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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE ENERO DEL AÑO 2009 (22/01/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 73

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 22 de enero de 2009 389103 Concejo Municipal, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas; ACUERDA: Artículo Primero.- Dejar sin efecto el Acuerdo de Concejo Nº 042 de fecha 05/09/08. Artículo Segundo.- Autorizar a la Procuradora Pública Municipal de San Juan de Lurigancho abogada Flor Rosario Coronado Vásquez, para que en nombre y representación de la Corporación, proceda a contestar las acciones interpuestas o que se interpongan contra la Municipalidad o sus representantes, así como a iniciar e impulsar las que sean necesarias, sin el requisito previo de aprobación del Concejo para cada caso, dentro de los plazos procesales fi jados por las normas correspondientes, debiendo informar periódicamente al Concejo. Artículo Tercero.- Autorizar a la Procuradora Pública Municipal de San Juan de Lurigancho, abogada Flor Rosario Coronado Vásquez, para que en nombre y representación de la Corporación, inicie o impulse procesos judiciales contra los funcionarios, servidores o terceros respecto de los cuales el Órgano de Control Interno haya encontrado responsabilidad civil o penal, sin el requisito previo de aprobación del Concejo para cada caso, debiendo informar periódicamente al Concejo. Artículo Cuarto.- Encargar el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo a la Procuraduría Pública Municipal, de conformidad a las normas del Concejo de Defensa Judicial del Estado y la Ordenanza Nº 037. Artículo Quinto.- Disponer la publicación del presente acuerdo de concejo en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS JOSE BURGOS HORNA Alcalde 302870-1 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Prorrogan Amnistía Tributaria y Administrativa DECRETO DE ALCALDÍA Nº 001-2009-MDS Surquillo, 19 de enero de 2009 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO VISTO el Informe Nº 008-2009-GR-MDS de fecha 15 de enero de 2009 de la Gerencia de Rentas; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 205-MDS se aprobó una Amnistía Tributaria y Administrativa aplicable a los contribuyentes deudores por sus obligaciones tributarias y administrativas existentes a la fecha de la vigencia de la citada Ordenanza, estableciéndose como fecha de término de la misma el 20 de diciembre de 2008; plazo que fue prorrogado hasta el 30 de diciembre de 2008 y hasta el 15 de enero de 2009 por virtud de los Decretos de Alcaldía Nº 010-2008- MDS y Nº 011-2008-MDS, respectivamente; Que, la Segunda Disposición Transitoria y Final de la Ordenanza citada permite al Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, prorrogue los plazos de aplicación de los benefi cios de la amnistía tributaria y administrativa; Que, en atención al Informe de Vistos, resulta conveniente seguir brindando las facilidades expuestas en la precitada Ordenanza a los contribuyentes y vecinos de Surquillo para el pago de sus obligaciones tributarias y administrativas, disponiéndose la prórroga de la Amnistía, en uso de la atribución conferida por la Segunda Disposición Transitoria y Final de la Ordenanza Nº 205-MDS; En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: PRÓRROGA DE AMNISTÍA TRIBUTARIA Y ADMINISTRATIVA Artículo Único.- Objeto de la norma: PRORRÓGUESE, con efectividad a partir del 16 de enero de 2009 y hasta el 31 del mismo mes la fecha de vencimiento de la Amnistía aprobada por Ordenanza Nº 205-MDS y prorrogada por Decretos de Alcaldía Nº 010- 2008-MDS y Nº 011-2008-MDS. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GUSTAVO SIERRA ORTIZ Alcalde 303279-1 MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO Amplían vigencia del D.A. Nº 010- 2007/MVMT DECRETO DE ALCALDÍA Nº 003-2009/MVMT Villa María del Triunfo, 13 de enero del 2009 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO VISTOS: los Informes Nros. 383 y 390-2008-SGTTSV- GSCMA/MVMT de la Sub Gerencia de Transporte, Tránsito y Seguridad Vial, el Informe N° 179-2008-GSCMA/MVMT y el Memorándum N° 026-2009-GSCMA de la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente, y el Proveído N° 05-2009-GM-MVMT de la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Alcaldía N° 010-2007- MVMT se declararon saturadas las 05 Zonas de Trabajo para la prestación del Servicio de Transporte de Pasajeros y/o carga en Vehículos Menores en la jurisdicción del Distrito de Villa María del Triunfo, disponiéndose en el Artículo 2° de la norma antes citada, la suspensión por 180 días de la inscripción de unidades y de nuevas empresas o asociaciones dedicadas a dicho servicio; Que, mediante Decreto de Alcaldía N° 002-2008- MVMT se prorrogó hasta el 31 de de Diciembre del 2008, los efectos de la norma señalada precedentemente; Que, mediante los Informes Nros. 383 y 390- 2008-SGTTSV-GSCMA/MVMT la Sub Gerencia de Transporte, Tránsito y Seguridad Vial sustenta la necesidad de modifi car el Artículo Segundo del Decreto de Alcaldía N° 010-2007/MVMT así como la ampliación de lo dispuesto por dicha norma por 180 días adicionales, a fi n de concluir con el ordenamiento de este importante servicio, contando con la opinión favorable de la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente; Estando a lo informado por la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe N° 1304-2009-GAJ/MVMT y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- AMPLIESE la vigencia del Decreto de Alcaldía 010-2007/MVMT, por 180 días calendarios. Artículo Segundo.- MODIFIQUESE el Artículo Segundo del Decreto de Alcaldía N° 010-2007/MVMT el mismo que queda redactado en el sentido siguiente: