Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE ENERO DEL AÑO 2009 (14/01/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 132

TEXTO PAGINA: 95

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 14 de enero de 2009 388365 Reincorporación, c) Traslado, d) Permuta, y e) Modifi cación en la denominación de la plaza originaria; Que, el Secretario General de la Fiscalía de la Nación, mediante Ofi cio Nº 13799-2008-MP-FN-SEGFIN, del 22 de diciembre de 2008, remite copia certifi cada de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 159-2008-MP- FN, del 6 de febrero de 2008, que dispone la permuta defi nitiva entre los doctores Carlos Enrique Verastegui Castañeda, Fiscal Adjunto Provincial Titular Penal de Lima, Distrito Judicial de Lima, y Elio Abel Concha Calla, Fiscal Adjunto Provincial Titular Penal de Lima Norte, Distrito Judicial de Lima Norte; Que, en el artículo sexto de la citada resolución, dispone solicitar al Consejo Nacional de la Magistratura, la cancelación del título de los citados Fiscales, extendiéndoles un nuevo título, como Fiscales Adjuntos Provinciales Titulares Penales de los Distritos Judiciales de Lima y Lima Norte, respectivamente; Que, de conformidad con las facultades conferidas por los artículos 154º inciso 4 de la Constitución Política del Perú, 37º incisos b) y e) de la Ley Nº 26397 –Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura-, y 4º del Reglamento de Expedición y Cancelación de Títulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, aprobado por Resolución Nº 238-2006-CNM; SE RESUELVE: Primero.- Cancelar el título otorgado a favor del doctor CARLOS ENRIQUE VERASTEGUI CASTAÑEDA, de Fiscal Adjunto Provincial Penal de Lima, Distrito Judicial de Lima. Segundo.- Cancelar el título otorgado a favor del doctor ELIO ABEL CONCHA CALLA, de Fiscal Adjunto Provincial Penal de Lima Norte, Distrito Judicial de Lima Norte. Tercero.- Expedir el título a favor del doctor CARLOS ENRIQUE VERASTEGUI CASTAÑEDA, de Fiscal Adjunto Provincial Penal de Lima Norte, Distrito Judicial de Lima Norte. Cuarto.- Expedir el título a favor del doctor ELIO ABEL CONCHA CALLA, de Fiscal Adjunto Provincial Penal de Lima, Distrito Judicial de Lima. Quinto.- Remitir copia de la presente resolución a la señora Fiscal de la Nación, para su conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMUNDO PELAEZ BARDALES Presidente 299774-2 RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 002 -2009-CNM Lima, 6 de enero de 2009 VISTO: El Ofi cio Nº 9429-2008-CE-PJ, del 30 de diciembre de 2008, remitido por el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Que, por mandato constitucional el único organismo competente para extender el título de Juez o Fiscal que acredite a los magistrados en su condición de tales, es el Consejo Nacional de la Magistratura, conforme a lo previsto por el artículo 154º inciso 4 de la Constitución Política del Perú, así como el único facultado para cancelar dichos títulos, en atención a lo dispuesto por el artículo 21º inciso d) de la Ley Nº 26397, Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura; Que, por Resolución Nº 238-2006-CNM publicado en el diario Ofi cial “El Peruano” de fecha 6 de agosto de 2006, se aprobó el Reglamento de Expedición y Cancelación de Títulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, cuyo artículo 4° dispone los casos en los cuales el Consejo extiende el título ofi cial al Juez o Fiscal (conforme se argumenta en el punto 4 de la Exposición de Motivos), como son: a) Nombramiento, b) Reincorporación, c) Traslado, d) Permuta, y e) Modifi cación en la denominación de la plaza originaria; Que, el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante Ofi cio Nº 9429-2008-CE-PJ, del 30 de diciembre de 2008, remite para conocimiento y fi nes consiguientes, fotocopia certifi cada de la Resolución Administrativa Nº 281-2008-CE-PJ, del 27 de octubre de 2008, que declara fundada la solicitud de traslado por unidad familiar presentada por el señor Carlos Alberto Anticona Luján, Juez Titular del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Chimbote, Distrito Judicial del Santa; en consecuencia, se dispone su traslado a la plaza vacante en el Juzgado de Paz Letrado de Chocope, Distrito Judicial de La Libertad; Que, el Consejo Nacional de la Magistratura nombró al doctor Carlos Alberto Anticona Luján, Juez de Paz Letrado de Santa – Chimbote en el Distrito Judicial del Santa, por Resolución Nº 384-2002-CNM, del 19 de julio de 2002; Que, de conformidad con las facultades conferidas por los artículos 154º inciso 4 de la Constitución Política del Perú, 37º incisos b) y e) de la Ley Nº 26397 –Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura-, y 4º del Reglamento de Expedición y Cancelación de Títulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, aprobado por Resolución Nº 238-2006-CNM; SE RESUELVE: Primero.- Cancelar el título otorgado a favor del doctor CARLOS ALBERTO ANTICONA LUJÁN, de Juez de Paz Letrado de Santa – Chimbote en el Distrito Judicial del Santa. Segundo.- Expedir el título a favor del doctor CARLOS ALBERTO ANTICONA LUJÁN, de Juez de Paz Letrado de Chocope, Distrito Judicial de La Libertad. Tercero.- Remitir copia de la presente resolución al señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República y del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMUNDO PELAEZ BARDALES Presidente 299774-3 DEFENSORIA DEL PUEBLO Aceptan renuncia de Jefa de la Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional de la Defensoría del Pueblo RESOLUCIÓN DEFENSORIAL Nº 002-2009/DP Lima, 13 de enero de 2009 VISTO: El Memorando Nº 010-2009-DP/OGRH que adjunta los memorandos Nº 001-2009-DP/PAD y Nº 220-2008- DP-OCII, mediante el cual se solicita la elaboración de la resolución que acepta la renuncia irrevocable de la Jefa de la Ofi cina de Comunicaciones e Imagen Institucional de la Defensoría del Pueblo; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los artículos 161º y 162º de la Constitución Política del Perú se aprobó la Ley Nº 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo, y mediante la Resolución Defensorial Nº 029-2008/DP se aprobó su vigente Reglamento de Organización y Funciones; Que, la Ley Nº 26602, Ley que establece el régimen laboral del personal de la Defensoría del Pueblo, dispone que el personal de la Defensoría del Pueblo