Norma Legal Oficial del día 16 de enero del año 2009 (16/01/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 147

El Peruano MORDAZA, viernes 16 de enero de 2009

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

388741

Ratifican el "Convenio para la Proteccion, Conservacion, Recuperacion y Devolucion de Bienes Culturales, Arqueologicos, Artisticos e Historicos robados, hurtados, exportados o transferidos ilicitamente entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica de Honduras"
DECRETO SUPREMO Nº 005-2009-RE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el "Convenio para la Proteccion, Conservacion, Recuperacion y Devolucion de Bienes Culturales, Arqueologicos, Artisticos e Historicos robados, hurtados, exportados o transferidos ilicitamente entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica de Honduras", suscrito el 07 de marzo de 2007, en la MORDAZA de Tegucigalpa, Republica de Honduras; Que, por el mencionado Convenio, las Partes acuerdan trabajar conjuntamente informando a la otra de los robos o hurtos de bienes culturales, arqueologicos, artisticos e historicos que tenga conocimiento y de la metodologia empleada, cuando exista razon para creer que dichos objetos seran probablemente introducidos en el comercio internacional; Que, las Partes difundiran entre sus respectivas autoridades aduaneras y policiales de puertos, aeropuertos y fronteras, informacion relativa a los bienes culturales que hayan sido materia de robo y trafico ilicito, con el fin de facilitar su identificacion y la aplicacion de las medidas cautelares y coercitivas correspondientes; Que, es conveniente a los intereses del Peru la ratificacion del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en los articulos 57º y 118º inciso 11 de la Constitucion Politica del Peru y el articulo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la Republica para celebrar y ratificar Tratados o adherir a estos sin el requisito de la aprobacion previa del Congreso; DECRETA: Articulo 1º.- Ratificase el "Convenio para la Proteccion, Conservacion, Recuperacion y Devolucion de Bienes Culturales, Arqueologicos, Artisticos e Historicos robados, hurtados, exportados o transferidos ilicitamente entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica de Honduras", suscrito el 07 de marzo de 2007, en la MORDAZA de Tegucigalpa, Republica de Honduras. Articulo 2º.- Dese cuenta al Congreso de la Republica. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los quince dias del mes de enero del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 301588-11

Que, el "Tratado entre la Republica del Peru y la Republica de Colombia sobre Cooperacion Judicial en Materia Civil, Comercial y Administrativa", suscrito el 28 de marzo de 2007 en la MORDAZA de Bogota, Republica de Colombia; Que, el citado instrumento internacional considera el establecimiento de un sistema de reconocimiento y de ejecucion de sentencias judiciales que permitira estimular la confianza reciproca en las instituciones judiciales de cada una de las Partes; asi como coadyuvara a un trato equitativo de sus ciudadanos; Que, los nacionales de una de las Partes, a traves de la ratificacion del presente Tratado, gozaran ante los Tribunales de la otra Parte de la asistencia judicial, asi como de la dispensa del pago de tasas y gastos judiciales concedida a los nacionales de esta MORDAZA, teniendo en cuenta su situacion personal, material, familiar y en igualdad de condiciones, de conformidad con la legislacion vigente en cada una de las Partes; Que, es conveniente a los intereses del Peru la ratificacion del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en los articulos 57º y 118º inciso 11 de la Constitucion Politica del Peru y el articulo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la Republica para celebrar y ratificar Tratados o adherir a estos sin el requisito de la aprobacion previa del Congreso; DECRETA: Articulo 1º.- Ratificase el "Tratado entre la Republica del Peru y la Republica de Colombia sobre Cooperacion Judicial en Materia Civil, Comercial y Administrativa", suscrito el 28 de marzo de 2007 en la MORDAZA de Bogota, Republica de Colombia. Articulo 2º.- Dese cuenta al Congreso de la Republica. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los quince dias del mes de enero del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 301588-12

Delegan facultades para la suscripcion del documento denominado Alcances de Trabajo del Estudio del Programa de Desarrollo Rural para las Familias Campesinas Pobres y el Fortalecimiento de Capacidades Locales de la MORDAZA Centro acordado entre la Republica del Peru y la Agencia de Cooperacion Internacional del Japon
RESOLUCION SUPREMA Nº 018-2009-RE MORDAZA, 15 de enero de 2009

Ratifican el "Tratado entre la Republica del Peru y la Republica de Colombia sobre Cooperacion Judicial en Materia Civil, Comercial y Administrativa"
DECRETO SUPREMO Nº 006-2009-RE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Visto la Hoja de Tramite (GAC) Nº 6574 de 22 de diciembre de 2008 del Gabinete de Coordinacion del Viceministro Secretario General de Relaciones Exteriores; Habiendose suscrito el 12 de diciembre de 2008, el documento denominado Alcances de Trabajo del Estudio de Programa de Desarrollo Rural para las Familias Campesinas Pobres y el Fortalecimiento de Capacidades Locales de la MORDAZA Centro acordado entre la Republica del Peru y la Agencia de Cooperacion Internacional del Japon;

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