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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE ENERO DEL AÑO 2009 (23/01/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 60

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 23 de enero de 2009 389170 Que, el Artículo N° 141 del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM precisa que la situación desabastecimiento inminente se confi gura en los casos señalados en el Artículo 20 de la Ley; no encontrándose comprendidas entre éstas las adquisiciones o contrataciones para cubrir necesidades complementarias y administrativas de la entidad. La necesidad de los bienes, servicios u obras debe ser actual y urgente para atender los requerimientos inmediatos, o pudiéndose invocar la existencia de la situación de desabastecimiento inminente en supuestos como en vía de regularización, por periodos consecutivos y que excedan el lapso del tiempo requerido para palear la situación y para satisfacer necesidades anteriores a la fecha de aprobación del proceso de selección. Cuando el desabastecimiento se fuera a producir o se haya producido como consecuencia del obrar negligente de la propia entidad; es decir cuando sea imputable a la inacción o demora en el accionar del servidor público que omitió adoptar las acciones pertinentes con los fi nes de asegurar la provisión de un bien o la continuidad de un servicio esencial, en la resolución o acuerdo resolutorio bajo sanción de nulidad deberá disponer el inicio de las medidas conducentes al establecimiento de las responsabilidades administrativas civiles y/o penales de los funcionarios o servidores públicos involucrados; Que, por su parte, el artículo 20 literal “c” del Texto Ùnico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 084- 2004-PCM establece que todas las exoneraciones, salvo las previstas en el literal “b” del Artículo 19 (que no es el caso) se aprobará en el caso de los gobiernos locales, siendo una facultad indelegable; Que, el artículo 20 del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y el artículo N° 146 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM prescribe que la resolución o acuerdo que apruebe la exoneración del proceso de selección requiere obligatoriamente de uno o más informes previos, que contengan la justifi cación técnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneración, la que será publicado en el Diario Ofi cial El Peruano excepto en los casos a que se refi ere en el inciso “d” del artículo N° 19 de la Ley ( que no es el caso), estando prohibida la aprobación de exoneraciones en vía de regularización a excepción de la causal de situación de emergencia. Copia de dicho acuerdo y los informes que lo sustenten debe remitirse a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo Responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha de aprobación. Las Adquisiciones o contrataciones a que s refi ere el artículo 19 de la Ley se realizarán mediante acciones inmediatas. Que, mediante Informe Técnicos N° 041-2008- CPCWFBR-L-MDP presentado por el Departamento de Logística, Informe N° 139-2008-OCPP/MDP expedido por el Área de Contabilidad General y Presupuesto, Informe N° 324-2008-OOPU-MDP expedido por el Jefe de la Ofi cina de Obras y Planeamiento Urbano, solicita declarar en DESABASTECIMIENTO INMINENTE para la Adquisición de Materiales e Implementación de Seguridad de la Obra “Ampliación del Puesto de Salud de Palcamayo en la suma total de S/ 87.994.00”. Que, mediante Informe Legal Nº 049-2008-ALEX- MDP expedido por el Asesor Legal Externo de la Municipalidad de Palcamayo, emite Opinión Legal, aprobando la procedencia de Exoneración de Procesos de Selección por Desabastecimiento inminente para la Adquisición de Materiales e Implementación de Seguridad de la Obra “Ampliación del Puesto de Salud de Palcamayo”, opinando que la propuesta sea puesto en consideración del Concejo Municipal del Distrito de Palcamayo, para aprobar mediante ACUERDO DE CONCEJO, la declaración de Desabastecimiento Inminente para la Adquisición de Materiales e Implementación de Seguridad, de la Obra “Ampliación del Puesto de Salud de Palcamayo”, en un monto total de S/ 87.994.00; que de acuerdo al TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones y su Reglamento, poner de conocimiento a Contraloría General de la República y al CONSUCODE. Que, estando a los Informes emitidos, se da cumplimiento a dichos requerimientos técnicos legales; Que, como efecto, de la exoneración a aprobarse, el artículo 148º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, establece que la entidad efectuará las adquisiciones o contrataciones en forma directa mediante acciones inmediatas, requiriéndose invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las características y condiciones establecidas, la misma que podrá ser obtenida, por cualquier medio de comunicación, incluyendo el facsimil y el correo electrónico, debiéndose realizarse por la dependencia encargada para el efecto que, para el caso de la Municipalidad para el caso de la Municipalidad Distrital de Palcamayo es el Área de Logística, conforme al Reglamento de Organización y Funciones de la Entidad; En Sesión Extraordinaria de fecha, 22 de Diciembre del año 2008, estando los Informes Técnicos Legales antes descritos, de conformidad con las Normas Legales citadas líneas arriba y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 41 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nro. 27972 y con el voto unánime de los Miembros del Concejo Municipal y la dispensa del trámite de Comisiones y de lectura y aprobación de Actas: ACORDÓ: Artículo 1º.- DECLARAR el DESABASTECIMIENTO INMINENTE Adquisición de Materiales e Implementación de Seguridad, de la Obra “Ampliación del Puesto de Salud de Palcamayo”, en un monto total de S/ 87.994.00 Artículo 2º.- APROBAR la exoneración del Proceso de Selección de Adjudicación Directa Selectiva, por la causal de Desabastecimiento inminente prevista en el artículo 19º literal c) del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del estado aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, para la Adquisición de Materiales e Implementación de Seguridad, de la Obra “Ampliación del Puesto de Salud de Palcamayo”, en un monto total de S/ 87.994.00. Artículo 3º.- PRECISAR que la fuente de fi nanciamiento del Presupuesto Institucional a afectarse será la Fuente 00 RECURSOS ORDINARIOS DEL PROGRAMA DE INFRAESTRUCTURA SOCIAL Y PRODUCTIVA (FONCODES), por la suma de S/ 87.994.00 (OCHENTA Y SIETE MIL OVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON 00/100 NUEVOS SOLES). Artículo 4º.- Las Contrataciones que se efectúe en virtud de la presente, se realizará a través del Comité Especial designado mediante Resolución de Alcaldía Nº 043-2008-A/MDP y de conformidad con las normas del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su reglamento. Artículo 5º.- Disponer el inicio de las acciones que corresponda, de acuerdo al artículo 4 de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, simultáneamente el inicio de las Medidas Disciplinarias conducentes al establecimiento de las responsabilidades administrativas, civiles y/o penales a que hubiere lugar. Artículo 6º.- ENCARGAR al Personal Logística, las acciones de su competencia para la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Ofi cial El Peruano, dentro de los diez días siguientes a la fecha de la aprobación. Artículo 7º.- ENCARGAR a la Secretaría General poner en conocimiento del presente Acuerdo de Concejo y sus antecedentes a la Contraloría General de la República y al Consejo Nacional de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez días siguientes a su Aprobación del presente Acuerdo. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LEONCIO JESUS NAVARRO PORRAS Alcalde 303464-1