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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE ENERO DEL AÑO 2009 (29/01/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 25

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 29 de enero de 2009 389431 Transportadoras Herméticas para el Embarque y Desembarque de Graneles Sólidos. Ampliar el plazo de implementación previsto en la Tercera Disposición Complementaria de los Lineamientos Técnicos para el Uso de Fajas Transportadoras Herméticas para el Embarque y Desembarque de Graneles Sólidos, aprobados por Decreto Supremo N° 015-2008-MTC, hasta el 31 de diciembre de 2009 en todos los casos. Artículo 2°.- Procedimiento para la aprobación del uso de equipos de estiba y desestiba alternativos a las Fajas Transportadoras Herméticas Agregar como numeral 4.6 de los Lineamientos Técnicos para el Uso de Fajas Transportadoras Herméticas para el Embarque y Desembarque de Graneles Sólidos, aprobados por Decreto Supremo N° 015-2008-MTC, el Procedimiento para la aprobación del uso de equipos de estiba y desestiba alternativos a las Fajas Transportadoras Herméticas, el mismo que quedará redactado en los siguientes términos: “4.6. Procedimiento para la aprobación del uso de equipos de estiba y desestiba alternativos a las Fajas Transportadoras Herméticas. 4.6.1. En caso se requiera la utilización de equipos de estiba y desestiba alternativos a las Fajas Transportadoras Herméticas, el Operador Portuario o Agente de Estiba / Desestiba presentará una solicitud de “Autorización de Operación de Graneles Sólidos sin el requerimiento de Faja Transportadora Hermética” ante la Dirección General de Asuntos Socio Ambientales - DGASA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, adjuntando una Memoria Descriptiva del método de operación de embarque o desembarque del granel sólido específi co, con los procedimientos ambientales relacionados a dicha operación. 4.6.2 La Dirección General de Asuntos Socio Ambientales - DGASA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en mérito a la evaluación del caso particular presentado y considerando las medidas de control ambiental propuestas, aprobará o desaprobará la solicitud presentada a través de una Resolución Directoral. La autorización se otorgará por un (01) año, estando sujeta a inspecciones semestrales de cumplimiento, que serán realizadas por la Dirección General de Asuntos Socio Ambientales - DGASA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en coordinación con la Autoridad Portuaria Nacional - APN”. Artículo 3° - Vigencia El presente Decreto Supremo entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Artículo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de enero del año dos mil nueve. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 306867-3 Aceptan renuncia y designan representante del Ministerio ante el Directorio de la Autoridad Portuaria Nacional RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 003-2009-MTC Lima, 28 de enero de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 007-2004- MTC se designó, entre otros, al señor Rafael Farromeque Quiroz como miembro del Directorio de la Autoridad Portuaria Nacional, en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, cargo al cual ha formulado renuncia, siendo necesario aceptarla; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27943, Ley del Sistema Portuario Nacional y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2004-MTC; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar con efectividad, al 21 de diciembre del 2005, la renuncia del señor Rafael Farromeque Quiroz, al cargo de representante del Ministerio de Transportes y Comunicaciones ante el Directorio de la Autoridad Portuaria Nacional, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 306867-11 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 004-2009-MTC Lima, 28 de enero de 2009 Que, es necesario designar a un representante del Ministerio de Transportes y Comunicaciones ante el Directorio de la Autoridad Portuaria Nacional; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27943 - Ley del Sistema Portuario Nacional y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2004-MTC; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar al señor José Nicanor Gonzáles Quijano - Viceministro de Transportes, representante del Ministerio de Transportes y Comunicaciones ante el Directorio de la Autoridad Portuaria Nacional. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 306867-12 Otorgan autorización a Corporación Radial del Perú S.A.C. para prestar servicio de radiodifusión sonora comercial en el departamento de Lima RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 021-2009-MTC/03 Lima, 14 de enero de 2009 VISTO, el Escrito con Registro Nº 2008125020, presentado por la empresa CORPORACIÓN RADIAL DEL PERÚ S.A.C. sobre otorgamiento de autorización por Concurso Público para la prestación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Onda Media (OM), en la localidad de Lima - Huarochirí - Canta, departamento de Lima;