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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 16 de enero de 2009 388742 De conformidad con lo establecido en el inciso g) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112 de 28 de diciembre de 1992; y el Decreto Supremo Nº 031-2007-RE de 21 de mayo de 2007; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- En vía de regularización, delegar en la persona del señor Ingeniero Ernesto Molina Chávez, Presidente Regional del Gobierno Regional de Ayacucho, las facultades sufi cientes para que suscriba el documento denominado Alcances de Trabajo del Estudio de Programa de Desarrollo Rural para las Familias Campesinas Pobres y el Fortalecimiento de Capacidades Locales de la Sierra Centro acordado entre la República del Perú y la Agencia de Cooperación Internacional del Japón, suscritos el 12 de diciembre de 2008, en la ciudad de Lima, República del Perú. Artículo 2º.- Extender los Plenos Poderes correspondientes en vía de regularización al señor Ingeniero Ernesto Molina Chávez, Presidente Regional del Gobierno Regional de Ayacucho. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 301588-17 Delegan facultades para la suscripción del documento denominado Alcances de Trabajo del Estudio de Programa de Desarrollo Rural para las Familias Campesinas Pobres y el Fortalecimiento de Capacidades Locales de la Sierra Centro acordado entre la República del Perú y la Agencia de Cooperación Internacional del Japón RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 019-2009-RE Lima, 15 de enero de 2009 Visto la Hoja de Trámite (GAC) Nº 6574 de 22 de diciembre de 2008 del Gabinete de Coordinación del Viceministro Secretario General de Relaciones Exteriores; Habiéndose suscrito el 12 de diciembre de 2008, el documento denominado Alcances de Trabajo del Estudio de Programa de Desarrollo Rural para las Familias Campesinas Pobres y el Fortalecimiento de Capacidades Locales de la Sierra Centro acordado entre la República del Perú y la Agencia de Cooperación Internacional del Japón; De conformidad con lo establecido en el inciso g) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112 de 28 de diciembre de 1992; y el Decreto Supremo Nº 031-2007-RE de 21 de mayo de 2007; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- En vía de regularización, delegar en la persona del señor doctor Carlos Leyton Muñoz, Ministro de Agricultura las facultades sufi cientes para que suscriba el documento denominado Alcances de Trabajo del Estudio de Programa de Desarrollo Rural para las Familias Campesinas Pobres y el Fortalecimiento de Capacidades Locales de la Sierra Centro acordado entre la República del Perú y la Agencia de Cooperación Internacional del Japón, suscritos el 12 de diciembre de 2008, en la ciudad de Lima, República del Perú. Artículo 2º.- Extender los Plenos Poderes correspondientes en vía de regularización al señor doctor Carlos Leyton Muñoz, Ministro de Agricultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 301588-18 Delegan facultades para la suscripción del documento denominado Alcances de Trabajo del Estudio de Programa de Desarrollo Rural para las Familias Campesinas Pobres y el Fortalecimiento de Capacidades Locales de la Sierra Centro acordado entre la República del Perú y la Agencia de Cooperación Internacional del Japón RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 020-2009-RE Lima, 15 de enero de 2009 Visto la Hoja de Trámite (GAC) Nº 6574 de 22 de diciembre de 2008 del Gabinete de Coordinación del Viceministro Secretario General de Relaciones Exteriores; Habiéndose suscrito el 12 de diciembre de 2008, el documento denominado Alcances de Trabajo del Estudio de Programa de Desarrollo Rural para las Familias Campesinas Pobres y el Fortalecimiento de Capacidades Locales de la Sierra Centro acordado entre la República del Perú y la Agencia de Cooperación Internacional del Japón; De conformidad con lo establecido en el inciso g) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112 de 28 de diciembre de 1992; y el Decreto Supremo Nº 031-2007-RE de 21 de mayo de 2007; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- En vía de regularización, delegar en la persona del señor Licenciado Carlos Marino Hely Pando Sánchez, Director Ejecutivo de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), las facultades sufi cientes para que suscriba el documento denominado Alcances de Trabajo del Estudio de Programa de Desarrollo Rural para las Familias Campesinas Pobres y el Fortalecimiento de Capacidades Locales de la Sierra Centro acordado entre la República del Perú y la Agencia de Cooperación Internacional del Japón, suscrito el 12 de diciembre de 2008, en la ciudad de Lima, República del Perú. Artículo 2º.- Extender los Plenos Poderes correspondientes en vía de regularización al señor Licenciado Carlos Marino Hely Pando Sánchez, Director Ejecutivo de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI). Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 301588-19