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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 22 de enero de 2009 389095 De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, con la Resolución SBS Nº 775-2008; y en virtud a la facultad delegada mediante Resolución SBS Nº 1096-2005; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a Crediscotia Financiera S.A. el traslado de una ofi cina especial y 50 cajeros corresponsales ubicados en las instalaciones del Hipermercado Metro de Panamericana Norte c/ E. Eyzaguirre, distrito de Independencia, provincia y departamento de Lima a otro local de la misma cadena ubicado en Av. Alfredo Mendiola Nº 3900, distrito de Independencia, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. DIEGO CISNEROS SALAS Superintendente Adjunto de Banca y Microfi nanzas 303302-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH Aprueban el Plan Regional de las Personas Adultas Mayores de la Región Ancash para el período 2008-2015 ORDENANZA REGIONAL Nº 014-2008-REGION ANCASH/CR. El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ancash, ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, el inciso h) del artículo 60º de la Ley Nº 27867 – Ley Organiza de Gobierno Regionales, establece que es función de los Gobiernos Regionales en materia de desarrollo social: “formular y ejecutar políticas y acciones concretas orientadas para la asistencia social, se torne productiva para la región con protección y apoyo a los niños, jóvenes, adolescentes, mujeres, personas con discapacidad, adultos mayores y sectores sociales en situación de riesgo y vulnerabilidad; Que, la Organización Mundial de la Salud en el año 1984, estableció el término “Adulto Mayor”, para referirse a personas mayores de 60 años. En el Perú mediante la Ley Nº 28803 – Ley de las Personas Adultas Mayores”, publicado en el año 2006, otorga el marco normativo que garantiza los mecanismos legales para el pleno ejercicio de sus derechos reconocidos en la Constitución Política del Perú y los tratados internacionales vigentes; Que, mediante el D.S. Nº 010-2000-PROMUDEH, se aprobó los lineamientos de Política, para las personas adultas mayores, con la fi nalidad de otorgar un tratamiento especial a este sector de la población, considerando su condición de vulnerabilidad biológica y social; Que, con D.S. Nº 005-2002-PROMUDEH, se aprobó el “Plan Nacional para las Personas Adultas Mayores 2002- 2006”, con el objeto de implementar acciones coordinadas entre las organización gubernamentales y la sociedad civil, a fi n de aumentar la participación e integración social del adulto mayor, a través del incremento en la cobertura y calidad de los servicios de salud, la garantía de una asistencia alimentaría y nutricional, y la generación de oportunidades para una vida armónica con su familia y su comunidad. Cuyos alcances fueron ampliados mediante D.S. Nº 06/2006-MINDES; Que, el proyecto del Plan Regional, Constituye el resultado de los Talleres de Trabajo del Proyecto Regional de la Personal Adulta Mayor 2008 – 2015, organizado por la Gerencia Regional de Desarrollo Social y la Red PAMA, realidad entre el 18 de abril y el 27 de mayo del presente año, en las ciudades de Carhuaz, Santa Pomabamba y Huari; En uso de las atribuciones establecidas en la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobierno Regionales y sus modificatorias Leyes Nºs. 27902, 28961, 28968 y 29053; y, de conformidad con el Dictamen Nº 008- 2008-CRA/CDS de la Comisión de Salud; y estando a lo acordado por unanimidad en la sesión ordinaria, llevada a cabo el día 06 del mes de noviembre del año dos mil ocho; ORDENA: Artículo Primero.- APROBAR el Plan Regional de las Personas Adultas Mayores de la Región Ancash, para el período 2008 – 2015, cuyo documento consta de diez (10) Capítulos, el que forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- DISPONER, que la Gerencia Regional de Desarrollo Social, en ejercicio de sus atribuciones, realice el seguimiento al debido cumplimiento del Plan Regional de las Personas Adultas Mayores de la Región Ancash, para el período 2008 – 2015. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza Regional entrara en vigencias a partir del día siguiente a su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Comuníquese al Señor Presidente del Gobierno Regional de Ancash para su promulgación. Huaraz, a los veintiocho días del mes de noviembre del 2008 HERNAN J. MORENO LAZARO Consejo Regional de Ancash Presidente POR TANTO: Mando se publique y cumpla Dado en la casa del Gobierno Regional de Ancash, a los diez días del mes de diciembre de 2008. CESAR J. ALVAREZ AGUILAR Gobierno Regional de Ancash Presidente 302894-1 Aprueban el Plan Regional de Igualdad de Oportunidades y Equidad de Género 2008-2015 de la Región Ancash ORDENANZA REGIONAL Nº 016-2008-REGIÓN ANCASH/CR. El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ancash, ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, el inciso h) del artículo 60º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que es función de los Gobiernos Regionales en materia de desarrollo social: “Formular y ejecutar políticas y acciones concretas orientadas para la asistencia social, se torne productiva para la región con protección y apoyo a los niños, jóvenes y adolescentes mujeres, personas con discapacidad adultos mayores y sectores sociales en situación de riesgo y vulnerabilidad; Que, el artículo 1º de la Ley Nº 28983 - Ley de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres, estipula que: “La presente Ley tiene por objeto establecer el marco formativo institucional y de políticas públicas en los ámbitos nacional, regional y local, para garantizar a mujeres y hombres el ejercicio de sus derechos a la igualdad, dignidad, libre desarrollo, bienestar de su vida pública y privada, propendiendo su plena igualdad”;