Norma Legal Oficial del día 23 de enero del año 2009 (23/01/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 23 de enero de 2009

Que, conforme a lo dispuesto por el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru en concordancia con el articulo II y del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972 ­, los gobiernos locales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujecion al ordenamiento juridico, correspondiendole al Concejo Municipal la funcion normativa que se ejerce a traves de Ordenanzas, las cuales tienen rango de ley de acuerdo al articulo 200º numeral 4 de la Carta Magna; Que, el articulo 74º de la Constitucion Politica del Peru en concordancia con la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del texto Unico Ordenado ­ TUO ­ del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF, otorga a los gobiernos locales potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, asi como exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la ley; Que, el articulo 39° de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades ­ establece que los Concejos Municipales ejercen sus funciones de gobierno con la aprobacion de ordenanzas y acuerdos. Que, mediante Ordenanza Nº 068-08/MLV, ratificada por Acuerdo de Concejo Nº 579 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, dispositivos publicados en el Diario Oficial El Peruano con fecha 31 de diciembre de 2008, se aprobo el Regimen Tributario de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo de la Municipalidad de La MORDAZA correspondiente al ejercicio 2009; Que, el articulo 6º de la citada Ordenanza establece que la periodicidad y determinacion de la tasa de arbitrios es mensual y su recaudacion se realizara en forma trimestral hasta el ultimo dia de los meses de febrero, MORDAZA, agosto y noviembre del ano 2009, en concordancia con la MORDAZA XII del TUO del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF el cual estipula que "para efecto de los plazos establecidos en las normas tributarias debera considerarse lo siguiente (...) b) Los plazos expresados en dias se entenderan referidos a dias habiles", siendo necesario publicar el calendario de vencimientos" (sic). Que, es necesario incentivar el cumplimiento oportuno del pago de los tributos por parte de los contribuyentes de la Municipalidad de La MORDAZA, como una estrategia tendiente a impulsar el desarrollo de la conciencia tributaria entre los vecinos del distrito y en consecuencia coadyuvar a obtener una mayor recaudacion que permita financiar los servicios publicos locales; Que, en correspondencia a lo expuesto y tomando en cuenta los resultados obtenidos en los ejercicios 2006, 2007 y 2008, la Gerencia de Rentas mediante memorandum Nº 0014-2008-MDLV-GR de fecha 9 de enero de 2009, propone otorgar mediante Ordenanza municipal, incentivos de descuentos por pronto pago para todos aquellos contribuyentes que realicen el pago anual del impuesto predial y/o arbitrios municipales; Que, mediante Informe Nº 010-09-GAJ/MDLV de fecha 6 de enero de 2009 la Gerencia de Asesoria Juridica opina que el proyecto de ordenanza propuesto resulta viable y debe ser puesto a conocimiento del Concejo Municipal para su aprobacion correspondiente; En merito a los fundamentos expuestos y a las facultades otorgadas por la normativa glosada y por la Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal de La MORDAZA, por unanimidad y con dispensa del tramite de la lectura y aprobacion del Acta aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL OTORGAMIENTO DE INCENTIVOS POR EL PRONTO PAGO DE LOS TRIBUTOS MUNICIPALES DEL EJERCICIO 2009 Articulo Primero.- Objetivo y finalidad Aprobar los incentivos por el pronto pago del impuesto predial y arbitrios del ejercicio 2009 a cargo de la Municipalidad de La Victoria. Articulo Segundo.- Regimen de incentivos Los contribuyentes de la Municipalidad de La MORDAZA podran optar por acogerse a los siguientes descuentos: a) 10% de descuento sobre la tasa de arbitrios municipales 2009, a condicion de que cancelen los cuatro trimestres tanto de arbitrios municipales como del

Impuesto Predial, hasta el ultimo dia habil del mes de febrero de 2009. b) 7.5 % de descuento sobre la tasa de arbitrios municipales 2009, a condicion de que cancelen los cuatro trimestres de arbitrios municipales, hasta el ultimo dia habil del mes de febrero de 2009, precisandose que el descuento es por cada anexo cancelado. Articulo Tercero.- De las fechas de vencimiento de pago Fijese la fecha de vencimiento para la recaudacion de arbitrios del ano 2009, de acuerdo al siguiente cronograma: a) Enero, febrero y marzo b) MORDAZA, MORDAZA y junio c) MORDAZA, agosto y septiembre d) Octubre, noviembre y diciembre : : : : 27 de febrero de 2009 29 de MORDAZA de 2009 31 de agosto de 2009 30 de noviembre de 2009

DISPOSICIONES FINALES Primera.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Rentas y a la Gerencia de Tecnologia de la Informacion, en lo que corresponda a sus competencias. Segunda.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA AIZCORBE C. MORDAZA 303531-1

Ordenanza que fija tope al Incremento de Arbitrios de MORDAZA Habitacion y Comercio 1 para el Ejercicio 2009
ORDENANZA Nº 072-2009/MLV La MORDAZA, 16 de enero de 2009 El CONCEJO DISTRITAL DE LA MORDAZA POR CUANTO: Visto; en sesion ordinaria de la fecha, el Dictamen Conjunto Nº 002-2009-CPRDE-CPPPAL/MDLV de las Comisiones Permanentes de Rentas y Desarrollo Economico y de Planeamiento, Presupuesto y Asuntos Legales de la Municipalidad de La Victoria; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru en concordancia con el articulo II y del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972 -, los gobiernos locales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujecion al ordenamiento juridico, correspondiendole al Concejo Municipal la funcion normativa que se ejerce a traves de Ordenanzas, las cuales tienen rango de ley de acuerdo al articulo 200º numeral 4 de la Carta Magna; Que, el articulo 39º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades - establece que los Concejos Municipales ejercen sus funciones de gobierno con la aprobacion de ordenanzas y acuerdos; Que, el articulo 69º de la Ley de Tributacion Municipal, aprobada por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, establece que la determinacion por servicios publicos o arbitrios debe sujetarse a los criterios de racionalidad que permitan determinar el monto por el servicio prestado; Que, mediante Ordenanza Nº 068-08/MDLV ratificada por Acuerdo de Concejo Nº 579 de la Municipalidad de MORDAZA Metropolitana se aprobo el Regimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo de la Municipalidad de La MORDAZA correspondiente al ejercicio 2009; Que, a traves de las sentencias del Tribunal Constitucional recaidas en los expedientes Nº 041-2004-AI/TC y Nº 0532004-AI/TC se establecen los parametros de caracter obligatorio que deberan seguir los gobiernos locales para

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