Norma Legal Oficial del día 14 de enero del año 2009 (14/01/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 82

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 14 de enero de 2009

general que dicte OSINERGMIN, en cumplimiento de sus funciones, deberan prepublicarse en el Diario Oficial El Peruano junto con su exposicion de motivos, debiendo otorgarse un plazo no menor a quince (15) dias calendario, a fin de recibir, de parte de los interesados, sugerencias o comentarios. Dicha disposicion establece un plazo minimo de recepcion de comentarios y/o sugerencias, teniendo potestad la Administracion, de considerarlo conveniente o de no existir otros plazos maximos que lo impida, de ampliar el plazo para la recepcion de las citadas sugerencias de parte de los interesados. Que, en ese sentido, en atencion a la solicitud de la citada empresa y, de manera excepcional, se considera procedente ampliar el plazo establecido para la recepcion de comentarios y sugerencias al proyecto de MORDAZA indicado; Que, se han emitido los Informes N° 016-2009-GART y N° 017-2009-GART de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria, los mismos que complementan la motivacion que sustenta la decision del OSINERGMIN, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el numeral 4 del Articulo 3° de la Ley del Procedimiento Administrativo General; Estando a lo dispuesto en la Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, en el Reglamento General del OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo N° 0542001-PCM, en la Ley N° 27133 "Ley de Promocion del Desarrollo de la Industria del Gas Natural", la Ley 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, asi como en sus normas modificatorias, complementarias y conexas. SE RESUELVE Articulo 1º.- Ampliese hasta el 3 de febrero de 2009 el plazo para la recepcion de comentarios y sugerencias al Proyecto de MORDAZA "Procedimiento de Viabilidad de Nuevos Suministros de Gas Natural", publicado mediante la Resolucion OSINERGMIN N° 687-2008-OS/CD. Articulo 2°.- La presente resolucion debera ser publicada en el diario oficial El Peruano y consignada, con los Informes N° 016-2009-GART y 017-2009-GART, en la pagina Web de OSINERGMIN: www.osinerg.gob.pe. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo OSINERGMIN 300052-1

adicionales e intereses legales que correspondan segun el caso. La fecha de corte para el calculo de dichos conceptos sera la que corresponda a la resolucion que agote la via administrativa. DEBE DECIR: La ejecucion del Fondo comprende la reposicion al comitente perjudicado de los conceptos senalados en el articulo 4º de la presente MORDAZA, incluyendo los beneficios adicionales e intereses legales que correspondan segun el caso. La fecha de corte para el calculo de dichos conceptos sera la que corresponda a la resolucion que agote la via administrativa. "En el ultimo parrafo del Articulo 12º.- LIMITES GENERALES DE EJECUCION DEL FONDO DICE: Las cifras en Nuevos Soles indicadas en el presente articulo son de valor MORDAZA y se actualizan al cierre de cada ejercicio economico, en funcion del indice de precios promedio al por mayor a nivel nacional que publica periodicamente el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica. Se considera como base el indice correspondiente al mes de enero de 1996. Dicha actualizacion debera producirse dentro de los veinte (20) dias de iniciado el MORDAZA ejercicio. DEBE DECIR: Las cifras en Nuevos Soles indicadas en el presente articulo son de valor MORDAZA y se actualizan al cierre de cada ejercicio economico, en funcion del indice de precios promedio al por mayor a nivel nacional que publica periodicamente el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica. Se considera como base el indice correspondiente al mes de enero de 2006. Dicha actualizacion debera producirse dentro de los veinte (20) dias de iniciado el MORDAZA ejercicio." 299507-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS
Declaran nulidad de MORDAZA de seleccion correspondiente a la ADP Nº 004-2008-SUNARP
RESOLUCION DE LA SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS N° 352-2008-SUNARP/SN MORDAZA, 30 de diciembre de 2008 VISTOS el Informe Nº 549-2008-SUNARP/GAF-ADM y el Informe de la Gerencia Legal de la Sede Central de la SUNARP; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo previsto en el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones de la Sede Central de la SUNARP, correspondiente al ejercicio 2008, se convoco al MORDAZA de seleccion de Adjudicacion Directa Publica Nº 004-2008-SUNARP, para la remodelacion de los pisos MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA de la Sede Central de la SUNARP; Que, MORDAZA de la suscripcion del contrato pertinente al referido MORDAZA, se ha detectado omisiones y errores en la etapa de elaboracion de bases, los cuales generan la contravencion del articulo 3, numeral 4 del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y del articulo 117 del Reglamento de la citada ley; Que, en este contexto se han emitido el Informe Nº 549-2008-SUNARP/GAF-ADM y el Informe Nº 12452008-SUNARP/GL;

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS COMISION NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES
FE DE ERRATAS RESOLUCION CONASEV Nº 080-2008-EF/94.01.1 Mediante Oficio Nº 090-2009-EF/94.04.1 la Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Conasev Nº 080-2008-EF/94.01.1, publicada en la edicion del 31 de diciembre de 2008. "En el primer parrafo del Articulo 8º.- FORMA DE EJECUTAR EL FONDO DICE: La ejecucion del Fondo comprende la reposicion al comitente perjudicado de los conceptos senalados en el articulo 4º del presente titulo, incluyendo los beneficios

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