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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 22 de enero de 2009 389105 Artículo Segundo.- Comuníquese la presente resolución a los interesados y encárguese su cumplimiento a la Gerencia General de Servicios Sociales y Culturales. Regístrese, comuníquese y cúmplase. FELIX MORENO CABALLERO Alcalde del Callao 303788-1 Declaran procedente habilitación urbana de lote de terreno ubicado en el Callao RESOLUCIÓN GERENCIAL Nº 712-2008-MPC/GGDU Callao, 19 de noviembre de 2008 El Gerente General de Desarrollo Urbano: Visto, el Expediente de Registro Nº 10812073 y acumulados, mediante el cual MITSUI MAQUINARIAS PERU S.A, con domicilio en Av. Nicolás de Pierola N° 2648 - Ate Vitarte - Lima, debidamente representada por don Aurelio Céspedes Merino como se aprecia de la Partida N° 02015552 del Registro de Sociedades Anónimas de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, solicita la Habilitación Urbana Nueva del predio de su propiedad ubicado en la esquina que forman las Avenidas República Argentina, Elmer Faucett y Enrique Meiggs - Distrito y Provincia Constitucional del Callao, con un área de terreno de 38, 032.41 m2, el mismo que se encuentra inscrito en la Partida Electrónica Nº 70344020 del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima y Callao. CONSIDERANDO: Que, la Empresa Mitsui Maquinarias Perú S.A con Expediente Nº 10812073, solicita la Habilitación Urbana Nueva del predio de su propiedad ubicado en la esquina que forman las Avenidas República Argentina, Elmer Faucett y Enrique Meiggs - Distrito y Provincia Constitucional del Callao, con un área de terreno de 38, 032.41 m2, el mismo que se encuentra inscrito en la Partida Electrónica Nº 70344020 del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima y Callao. Que, mediante Informe N° 091 - 2008-MPC-GGDU- GPUC-GOF-EEF de fecha 08 de Agosto de 2008, se da cuenta que acorde al Certifi cado de Zonifi cación y Vías N° 28-2008-MPC-GGDU-GPUC de fecha 14 de Marzo de 2008 obrante a fojas 21, el terreno en estudio se encuentra zonifi cado como Zona de Reglamentación Especial ZRE, habiendo presentado en el cuadro de áreas un porcentaje de 93.12% como área útil y, un 6.88% de área de vías, solicitando la redención en dinero para los aportes reglamentarios de Parques Zonales y Otros Fines, petición que se ampara en la Ordenanza Municipal N° 000056. Que, en cuanto al sistema víal el referido informe da cuenta que: Por el lado de la Av. Elmer Faucett, la referida propiedad privada no afectara la vía expresa proyectada en el Plan Urbano Director de la Provincia Constitucional del Callao 1995-2010. Por el lado de la Av. Enrique Meiggs deberá dejarse 20.00 ml libres para el desarrollo de los elementos proyectados a dicha vía, siendo el área afectada de 2, 172.44 m2 en una longitud aproximada de 127.56ml aproximadamente. Por el lado de la Av. Argentina en el tramo de 16.50ml, en el cual se tiene proyectado los elementos viales a ejecutarse se encuentra afectado en 1.50ml por el predio del recurrente, siendo en total el área afectada de 444.07m2. Que, mediante Acuerdo N° 019 -2008 Sesión N° 008- 2008 La Comisión Técnica Califi cadora de Habilitación Urbana y Subdivisión de Tierras de fecha 08 de Agosto de 2008, Dictaminó Aprobado el trámite de Habilitación Urbana Nueva, aceptándose en dicho acto la redención en dinero de los aportes. Que, con Informe N° 113-2008-MPC-GGDU- GPUC-GOF de fecha 17 de Noviembre de 2008, se precisa que acorde a la valuación comercial del área de aporte reglamentario elaborada por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento el valor comercial unitario para el terreno en mención es de S$ 200.00/m2, habiéndose otorgado al recurrente la Orden de Pago Nº 00864 de fecha 22 de Octubre de 2008, por el monto de S/. 679, 105. 34 (SEISCIENTOS SETENTINUEVE MIL CON CIENTO CINCO Y 34/100 NUEVOS SOLES), la que ha sido cancelada mediante Recibo de Pago Nº 1635731-00113685 de fecha 30 de Octubre de 2008. Con el visto bueno de la Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro; y estando los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas por el Inciso 3.6.1 del Capítulo II del Artículo 79° de la Ley Orgánica de Municipalidades 27972 y Ley N° 27444 Ley Procedimiento Administrativo General, así como de conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 26878 Ley General de Habilitaciones Urbanas y su Reglamento Aprobado por Decreto Supremo N° 010- 2005-VIVIENDA vigente a la presentación del presente procedimiento, y en uso de la facultades señaladas por la Ordenanza Municipal N° 18 del 2 de Junio de 2006 modifi cada por Ordenanza Nº 017 del 15 de marzo de 2007, y la Resolución de Alcaldía N° 334-2007 del 21 de Mayo de 2007. SE RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR PROCEDENTE LA HABILITACIÓN URBANA NUEVA DEL LOTE DE TERRENO de 38, 032.41.00 m2 de propiedad de MITSUI MAQUINARIAS PERÚ S.A; inscrito en la Partida Electrónica Nº 70344020 del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima y Callao, ubicado en la esquina que forman las Avenidas República Argentina, Elmer Faucett y Enrique Meiggs de la Provincia Constitucional del Callao; el mismo que presenta el siguiente cuadro de áreas: DENOMINACIÓN ÁREA (M2) ÁREA BRUTA 38, 032.41 ÁREA DE VÍAS 2, 616.51 ÁREA ÚTIL 35, 415.90 Artículo Segundo.- CONSIDERAR, que el Aporte Reglamentario de Otros Fines (760.65 m2) y de Parques Zonales (380.32m2) ha sido redimido en dinero, conforme lo señalado en los considerandos de la presente Resolución. Artículo Tercero.- APROBAR el Plano Nº 016-2008- MPC-GGDU-GPUC que aprueba la Habilitación Urbana Nueva. Artículo Cuarto.- AUTORIZAR a la propietaria para ejecutar en el plazo de dieciocho (18) meses, contados a partir de la fecha de notifi cación de la presente Resolución, las obras de Habilitación Urbana teniendo en cuenta las características y especifi caciones técnicas de acuerdo a la siguiente descripción: PAVIMENTACIÓN PISTAS, VEREDAS.- El espesor de capa de la estructura del pavimento del área de estudio deberá componerse de la siguiente estructura: Carpeta asfáltica 0.05m de espesor; Base granul0.15 de espesor, Sub base granular 0.25m de espesor. Pavimento Flexible: Mezcla asfáltica en caliente, e=0.05m Subrasante.- Suelo escarifi cado en la profundidad de 0.25 debajo del nivel superior de la subrasante mejorando su capacidad portante del terreno natural, mediante la adición de material granular mezclándose con riego sucesivos y alcanzar al óptimo contenido de humedad como mínimo el 95% de la densidad proctor modifi cado para C.B.R = 20. Base Granular.- 0.15 m de espesor compactado al 100% de la máxima densidad seca obtenida mediante ensayo Proctor modifi cado, para CBR mínimo de 80. Carpeta Asfàltica.- 0.05m espesor compactado colocado en caliente de 2” de espesor compactado, colocado previa imprimación cuidadosa y uniforme de la capa base.