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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 24 de enero de 2009 389242 De poseer el contribuyente varios predios, la evaluación del cumplimiento de la condición para la aplicación del descuento antes descrito, se realizará respecto a cada predio por separado. DISPOSICIONES FINALES PRIMERA.- FACULTAR al alcalde distrital para que, mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza, así como disponer la prórroga de su vigencia. SEGUNDA.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Administración y Finanzas, así como Subgerencia de Informática y Desarrollo Tecnológico el estricto cumplimiento de la presente Ordenanza; y a la Subgerencia de Comunicaciones su respectiva difusión. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FREDDY S. TERNERO CORRALES Alcalde 304563-1 Establecen plazo de vencimiento del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2009 ORDENANZA Nº 265-MDSMP San Martín de Porres, 16 de Enero del 2009 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MARTÍN DE PORRES POR CUANTO: En Sesión Ordinaria del Concejo Municipal de fecha 16.ENERO.2009, bajo la presidencia del señor alcalde Freddy Santos Ternero Corrales y con el quórum reglamentario de los señores Regidores, se trató sobre ampliación del plazo de vencimiento del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales; y CONSIDERANDO: Que, en Sesión Ordinaria de la fecha se trató y debatió el proyecto de Ordenanza sobre el plazo de vencimiento del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales que, de acuerdo al artículo 15 del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo No. 156-2004-EF, debe pagarse, tratándose del Impuesto Predial, el último día hábil del mes de Febrero de cada año o en forma fraccionada hasta en cuatro cuotas trimestrales; y, tratándose de Arbitrios Municipales, vencerá el último día hábil de cada mes; y el arbitrio de recolección de residuos sólidos de las actividades económicas temporales en la vía o espacio público vencerá diariamente; Que, el último párrafo del artículo 29º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99/EF, modifi cado mediante Decreto Legislativo Nº 953, establece que el plazo para el pago de la deuda tributaria podrá ser prorrogado, con carácter general, por la administración tributaria; pudiendo la administración tributaria ampliar dichos plazo en virtud a lo dispuesto en el último párrafo del artículo 29 del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo No. 135-99/EF, modifi cado mediante Decreto Legislativo N° 953; De conformidad con los artículos 9, incisos 8) y 9) y 40 de la Ley 27972 –Orgánica de Municipalidades; artículo 15 del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo No. 156-2004- EF; artículo 29 del Texto Unico Ordenado del Código Tributario, así como Ordenanza No. 261-MDSMP de esta Entidad Municipal; con el Voto Unánime de los señores regidores; y con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, el Concejo Municipal de San Martín de Porres ha aprobado la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- ESTABLECER que el plazo de vencimiento del Impuesto Predial 2009 vence: Pago al contado 31 de Marzo 2009 FRACCIONADO Primera Cuota 31 de Marzo 2009 Segunda Cuota 30 de Mayo 2009 Tercera Cuota 31 de Agosto 2009 Cuarta Cuota 30 de Noviembre 2009 Estas cuotas serán reajustadas con la variación acumulada del Índice de Precios al Por Mayor que publica el Instituto Nacional de Estadística e Informática, por el periodo comprendido entre el mes de vencimiento de pago de la primera cuota y el mes precedente a la fecha de pago Artículo Segundo.- ESTABLECER que el plazo de vencimiento de los Arbitrios Municipales 2009 de recolección de residuos sólidos, barrido de calles, parques y jardines públicos y serenazgo vence: Enero y Febrero 31 de Marzo 2009 Marzo 31 de Marzo 2009 Abril 30 de Abril 2009 Mayo 30 de Mayo 2009 Junio 30 de Junio 2009 Julio 31 de Julio 2009 Agosto 31 de Agosto 2009 Septiembre 30 de Septiembre 2009 Octubre 31 de Octubre 2009 Noviembre 30 de Noviembre 2009 Diciembre 31 de Diciembre 2009 DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- FACULTAR al Alcalde Distrital para que, mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias para lograr la adecuada aplicación y/o prórroga de la presente Ordenanza. Segunda.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Administración y Finanzas y a la Subgerencia de Informática y Desarrollo Tecnológico el cumplimiento de la presente Ordenanza y a la Subgerencia de Comunicaciones la difusión de sus alcances. Tercera.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FREDDY S. TERNERO CORRALES Alcalde 304560-1