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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE ENERO DEL AÑO 2009 (23/01/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 53

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 23 de enero de 2009 389163 Artículo 15º.- ORGANO COMPETENTE El Órgano competente para el conocimiento, tramitación, autorización de instalación de Conexiones Domiciliarias de los servicios públicos de agua, desagüe, energía eléctrica y gas natural es la División de Obras y Redes Públicas de la Subgerencia de Autorizaciones Urbanas de la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Artículo 16º.- DERECHOS DE TRAMITACION Apruébese el 1% (uno por ciento) de la UIT, como derecho de trámite por el procedimiento administrativo Conexión Domiciliaria. TÍTULO III INFRACCIONES Y SANCIONES CAPÍTULO I INFRACCIONES Artículo 17º.- TIPOS DE INFRACCION A LA DISPOSICIÓN MUNICIPAL.- Las infracciones en que incurran las personas naturales o jurídicas que ejecuten obras de instalación de conexiones domiciliarias por incumplimiento de las obligaciones y prohibiciones establecidas en la presente Ordenanza son: a) Ejecutar trabajos sin contar con la autorización municipal respectiva b) No presentar en obra la copia de la autorización Municipal respectiva c) No cumplir con las especifi caciones y/o proyecto aprobado d) Señalar defi cientemente la obra y/o rutas alternas o no cumplir con los dispositivos de seguridad adecuados. e) Exceder el plazo establecido para la ejecución de la obra f) Reparar defi cientemente las pistas, veredas y otros g) Construir u ocupar en áreas del Sistema Vial Metropolitano h) Incumplir con solicitar la conformidad de obra luego de 60 días de ejecutada la misma i) Abandonar la obra j) Abandonar en la vía pública por más de tres días desmonte, escombros y/o materiales de construcción provenientes de las obras realizadas en la vía pública. CAPÍTULO II SANCIONES Artículo 18º.- APLICACIÓN DE SANCIONES Las infracciones a la presente Ordenanza serán sancionadas conforme al Cuadro de Infracciones y Sanciones que se adjunta en Anexo 1 de la presente Ordenanza. Artículo 19º.- ATRIBUCIÓN PARA LA APLICACIÓN DE SANCIONES La Municipalidad Metropolitana de Lima tendrá la facultad de aplicar las sanciones por el incumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, para la ejecución de obras que afecten las áreas de uso público de competencia metropolitana. TÍTULO IV DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES CAPÍTULO I DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- PROCEDIMENTO EN TRÁMITE Los procedimientos iniciados con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente Ordenanza, se regirán por la normativa anterior hasta su conclusión. Segunda.- MODIFICACION DEL TUPA El presente procedimiento administrativo modifi ca el procedimiento establecido en la Ordenanza Nº 1114- MML, que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, en el rubro “Gerencia de Desarrollo Urbano – procedimiento administrativo Nº 21.2 Conexión Domiciliaria”, de acuerdo al detalle adjunto en el Anexo 2 que es parte de la presente Ordenanza. CAPÍTULO II DISPOSICIONES FINALES Y COMPLEMENTARIAS Primera.- DISPOSICION COMPLEMENTARIA EN EL CENTRO HISTORICO DE LIMA Las autorizaciones de obra en áreas de dominio público dentro del Centro Histórico de Lima, se otorgarán tomando en cuenta de manera complementaria la Ordenanza Nº 062-MLM publicada el 18 de agosto del año 1994 y las demás disposiciones municipales pertinentes. Segunda.- INTERFERENCIA DE VIAS Facúltese a la Subgerencia de Autorizaciones Urbanas de la Gerencia de Desarrollo Urbano, a través de la División de Obras y Redes Públicas; a autorizar la Interferencia de Vías para Conexiones Domiciliarias dentro del Cercado de Lima y en vías metropolitanas. Esta autorización se emitirá conjuntamente con la autorización de Conexiones Domiciliarias respectiva. Tercera.- INFRACCIONES Y SANCIONES Incorpórese a la Ordenanza Nº 984-MML publicada el 07 de enero del 2007 y su modifi catoria Ordenanza Nº 1014-MML publicada el 18 de junio del 2007 que aprueba el Régimen Municipal de Aplicación de Sanciones Administrativas derivadas de la Función Fiscalizadora, el cuadro de Infracciones y Sanciones aplicables dentro de la jurisdicción de la Municipalidad Metropolitana de Lima, que como Anexo 1 forma parte de la presente Ordenanza. Cuarta.- PUBLICACIÓN La presente Ordenanza y sus Anexos, serán publicados en el Portal de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe), en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas – PSCE (www.psce.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) Quinta.- ENTRADA EN VIGENCIA La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. En Lima, 20 de enero de 2009 LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima ANEXO 1 CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES 8.3 OBRAS EN AREAS DE USO PÚBLICO Código Infracción Procedi- miento Previo Monto de la Multa Medida Complementaria 08-0301 Ejecutar trabajos sin la autorización municipal 1% del valor de la obra o proyecto o el 100% de la tasa por derecho a trámite establecida en el TUPA. Paralización 08-0302 No presentar en obra la copia de la autorización Municipal respectiva Descargo 1% del valor de la obra o proyecto o el 100% de la tasa por derecho a trámite establecida en el TUPA. 08-0303 No cumplir con las especifi caciones y/o proyecto aprobado Descargo 1 UIT Paralización 08-0304 Señalizar defi cientemente la obra y/o rutas alternas o no cumplir con los dispositivos de seguridad adecuados Descargo 1 UIT