Norma Legal Oficial del día 23 de enero del año 2009 (23/01/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA, viernes 23 de enero de 2009

NORMAS LEGALES

389153

pago definitivo el monto que resulte de aplicar la tasa de 6,25% sobre el importe que resulte de deducir el 20% de la renta bruta; Que el articulo 29° del Codigo Tributario establece que el pago de la deuda tributaria se efectuara en la forma que senale la Ley, o en su defecto, el Reglamento, y a falta de estos, la Resolucion de la Administracion Tributaria, indicando, ademas, que el lugar de pago sera fijado por la Administracion Tributaria; Que es necesario senalar la forma, plazo, lugar y demas condiciones para que los contribuyentes que perciban estas rentas, cumplan con el pago de la deuda tributaria correspondiente; Que teniendo en cuenta que la presente Resolucion unicamente establece la forma, plazo y lugar de pago de obligaciones tributarias, resulta innecesaria su prepublicacion, de acuerdo a lo establecido en el articulo 14° del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS; En uso de las facultades conferidas por el articulo 29° del Codigo Tributario, el articulo 11° del Decreto Legislativo N° 501 y el inciso q) del articulo 19º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo N° 115-2002-PCM. SE RESUELVE: Articulo 1°.- MEDIO Y FORMA PARA EFECTUAR EL PAGO Los contribuyentes que a partir del 1 de enero de 2009 hayan percibido renta MORDAZA de MORDAZA categoria por la enajenacion de inmuebles o derechos sobre los mismos, deberan realizar el pago del Impuesto a la Renta, con caracter definitivo, a traves del Sistema Pago Facil, para lo cual proporcionaran la siguiente informacion: a) Numero de Registro Unico de Contribuyentes ­ RUC. b) Periodo tributario, que corresponde al mes en que se percibe la renta. c) Codigo de Tributo 3021 (Renta de MORDAZA categoria ­ cuenta propia). d) Importe a pagar. Una vez efectuado el pago, las entidades bancarias autorizadas por la SUNAT o esta MORDAZA, segun corresponda, entregaran a los contribuyentes el Formulario N° 1662 ­ Boleta de Pago, en el que constara de manera impresa la informacion a que se refiere el parrafo anterior. Articulo 2°.- PLAZO PARA EFECTUAR EL PAGO El pago con caracter definitivo a que se refiere el articulo anterior, se efectuara hasta el mes siguiente de percibida la renta por la enajenacion del inmueble o los derechos sobre el mismo, dentro de los plazos previstos por el Codigo Tributario para las obligaciones de periodicidad mensual. De no efectuar el pago dentro del plazo establecido, el enajenante debera incluir en el pago los intereses moratorios generados desde el dia siguiente a su vencimiento hasta la fecha de pago respectivo. Articulo 3°.- LUGAR DE PAGO El pago se efectuara en los siguientes lugares: a) Tratandose de los Principales Contribuyentes, en los lugares fijados por la SUNAT para efectuar la declaracion y pago de sus obligaciones tributarias. b) Tratandose de los Medianos y Pequenos Contribuyentes, en las sucursales o agencias bancarias autorizadas. Articulo 4°.DOCUMENTO QUE DEBE PRESENTARSE AL NOTARIO Los contribuyentes que hayan percibido renta MORDAZA de MORDAZA categoria por la enajenacion de inmuebles o derechos sobre los mismos, deberan presentar al notario el Formulario N° 1662 ­ Boleta de Pago a que se refiere el ultimo parrafo del articulo 1° de la presente resolucion, para efecto de que se eleve a escritura publica el contrato correspondiente. Articulo 5°.- RESPONSABLES SOLIDARIOS Los notarios que, de conformidad con lo dispuesto

por la Trigesimo Setima Disposicion Transitoria y Final del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo N° 1792004-EF y normas modificatorias, MORDAZA responsables solidarios con el contribuyente, deberan efectuar el pago del impuesto consignando los datos que correspondan al enajenante, conforme a lo indicado en el articulo 1° de esta resolucion. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- La presente resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Segunda.- Se aplicara de manera supletoria lo dispuesto en la Resolucion de Superintendencia N° 125-2003/SUNAT, en lo no previsto por la presente resolucion. Tercera.- En los casos en que de conformidad con lo dispuesto en el Inciso f) del articulo 39° del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, el contribuyente deba efectuar el pago del impuesto por rentas de MORDAZA categoria, por no habersele practicado la retencion a que se refiere el articulo 72° del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo N° 179-2004-EF y normas modificatorias, debera hacerlo aplicando las disposiciones contenidas en la presente resolucion. DISPOSICION COMPLEMENTARIA TRANSITORIA Unica.- Los contribuyentes que, de acuerdo a la normatividad vigente al 31 de diciembre de 2008, deban realizar pagos a cuenta por rentas de MORDAZA categoria por la enajenacion de inmuebles o derechos sobre los mismos, efectuaran tales pagos aplicando las disposiciones contenidas en la Resolucion de Superintendencia N° 1812004/SUNAT. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ORIGGI Superintendente Nacional Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria 304497-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES
Disponen primera inscripcion de dominio a favor del Estado de terreno ubicado en el distrito del MORDAZA, provincia de MORDAZA
JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCION Nº 003-2009/SBN-GO-JAR San MORDAZA, 16 de enero de 2009 Visto el Expediente N° 205-2008/SBN-JAR, correspondiente al tramite de primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno MORDAZA de 1 793,73 m², ubicado en la interseccion de la avenida Prolongacion Amancaes con la MORDAZA MORDAZA Arzola, en el distrito del MORDAZA, provincia y departamento de Lima; y CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.