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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE ENERO DEL AÑO 2009 (14/01/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 132

TEXTO PAGINA: 99

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 14 de enero de 2009 388369 efecto si en un plazo de 180 días, contados a partir de la suscripción del contrato de adquisición de acciones de BANTRA, no hubiera concluido la conversión de dicha entidad en Empresa Financiera subsidiaria de SBP; Que, por medio de la Resolución SBS Nº 6958-2008 de fecha 26 de agosto de 2008, se modifi có el Artículo Segundo de la Resolución SBS Nº 2577-2008, estableciendo que el plazo de cómputo para la conversión del BANTRA en Empresa Financiera regía a partir de la fecha de cierre de la operación de adquisición, esto es el 15 de julio de 2008; Que, el Artículo 16º del Reglamento para la Constitución, Reorganización y Establecimiento de Empresas y Representantes de los Sistemas Financiero y de Seguros, aprobado mediante Resolución SBS Nº 10440-2008, establece los requisitos y el procedimiento a seguir en el caso de conversión de una empresa del sistema fi nanciero; Que el BANTRA ha cumplido con los requisitos comprendidos en la Resolución SBS Nº 10440-2008 y en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, aprobado mediante Resolución SBS Nº 131-2002; Que el Banco Central de Reserva del Perú, mediante Carta Nº 0026-2008-FIN120, de fecha 28 de noviembre de 2008, comunicó a esta Superintendencia que, desde el punto de vista macroeconómico, no encontraba inconveniente para que el BANTRA efectúe su conversión a Empresa Financiera, bajo la denominación de Crediscotia Financiera S.A.; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Bancaria “C”, el Departamento Legal, el Departamento de Evaluación de Riesgo Crediticio, el Departamento de Evaluación de Riesgo de Mercado, Liquidez e Inversiones, el Departamento de Evaluación de Riesgo Operacional y el Departamento de Análisis del Sistema Financiero; y contando con el visto bueno de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfi nanzas, Riesgos y Asesoría Jurídica, y la Gerencia de Estudios Económicos; En uso de las atribuciones conferidas en el artículo 349º de la Ley General; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar, a partir de la fecha, la conversión del Banco del Trabajo a Empresa Financiera bajo la denominación de “Crediscotia Financiera S.A.”, la misma que podrá realizar las operaciones señaladas en el artículo 284º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702; y devuélvase la Minuta que lo formaliza con el sello ofi cial de esta Superintendencia, para su elevación a Escritura Pública, en la que se insertará el texto de la presente Resolución para su correspondiente inscripción en los Registros Públicos. Artículo Segundo.- Disponer que por Secretaría General se otorgue el correspondiente Certifi cado de Autorización de Funcionamiento por Conversión, el que deberá ser publicado por dos veces alternadas, la primera en el Diario Ofi cial El Peruano y la segunda en uno de extensa circulación nacional, debiendo exhibirse permanentemente en la ofi cina principal de la empresa, en lugar visible al público. En un plazo no mayor de 90 días desde la emisión de dicho certifi cado, la empresa deberá remitir a esta Superintendencia la correspondiente Escritura Pública de conversión inscrita en los Registros Públicos. Regístrese, comuníquese y publíquese. FELIPE TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 298990-1 Autorizan a EDPYME Crear Arequipa la apertura de agencia en el departamento de Lima RESOLUCIÓN SBS Nº 14196-2008 Lima, 31 de diciembre de 2008 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por EDPYME Crear Arequipa solicitando autorización de esta Superintendencia para la apertura de una agencia en el distrito de Ate, provincia de Lima, departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, en sesión ordinaria de Directorio de fecha 28.11.08 se aprobó la apertura de la referida agencia; Que, las razones expuestas por la empresa recurrente justifi can la solicitud de apertura de dicha ofi cina, habiéndose cumplido con presentar la documentación pertinente; Estando a lo opinado por la Superintendencia Adjunta de Banca y Microfi nanzas y, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, la Resolución SBS Nº 775-2008 y en virtud de las facultades delegadas por Resolución SBS Nº 1096-2005 del 25 de julio de 2005; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a EDPYME Crear Arequipa la apertura de una agencia ubicada en Asociación Rabindranath Tagore Mz. E, Lt. 8, (km. 6.5 Carretera Central), distrito de Ate, provincia de Lima, departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. DIEGO CISNEROS SALAS Superintendente Adjunto de Banca y Microfi nanzas 299394-1 Autorizan al Banco Internacional del Perú - Interbank la apertura de agencias en los departamentos de La Libertad y Apurímac RESOLUCIÓN SBS Nº 100-2009 Lima, 7 de enero de 2009 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por el Banco Internacional del Perú - Interbank para que se le autorice la apertura de dos agencias ubicadas según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha presentado la información pertinente que sustenta el pedido formulado; Estando a lo opinado por la Superintendencia Adjunta de Banca y Microfi nanzas; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Resolución Nº 775-2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 1096-2005; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco Internacional del Perú - Interbank la apertura de dos agencias ubicadas según se indica a continuación: 1. Tienda Saga Trujillo; sito en Av. América Norte Nº 1245, Urbanización Los Jardines, locales comerciales 6,