Norma Legal Oficial del día 23 de enero del año 2009 (23/01/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano MORDAZA, viernes 23 de enero de 2009

NORMAS LEGALES

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son organos de gobierno local, tienen autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia el mismo que es concordante con el Articulo II del Titulo Preliminar y articulo 9º inciso 9) de la Ley 27972 - Ley Organica de Municipalidades; Que, conforme lo establece el Articulo 195º inciso 4) de la Constitucion Politica del Estado, modificada por la Ley 27680 - Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, los Gobiernos Locales promueven el desarrollo y la economia local, y la prestacion de los servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y regionales de desarrollo y son competentes para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales conforme a ley, el mismo que es concordante con el articulo 9º inciso 9) de la Ley 27972 - Ley Organica de Municipalidades; Que, el Articulo 74º de la Constitucion Politica del Estado establece que los Gobiernos Locales pueden crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de estas, dentro de su jurisdiccion con los limites que senala la ley, el mismo que es concordante con la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99/EF; Que, mediante Ordenanza Nº 081-2008-MDC, se aprobo los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines para el Ejercicio 2009, Ordenanza que ha sido ratificada mediante Acuerdo de Concejo Metropolitano Nº 552; Que, de la aplicacion de las tasas aprobadas mediante Ordenanza Nº 081-2008-MDC, se ha verificado que los predios de uso MORDAZA habitacion han sufrido incrementos sustanciales debido a la aplicacion estricta de los criterios de distribucion establecidos en las Sentencias del Tribunal Constitucional contenidos en los EXPEDIENTES 00412004-AI/TC Y 00053-2004-PI/TC, publicados en el Diario Oficial El Peruano el 14 de marzo y 17 agosto del 2005, respectivamente; Que, el Articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, establece que los Gobiernos Locales representan al vecindario, promueve la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral, por lo cual no pueden estar ajenos a la problematica economica y social, siendo necesario adoptar medidas que beneficien a los contribuyentes que destinan sus predios en el distrito al uso de MORDAZA habitacion para cumplir con el pago de sus Arbitrios Municipales; Que, la Administracion Tributaria no puede estar ajena a la problematica economica y social de los vecinos del distrito de Cieneguilla, corresponde que la Municipalidad adopte una medida urgente y excepcional a efectos que se puedan otorgar facilidades para el pago de los arbitrios municipales y, ademas, se asegure la prestacion de los servicios publicos en el distrito; Que, con la opinion favorable de las Gerencias de Asesoria Juridica, Gerencia de Rentas y de la Jefatura de Presupuesto y Racionalizacion, el Concejo Municipal considera pertinente otorgar un beneficio tributario para efectos del pago de los Arbitrios Municipales 2009; De conformidad a las facultades conferidas, en los articulos 39º, 40º y 44º de la Ley 27972 - Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobo por UNANIMIDAD, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, la siguiente; ORDENANZA QUE OTORGA BENEFICIOS TRIBUTARIOS DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES DEL EJERCICIO FISCAL 2009 Articulo 1º.- BENEFICIO EXCEPCIONAL Otorguese un beneficio excepcional a los contribuyentes del Distrito de Cieneguilla, que MORDAZA propietarios de inmuebles destinados al uso de MORDAZA habitacion, respecto a los Arbitrios de Limpieza Publica y Parques y Jardines del ano 2009, conforme a los lineamientos senalados en los articulos siguientes. Articulo 2º.- BENEFICIO EXCEPCIONAL DEL ARBITRIO DE LIMPIEZA PUBLICA PARA LOS CONTRIBUYENTES PROPIETARIOS DE INMUEBLES DESTINADOS A USO MORDAZA HABITACION DE LAS ZONAS 1, 2, 3 Y 4. Para los contribuyentes propietarios de inmuebles destinados a uso MORDAZA habitacion de las zonas 1, 2, 3 y 4 en los casos en que la determinacion del arbitrio

de Limpieza Publica - producto de la aplicacion de la metodologia de la Ordenanza Nº 081-2008-MDC - supere el 100% del monto emitido en el ano 2008 en aplicacion de la Ordenanza Nº 062-2008-MDC; correspondera se proceda al otorgamiento de un beneficio excepcional a efectos que el monto a pagar por la prestacion del servicio de limpieza publica correspondiente al 2009 sea del 50%. Articulo 3º.- BENEFICIO EXCEPCIONAL DEL ARBITRIO DE PARQUES Y JARDINES PARA LOS CONTRIBUYENTES PROPIETARIOS DE INMUEBLES DESTINADOS A USO MORDAZA HABITACION. Para los contribuyentes propietarios de inmuebles destinados a uso MORDAZA habitacion, en los casos en que la determinacion del arbitrio de Parques y Jardines - producto de la aplicacion de la metodologia de la Ordenanza N.º 081-2008-MDC - supere el 100% del monto emitido en el ano 2008 en aplicacion de la Ordenanza Nº 062-2008MDC; correspondera se proceda al otorgamiento de un beneficio excepcional a efectos que el monto a pagar por la prestacion del servicio de Parques y Jardines correspondiente al 2009 sea del 50%. Articulo 4º.- BENEFICIO POR PRONTO PAGO. Los contribuyentes que cancelen al contado el total de los arbitrios municipales MORDAZA de la fecha de vencimiento, se veran beneficiados con una deduccion del 10% del monto total emitido. Articulo 5º.- DE LOS BENEFICIOS OTORGADOS. Los montos dejados de percibir resultantes de los beneficios establecidos en los articulos precedentes, seran asumidos integramente por la Municipalidad con otros recursos propios. DISPOSICION FINAL Articulo 6º.- VIGENCIA. La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el diario oficial "El Peruano". Articulo 7º.- DEROGATORIAS. Deroguese toda MORDAZA que se oponga a la presente Ordenanza. Articulo 8º.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Rentas el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Registrese, publiquese, y cumplase. MORDAZA SCHWARTZ R. MORDAZA 304439-1

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Ordenanza que aprueba el Otorgamiento de Incentivos por el Pronto Pago de los Tributos Municipales del Ejercicio 2009
ORDENANZA Nº 071-2009/MLV La MORDAZA, 16 de enero de 2009 El CONCEJO DISTRITAL DE LA MORDAZA POR CUANTO: Visto; en sesion ordinaria de la fecha el Dictamen Conjunto Nº 001-2009-CPRDE-CPPPAL/MDLV de las Comisiones Permanentes de Rentas y Desarrollo Economico y de Planeamiento, Presupuesto y Asuntos Legales de la Municipalidad de La MORDAZA, y;

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