Norma Legal Oficial del día 22 de enero del año 2009 (22/01/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano MORDAZA, jueves 22 de enero de 2009

NORMAS LEGALES

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correspondiente al periodo 2009 hasta el dia de vencimiento de la primera cuota de los referidos tributos. c) Descuento del 5% sobre el monto de arbitrios de limpieza publica, parques y jardines y serenazgo correspondientes al periodo 2009, cuando se efectue el pago mensual de los arbitrios correspondiente al periodo 2009 en forma oportuna MORDAZA de su vencimiento. Los descuentos senalados no son acumulables. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Subgerencia de Administracion Tributaria y a la Unidad de Tesoreria, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, a la Oficina de Informatica su debida implementacion, a la Oficina de Imagen Institucional su difusion y a la Secretaria General su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Cuarto.- DISPONER que la presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del 01 de Enero de 2009. POR TANTO: Mando se registre, publique, comunique y cumpla. MORDAZA MORDAZA NORMAND MORDAZA 303757-2

consta de III Titulos y 24 articulos; cuyo texto forma parte integrante del presente Decreto. Articulo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento y difusion del presente Decreto a la Gerencia de Participacion Vecinal. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

REGLAMENTO INTERNO DE LA JUNTA DE DELEGADOS VECINALES COMUNALES DE SAN MORDAZA TITULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO UNICO OBJETIVO Y ALCANCES Articulo 1°.- Objetivo y Alcances El presente reglamento es de aplicacion complementaria a lo establecido en el Titulo VI de la Ordenanza N° 320MSB, y tiene por objeto permitir el correcto funcionamiento de la Junta de Delegados Vecinales Comunales ­ JDVC del distrito de San MORDAZA, regulando el procedimiento de las sesiones y la conformacion de comisiones. TITULO II DE LAS SESIONES DE LA JDVC CAPITULO I DE LAS SESIONES EN GENERAL Articulo 2°.- Del Caracter Publico Las sesiones de la JDVC son publicas; no estando permitido al publico asistente interrumpir las sesiones, ni intervenir en ellas sin la debida autorizacion de quien presida la sesion; bajo apercibimiento de ser retirado del recinto donde se desarrolla la sesion. Durante el transcurso de las sesiones, queda prohibido el uso de celulares, radios y/o cualquier medio de telecomunicacion, que impida su normal desarrollo. Articulo 3°.- Del Secretario de Sesion El cargo de Secretario de Sesion le corresponde al Gerente de Participacion Vecinal. En caso de ausencia, por alguna razon justificada, sera el MORDAZA quien designe la actuacion de otro funcionario en este cargo. Para efecto de la convocatoria a sesiones ordinarias y/o extraordinarias, previo a los cinco dias de reglamento, de requerirse informes a la Administracion o presencia de algun funcionario a sustentar algun punto de interes, el Presidente de la Junta de Delegados Vecinales Comunales solicitara al Despacho de Alcaldia la MORDAZA de los informes y/o presencia de funcionarios a la Sesion; para lo que se considerara los plazos para los actos procedimentales previstos en el articulo 132° de la Ley N° 27444 ­ Ley de Procedimiento Administrativo General. Articulo 4°.- Del Inicio de las Sesiones Para establecer el quorum, quien presida la sesion dispondra que el Secretario de sesion pase lista. Las Sesiones de la JDVC se inician luego de haberse establecido el quorum respectivo, para lo cual se seguira el procedimiento establecido en el articulo 40° de la Ordenanza N° 320-MSB. Articulo 5°.- De la Inasistencia Se considera justificada la inasistencia cuando: a) El delegado comunique su inasistencia mediante documento dirigido al Secretario de Sesion, expresando las razones que lo justifiquen. La justificacion podra ser presentada hasta el mismo dia en que se realizara la sesion. b) Cuando se presente el acta del consejo directivo de la JVC, en la que conste que el Presidente y/o el Vicepresidente no podran asistir a la sesion por razones justificadas.

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Aprueban el MORDAZA Reglamento Interno de la Junta de Delegados Vecinales Comunales - JDVC
DECRETO DE ALCALDIA N° 001-2009-MSB-A San MORDAZA, 19 de enero de 2009 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA Visto, el Informe N° 031-2008-MSB-GPV, de fecha 25.11.2008 de la Gerencia de Participacion Vecinal e Informe N° 731-2008-MSB-GAJ de fecha 23.12.2008, sobre la nueva propuesta de Reglamento Interno de la Junta de Delegados Vecinales Comunales ­JDVC de San Borja. CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Alcaldia N° 012-2005MSB-A, modificado por Decreto de Alcaldia Nº 008-2006MSB-A, se aprobo el Reglamento Interno de la Junta de Delegados Vecinales Comunales ­ JDVC de San Borja. Que, mediante el documento de visto, la Gerencia de Participacion Vecinal propone el MORDAZA Reglamento Interno de la Junta de Delegados Vecinales Comunales ­ JDVC de San MORDAZA, con el fin de darle celeridad y adecuado funcionamiento a la JDVC. Que, se hace necesario la aprobacion de un MORDAZA Decreto de Alcaldia derogatorio del D.A. N° 012-2005MSB-A y el D.A. N° 008-2006-MSB-A. Que, mediante Informe N° 731-2008-MSB-GAJ, de fecha 23.12.2008, la Gerencia de Asesoria Juridica opina favorablemente por la nueva propuesta de Decreto de Alcaldia, al ser acorde a lo establecido en la Ordenanza N° 320-MSB y su modificatoria Ordenanza N° 371-MSB. Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del articulo 20° y articulo 42° de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972; con el visto MORDAZA de la Gerencia de Participacion Vecinal, Gerencia de Asesoria Juridica y Gerencia Municipal; DECRETA: Articulo Primero.- APROBAR el MORDAZA REGLAMENTO INTERNO DE LA JUNTA DE DELEGADOS VECINALES COMUNALES ­ JDVC DE SAN MORDAZA, el mismo que

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