº 29303 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 007-2009 MTC/01 Lima, 6 de enero de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley No. 29303, se creó la comisión especial encargada de estudiar, analizar y proponer alternativas económica y técnicamente viables que permitan la implementación dentro de la ZOFRATACNA de actividades alternativas a la reparación y reacondicionamiento de vehículos usados; que sean sostenibles y contribuyan de modo efectivo al desarrollo de las zonas de tratamiento especial de Tacna, la cual entre otros están integrada por un representante del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el cual es necesario designar; De conformidad con la Ley No. 27594 y el Decreto Supremo No. 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Designar al señor Luis Humberto Chia Ramírez, como representante del Ministerio de Transportes y Comunicaciones ante la comisión especial constituida mediante la Ley No. 29303. Regístrese, comuníquese y publíquese ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 297643-1 Autorizan a la empresa Romero Motors S.R.L. operar taller de conversión a gas natural vehicular ubicado en el distrito de La Molina, provincia de Lima RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 11548-2008-MTC/15 Lima, 11 de diciembre de 2008 VISTOS: Los Partes Diarios registrado con Nºs. 116735, 122753, 133414 y Expediente Nº 2008-033156 presentados por ROMERO MOTORS S.R.L., mediante los cuales solicita autorización como Taller de Conversión a GNV para realizar la conversión del sistema de combustión de los vehículos a GNV, para cuyo efecto dispone de personal técnico capacitado, instalaciones, equipos y herramientas para la instalación, mantenimiento y reparación de los equipos de conversión, con el propósito de asegurar que éste cumpla con las exigencias técnicas establecidas en el Reglamento Nacional de Vehículos, normas conexas y complementarias, así como en la normativa vigente en materia de límites máximos permisibles. CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC, modifi cado por los Decretos Supremos Nros. 005-2004- MTC, 014-2004-MTC, 035-2004-MTC y 002-2005-MTC, 017-2005-MTC, 012-2006-MTC, 023-2006-MTC, 037- 2006-MTC y 006-2008-MTC, se aprobó el Reglamento Nacional de Vehículos, el mismo que tiene como objeto establecer los requisitos y características técnicas que deben cumplir los vehículos para que ingresen, se registren, transiten, operen y se retiren del sistema nacional de transporte terrestre; Que, el artículo 29º del citado Reglamento establece el marco normativo que regula las conversiones de los vehículos originalmente diseñados para combustión de combustibles líquidos con la fi nalidad de instalar en ellos el equipamiento que permita su combustión a Gas Natural Vehicular (GNV), a fi n de que éstas se realicen con las máximas garantías de seguridad, por talleres debidamente califi cados y utilizando materiales de la mejor calidad, previniendo de este modo la ocurrencia de accidentes a causa del riesgo que implica su utilización sin control; Que, mediante Resolución Directoral Nº 3990-2005- MTC/15, se aprobó la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 modifi cada por las Resoluciones Directorales Nºs 7150-2006-MTC/15 y 4284-2008-MTC/15, la misma que regula el régimen de autorización y funcionamiento de los Talleres de Conversión a GNV y establece las condiciones para operar como tal y los requisitos documentales para solicitar una autorización como Taller de Conversión a GNV ante la Dirección General de Circulación Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, del análisis de los documentos presentados por ROMERO MOTORS S.R.L., se advierte que se ha dado cumplimiento a los requisitos documentales para solicitar autorización como Taller de Conversión a GNV establecidos en el numeral 6.2 de la Directiva Nº 001- 2005-MTC/15, aprobada por Resolución Directoral Nº 3990-2005-MTC/15 y modifi cada por las Resoluciones Directorales Nºs 7150-2006-MTC/15 y 4284-2008- MTC/15; en efecto, se han presentado los siguientes documentos: • Solicitud fi rmada por el representante legal de ROMERO MOTORS S.R.L., • Copia del Testimonio de Modifi cación de Estatutos donde señala que la Constitución de Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada, con fecha 1 de setiembre RELACION DE VIAJES POR COMISION DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - DIRECCION DE CERTIFICACIONES Y AUTORIZACIONES - COMPRENDIDOS LOS DIAS DEL 18 AL 24 DE ENERO DE 2009 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 108-2008-MTC/12.07 Y Nº 719-2008-MTC/12 ORDEN INSPECCION Nº INICIO FIN VIATICOS (US$) TUUA (US$) SOLICITANTE INSPECTOR CIUDAD PAIS DETALLE RECIBOS DE ACOTACION Nºs 401-2008-MTC/12.07 18-Ene 24-Ene US$ 1,320.00 US$ 30.25 Aeromaster del Perú S.A. Alva Panduro, Alejandro Alberto Vancouver Canadá Inspección técnica por expedición de Certifi cado de Aeronavegabilidad de la aeronave Sikorsky S61N con número de serie 61716; asimismo inspección técnica de Estación de base e inspección al TMA. 17600-17601-17602-17603- 17604-17609 402-2008-MTC/12.07 18-Ene 24-Ene US$ 1,320.00 US$ 30.25 Aeromaster del Perú S.A. Mendives Rodriguez, Raúl Fernando Vancouver Canadá Inspección técnica por expedición de Certifi cado de Aeronavegabilidad de la aeronave Sikorsky S61N con número de serie 61716; asimismo inspección técnica de Estación de base e inspección al TMA. 17600-17601-17602-17603- 17604-17609 297641-1