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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE ENERO DEL AÑO 2009 (16/01/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 192

TEXTO PAGINA: 158

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 16 de enero de 2009 388752 “De acuerdo a lo expuesto por el Jefe de Proyecto de Aeropuertos y teniendo en consideración lo dispuesto en el artículo 9° del Decreto de Urgencia N° 047-2008, se decide: 1. Ratifi car el Acuerdo de Consejo Directivo de PROINVERSIÓN N° 250-05-2008 de fecha 09 de setiembre de 2008, mediante el cual se decidió modifi car el Acuerdo PROINVERSIÓN N° 244-01-2008 de fecha 22 de julio de 2008, en los siguientes términos: ‘De acuerdo con lo solicitado por el Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Infraestructura y de Servicios Públicos mediante Ofi cio 66/2008/CPI/ PROINVERSIÓN de 11 de julio de 2008, Resumen Ejecutivo 024-2008-Aeropuertos de 03 de julio de 2008 e Informe Legal N° 590-2008-OAJ-EBA de 02 de julio de 2008, se acuerda: Aprobar las modifi caciones al Plan de Promoción para la entrega en concesión de los Aeropuertos de la República del Perú, en los aspectos referidos a: i) Antecedentes; ii) incluir en el punto 4 la referencia expresa al aeropuerto de Andahuaylas (Apurímac) y exclusión del Aeropuerto Maria Reich Neuman (Nasca) iii) el monto de inversión estimado, y iv) el cronograma del proceso. (…)’ 2. Disponer la publicación del presente acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano. Transcribir el presente acuerdo al Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Infraestructura y Servicios Públicos y al Jefe de Proyectos de Aeropuertos, exonerándolo del trámite de lectura y aprobación del acta”. ITALO BIZERRA OSORIO Secretario General PROINVERSIÓN 301177-1 COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS Delegan la facultad de aprobar modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático en el Gerente Adjunto de la Gerencia General RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 002-2009-DV-PE Lima, 7 de enero de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 032-2002-PCM, y su modifi catoria Decreto Supremo Nº 101-2003-PCM, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA; Que, de acuerdo al Artículo 40º de la Ley Nº 28411 “Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto”, el Titular de la Entidad es la más alta Autoridad Ejecutiva, responsable de aprobar las modifi caciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático y puede delegar dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, en consecuencia resulta conveniente delegar en el Gerente Adjunto de la Gerencia General las facultades de aprobación de las modifi caciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático, que corresponden al Titular del Pliego 012 - Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, durante el ejercicio fi scal y presupuestario 2009; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 40º de la Ley Nº 28411 “Ley de General del Sistema Nacional de Presupuesto Público” y la Ley Nº 29289 “Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009”; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Delegar en el Gerente Adjunto de la Gerencia General la facultad de aprobar las modifi caciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático, de conformidad al Artículo 40º de la Ley Nº 28411 “Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto”, que le corresponden al Titular del Pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, durante el ejercicio fi scal y presupuestario del año 2009. Regístrese, comuníquese y publíquese, RÓMULO PIZARRO TOMASIO Presidente Ejecutivo del Consejo Directivo 300661-1 CUERPO GENERAL DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DEL PERU Exoneran de proceso de selección la contratación de servicios legales y autorizan la contratación de abogado RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 609-2008 CGBVP. San Isidro, 31 de diciembre de 2008 VISTO: El Informe Legal Nº 016-2008 CGBVP/AJ con la opinión favorable de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, que expone los fundamentos que sustentan la procedencia y necesidad de la exoneración de proceso de selección por causal de servicio personalísimo, para la contratación de servicios de defensa judicial al amparo del Decreto Supremo Nº 018-2002-PCM: CONSIDERANDO: Que, el artículo 19, inciso (f) de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que los servicios contratados por la causal de servicios personalísimos, están exoneradas de proceso de selección, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 145, quinto párrafo del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, que expresamente exonera esta contratación de defensa judicial del proceso de selección por la causal de servicio personalísimo, cuando se solicita al amparo del Decreto Supremo Nº 018-2002-PCM. Que, el artículo 20, inciso (a) de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dispone que las contrataciones exoneradas de proceso de selección deberán aprobarse mediante Resolución del Titular del Pliego de la entidad, y que dicha contratación deberá ejecutarse mediante acciones inmediatas. Que, ante la 4ta. Fiscalía Penal Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios, se ha aperturado la investigación preliminar del delito contra el ofi cial solicitante José Antonio Palacios Molinelli, por la supuesta comisión del delito contra la administración pública en agravio del Estado. Que, para efectos de atender su defensa, dicho ofi cial presentó su respectiva solicitud a la Comandancia