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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE ENERO DEL AÑO 2009 (29/01/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 31

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 29 de enero de 2009 389437 N° 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, Decreto Supremo N° 009- 2007-JUS y en uso de las facultades conferidas mediante Resolución Suprema Nº 205-2008-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1°.- DECLARAR, en situación de desabastecimiento inminente el suministro de raciones de alimentos preparados para internos, niños, personal de seguridad y salud del Establecimiento Penitenciario de Ica, a partir del 23 de enero de 2009, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- EXONERAR, a la Ofi cina Regional Lima del INPE del correspondiente proceso de selección para la adquisición de alimentos preparados a que se refi ere el artículo primero de la presente Resolución. Artículo 3°.- AUTORIZAR, a la Ofi cina Regional Lima del INPE para que a través de la Dependencia de Adquisiciones y Contrataciones de su jurisdicción realice la contratación del suministro de raciones de alimentos preparados para internos, niños, personal de seguridad y salud del Establecimiento Penitenciario de Ica, de acuerdo al siguiente detalle: Nº ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DIAS TOTAL S/. 1 ICA 84 497 196,00 TOTAL 497 196,00 Dicha autorización es por el período de ochenta y cuatro (84) días calendario, con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios; mientras dure la situación de desabastecimiento inminente prevista en el artículo precedente, debiéndose efectuar las adquisiciones de alimentos preparados en forma directa mediante acciones inmediatas bajo responsabilidad, con estricta observancia a las disposiciones establecidas en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, adoptando todas las providencias que permitan asegurar la transparencia del proceso. Artículo 4°.- DISPONER, que la Ofi cina General de Administración del INPE comunique a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones - CONSUCODE, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación. Artículo 5°.- REMITIR, copias al Órgano de Control Institucional a fi n de que inicie las acciones que correspondan para determinar si existe responsabilidad de funcionarios, cuya conducta hubiese originado la presencia o confi guración de la situación de desabastecimiento que se aprueba. Artículo 6°.- REMITIR, copia de la presente Resolución a las instancias pertinentes para los fi nes de Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. LEONARDO CAPARROS GAMARRA Presidente Consejo Nacional Penitenciario 305842-1 RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 036-2009-INPE/P Lima, 22 de enero de 2009 VISTO, el Ofi cio Nº 049-2009-INPE/18.04 de la Ofi cina Regional Lima, recibido por Secretaría General del INPE el 22 de enero de 2009, por el cual adjunta el Informe Técnico Nº 003-2009-INPE/18.04-EL de fecha 20 de enero de 2009, emitido por la Unidad de Administración y el Jefe del Equipo de Logística, Informe Legal Nº 005- 2009-INPE/18.03 de fecha 21 de enero de 2009, emitido por la Subdirección de Asesoría Jurídica, relacionado a la declaración de situación de desabastecimiento inminente del suministro de raciones de alimentos preparados para internos, personal de seguridad y salud del Establecimiento Penitenciario de Ancón, e Informe Nº 009-2009-INPE/08 de fecha 22 de enero de 2009 de la Ofi cina de Asesoría Jurídica del Instituto Nacional Penitenciario. CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Técnico Nº 003-2009- INPE/18.04-EL de fecha 20 de enero de 2009 e Informe Legal Nº 005-2009-INPE/18.03 de fecha 21 de enero de 2009, la Unidad de Administración, el Jefe del Equipo de Logística y la Subdirección de Asesoría Jurídica de la Ofi cina Regional Lima, respectivamente, refi eren que mediante Resolución Directoral N° 066-2008-INPE/18 de fecha 24 de enero de 2008, se aprobó el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Unidad Ejecutora 002 : INPE – OFICINA REGIONAL LIMA para el ejercicio fi scal 2008, encontrándose previsto realizar la Licitación Pública Nº 001-2008-INPE/18 “Suministro de Raciones de Alimentos Preparados para los Establecimientos Penitenciario de Chorrillos I, Chorrillos II, Ancón, Miguel Castro Castro y Huaraz”; Que, asimismo indican que se tenía previsto otorgar la buena pro el 19 de diciembre de 2008, pero debido a que las Bases Administrativas fueron observadas, éstas se elevaron al CONSUCODE para su revisión y posterior pronunciamiento, el mismo que lo hizo el 30 de diciembre de 2008 a través del Pronunciamiento Nº 524- 2008/DOP, por el cual se acogieron las observaciones, estableciéndose como nueva fecha de otorgamiento de la buena pro el 16 de enero de 2009; Que, también señalan que encontrándose el citado proceso de selección en el CONSUCODE, se cumplió la vigencia del Contrato Nº 046-2007-INPE/16, suscrito el 27 de noviembre de 2007 para el suministro de alimentos preparados para el Establecimiento Penitenciario de Ancón, por lo que solicitaron que se declare el desabastecimiento inminente el suministro de alimentos preparados para el citado centro penitenciario, el cual fue autorizado mediante Resolución Presidencial Nº 689- 2008-INPE/P de fecha 27 de noviembre de 2008, por el monto de CIENTO VEINTICINCO MIL SETECIENTOS OCHENTA Y DOS CON 16/100 NUEVOS SOLES (S/. 125 782,16) y por el período de cincuenta y seis (56) días calendario, por lo que se procedió a suscribir con la empresa SERVICIOS MULTIPLES CHIKEN PARK EIRL, el Contrato Nº 065-2008-INPE/16, el mismo que culminará el 22 de enero de 2009; Que, de otro lado informan que a través del Memorando Múltiple N° 002-2009-INPE/07, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto del INPE comunica la previsión presupuestal para cubrir los mayores costos de la ración alimenticia, pues de acuerdo con la Sexagésima Sétima Disposición Final de la Ley N° 29289 “Ley de Presupuesto del Sector Público del Ejercicio Fiscal del 2009”, se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas a realizar una transferencia de la Reserva de Contingencia para cubrir los mayores costos de la ración alimenticia de los internos de los establecimientos penitenciarios a nivel nacional. Indican además que para realizar sus procesos de adquisición de alimentos preparados, deberán considerar como valor referencial por ración alimenticia la suma de S/. 4.50 nuevos soles por interno y S/. 5.00 nuevos soles por persona que labora 24 X 48 horas; Que, al respecto, refi eren que los procesos de selección de alimentos convocados el 2008 y que se adjudicarán en el año 2009, consideran un monto inferior por ración al indicado en el documento antes citado, por lo que sostienen, que ha sido preciso que la Ofi cina Regional Lima adopte acciones que permitan cubrir la totalidad de la previsión presupuestal para cubrir los mayores costos de la ración alimenticia; Que, bajo ese contexto, mediante Resolución Directoral N° 040-2009-INPE/18 de fecha 13 de enero de 2009, la Ofi cina Regional Lima resuelve cancelar por motivo de fuerza mayor la Licitación Pública N° 001- 2008-INPE/18, convocada en el año fi scal 2008 para el “Suministro de raciones de alimentos preparados para los establecimientos penitenciarios de Chorrillos I, Chorrillos II, Ancón, Miguel Castro Castro y Huaraz de la Ofi cina Regional Lima del Instituto Nacional Penitenciario”; por lo que teniendo en cuenta que el Contrato Nº 065-2008-