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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE ENERO DEL AÑO 2009 (16/01/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 192

TEXTO PAGINA: 145

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 16 de enero de 2009 388739 2003-PRODUCE, y demás modifi catorias, del cual se ha verifi cado el cumplimiento de los requisitos establecidos en dicho procedimiento; por lo que la solicitud de la administrada sobre cambio de titularidad de permiso de pesca, devendría en procedente; Que asimismo, se observa que mediante los Certifi cados de Matrícula vigentes de cada embarcación, la administrada, acredita su solicitud de cambio de nombre de embarcaciones pesqueras TASA 210 (ex PIZARRO 10), TASA 28 (ex IKA 1), TASA 415 (ex INDEPENDENCIA I), TASA 15 (ex MANU 7), TASA 413 (ex OLMOS II), TASA 310 (ex ZAÑA), TASA 416 (ex SALKANTAY), TASA 418 (ex INDEPENCIA II) y TASA 410 (ex HUANDOY), así como el cambio de denominación de puerto consignado en la matrícula de algunas de ellas, TASA 210, TASA 28, TASA 15, TASA 413, TASA 418, y TASA 410; verifi cándose además el cumplimiento de los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 19-A del Texto Único de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE, y demás modifi catorias, por lo que la solicitud de la administrada también devendría en procedente; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 577- 2008-PRODUCE/DGEPP-Dchi de fecha 29 de septiembre del 2008, y con la opinión favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, el artículo 5º de la Resolución Ministerial Nº 505-98-PE y la Resolución Ministerial Nº 071-2001-PE, la Ley General del Procedimiento Administrativo Nº 27444, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003- PRODUCE, y demás normas modifi catorias; En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca y el literal d) del artículo 53º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar a favor de la empresa TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A., el cambio de titular de los permisos de pesca de las embarcaciones pesqueras PIZARRO 10 de matrícula CE-2461-PM, IKA I de matrícula CE-2478-PM, INDEPENDENCIA I de matrícula HO-10851-PM, MANU 7 de matrícula IO-0827- PM, OLMOS II de matrícula CE-10850-PM, ZAÑA de matrícula HO-6173-PM, SALKANTAY de matrícula HO- 10722-PM, INDEPENDENCIA II de matrícula PS-10933- PM, y HUANDOY de matrícula CE-6559-PM, en los mismos términos y condiciones con que fueron otorgados y reconocidos por la Administración. Artículo 2º.- Los permisos de pesca a que se refi ere el artículo 1º de la presente Resolución, deberá ser ejercido conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 001- 2002-PRODUCE, que establece que los recursos sardina, jurel y caballa serán destinados al consumo humano directo, o las normas que lo modifi quen o sustituyan, y a las sanciones previstas por su incumplimiento establecidas en el Decreto Supremo Nº 016-2007-PRODUCE. En este supuesto la totalidad de bodegas de la embarcación deben mantener implementado y operativo el medio o el sistema de preservación a bordo RSW ó CSW, cuyo funcionamiento es obligatorio. Artículo 3º.- Dejar sin efecto la titularidad de los permisos de pesca otorgados a GRUPO SINDICATO PESQUERO DEL PERU S.A. y SINDICATO PESQUERO DEL PERU S.A., respectivamente, para operar las embarcaciones pesqueras PIZARRO 10 de matrícula CE-2461-PM, IKA I de matrícula CE-2478-PM, INDEPENDENCIA I de matrícula HO-10851-PM, MANU 7 de matrícula IO-0827- PM, OLMOS II de matrícula CE-10850-PM, ZAÑA de matrícula HO-6173-PM, SALKANTAY de matrícula HO- 10722-PM, INDEPENDENCIA II de matrícula PS-10933- PM, y HUANDOY de matrícula CE-6559-PM. Artículo 4º.- Modifi car las resoluciones autoritativas a través de los cuales se otorgó los permisos de pesca de las embarcaciones PIZARRO 10 de matrícula CE-2461- PM, IKA I de matrícula CE-2478-PM, INDEPENDENCIA I de matrícula HO-10851-PM, MANU 7 de matrícula IO- 0827-PM, OLMOS II de matrícula CE-10850-PM, ZAÑA de matrícula HO-6173-PM, SALKANTAY de matrícula HO- 10722-PM, INDEPENDENCIA II de matrícula PS-10933-PM, y HUANDOY de matrícula CE-6559-PM, solo en el extremo referido al cambio de nombre de las embarcaciones, así como en algunos casos, respecto al cambio de denominación de puerto consignado en los números de matriculas respectivos, conforme se detalla en el siguiente cuadro: NOMBRE DE E/P NOMBRE ACTUAL MATRICULA ACTUAL PIZARRO 10 TASA 210 PT-02461-PM IKA 1 TASA 28 MO-02478-PM INDEPENDENCIA I (*) TASA 415 HO-10851-PM MANU 7 TASA 15 MO-0827-PM OLMOS II TASA 413 PS-10850-PM ZAÑA (*) TASA 310 HO-06173-PM SALKANTAY (*) TASA 416 HO-10722-PM INDEPENDENCIA II TASA 418 PT-10933-PM HUANDOY TASA 410 PT-06559-PM (*) Embarcaciones pesqueras que mantienen la misma denominación de puerto en su respectiva matrícula. Artículo 5º.- Incorporar a los listados de embarcaciones pesqueras publicado por Resolución Ministerial Nº 084- 2007-PRODUCE y al Anexo II de la Resolución Ministerial Nº 086-2007-PRODUCE, a la empresa TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A como nuevo titular de los permisos de pesca, así como los cambios de nombre de las embarcaciones pesqueras y los cambios de denominación de puertos consignado en la matrículas respectivas, según lo resuelto en la presente resolución; excluyendo de dichos Anexo, a los anteriores titulares de los permisos de pesca de las embarcaciones objeto de la presente resolución. Artículo 6º.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción del litoral, y a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción, cuya dirección es: www.produce.gob.pe Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCO ANTONIO ESPINO SANCHEZ Director General de Extracción y Procesamiento Pesquero 300618-13 Declaran en abandono procedimiento administrativo de cambio de titular de permiso de pesca para operar embarcación pesquera de matrícula PT-10145-CM RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 799-2008-PRODUCE/DGEPP Lima,15 de diciembre del 2008 Visto los escritos con Registro Nº 00030042 de fechas 02 de mayo, 05 de octubre, 27 de noviembre del 2007, 27 de febrero y 08 de julio del 2008, presentados por los señores ESTEBAN PALMA BERNAL, ROSITA PALMA URCIA, JOSE MARTIN PALMA BERNAL y MARIA EUDOCIA MENDOZA DE PALMA. CONSIDERANDO: Que el artículo 191º de la Ley Nº 27444-Ley del Procedimiento Administrativo General, sobre el abandono de los procedimientos iniciados a solicitud del administrado,