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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 6 de febrero de 2009 390438 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN FRANCISCO DE ASIS DE YARUSYACAN Exoneran de proceso de selección la contratación de bienes y servicios para la ejecución de la obra “Rehabilitación Carretera Batanchaca - Yarusyacan - II Etapa” ACUERDO DE CONCEJO MUNICIPAL Nº 01-2009-MDSFAY/A Yarusyacan, 26 de enero del 2009 VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 04 de diciembre del año 2007; CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Distrital San Francisco de Asís de Yarusyacan, por ser órgano de Gobierno Local goza de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad al Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972 en concordancia con el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado. Que, con fecha 04 de diciembre del 2007, se llevo a cabo la sesión ordinaria, para tratar distintos asuntos, de los cuales, uno de los puntos más importantes fue lo relacionado a la Obra “Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Batanchaca – Yarusyacan”, en la que fueron debatidos tanto el Informe Técnico del Encargado de la Jefatura de Obras e Infraestructura, hecho que sustenta mediante Informe Técnico Nº 873/GOYO/MDSFAY – 2007, donde solicita la AMPLIACIÓN PRESUPUESTAL REFERENCIAL DE 10´500.000.00, con cargo a ser determinado tan luego se formule el Expediente Técnico conforme a lo solicitado, mediante Informe Técnico Nº 0873/GOYO/MDSFAY – 2007. Que, posteriormente conforme a lo comunicado por el Arq. PERCY AZABACHE AZABACHE (e) JEFE DE OBRAS DE INFRAESTRUCTURA, mediante Informe Nº 899/ GOYO/MDSFAY – 2007, de fecha 28 de diciembre del 2007 donde manifi esta haber sido culminado la elaboración del Expediente Técnico del proyecto “Rehabilitación Carretera Batanchaca – Yarusyacan – II Etapa”, donde se llegó a establecer el monto fi nal del presupuesto de obras, tal conforme se detalla en el informe siguiente: DEL PRESUPUESTO DE OBRAS: Costo directo : S/. 7, 307,103.84 Gastos generales : S/. 1, 096,065.58 Sub total : S/. 8, 403,169.42 IGV 19% : S/. 1, 596,602.19 Valor referencial de la obra : S/. 9,999,771.61 Expediente técnico : S/. 124,997.15 Gastos de supervisión : S/. 224,994.86 Total del presupuesto : S/. 10,349,763.62 Que, con Resolución de Alcaldía Nº 317-2007- MDSFAY/A, de fecha 31 de diciembre del 2007 se aprobó el Expediente Técnico del Proyecto “Rehabilitación Carretera Batanchaca – Yarusyacan – II Etapa” monto que debe considerarse para la ejecución de la obra referida. En cuanto se refi ere al Informe Legal Externo; donde se analizó los alcances de informe referido, donde emite su opinión legal referida a la procedencia del proceso de Exoneración, por la modalidad de desabastecimiento por ser obra de continuidad, tal conforme lo dispone el literal c) del Artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones de Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083 – 2004 – PCM, señala que están exoneradas de los procesos de selección de Adquisiciones y Contrataciones que se realicen en situación de Emergencia o en Desabastecimiento Inminente declaradas de conformidad a la norma precitada. Que, teniendo en cuenta, que actualmente existe la carencia de empresas especializadas en Ing. Civil, contratación de maquinarias, equipos de transportes, adquisición de agregados, materiales, etc., y así mismo teniendo en consideración que ha ejecutado la I Etapa, actualmente dispone de equipos, maquinarias ya dispuestos en la jurisdicción distrital, por tanto a la difi cultad que hubiera en caso contratar a otras empresas sería onerosa en contra de la Municipalidad, más aún a la no existencia de otras empresas que pudieran atender las necesidades de esta entidad, asimismo teniendo en cuenta la empresa y/o consorcios que ejecutaron la I Etapa, lo ejecutaron convenientemente y dentro de la seriedad y efi ciencia que se requiere para la ejecución de obras civiles en materia de carreteras. En tal sentido es conveniente declarar en situación de desabastecimiento inminente por los fundamentos precitados. Que, el Artículo 20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto supremo Nº 083 – 2004 – PCM, prescribe que la Resolución o Acuerdo que aprueba la exoneración del proceso de selección, requiere obligatoriamente de uno o más informes previos, que contengan la justifi cación técnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneración debiéndose publicar dicho instrumento aprobatorio en el Diario Ofi cial EL PERUANO, excepto en los casos a que se refi ere en inciso b), del Artículo 19º de la Ley. Que, el Artículo 21º de Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que se considera Desabastecimiento Inminente, aquella situación extraordinaria e imprevisible en que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo de manera esencial. En tal sentido, mediante la emisión de los informes: técnico de fecha 03 de diciembre del 2007, referido a la ampliación de presupuesto e informe legal Externo, donde opina la legalidad del proceso de exoneración de selección para la contratación en bienes, servicios (Expediente Técnico y Supervisor) y Obras, es necesario pronunciarse conforme a las normas legales. Estando a lo expuesto, y de conformidad al Art. 20º inciso 3), de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y con el voto aprobatorio de sus miembros en sesión de concejo de fecha 04 de diciembre del 2007. SE ACUERDA: Artículo Primero.- APROBAR la ampliación de presupuesto de la obra, “Rehabilitación Carretera Batanchaca – Yarusyacan II Etapa”, hasta por el importe de: S/. 10,349,763.62 Nuevos Soles, conforme al Expediente Técnico aprobado. Artículo Segundo.- EXONERAR a la Municipalidad Distrital “San Francisco de Asís” de Yarusyacan del proceso de selección correspondiente por el causal de situación de desabastecimiento inminente, y autorizando a contratar en forma directa por invitación a proveedor único y/o empresas especializadas en bienes, servicios, obras civiles, gastos de supervisión y gastos de Expediente Técnico para la ejecución de la Obra, “Rehabilitación Carretera Batanchaca – Yarusyacan II Etapa”, cuyo monto autorizado es hasta por el importe de: S/. 10, 349,763.62 nuevos soles. Artículo Tercero.- Asimismo se exonera en el presente proceso de exoneración los montos de la partida y/o sub partidas de Pavimento Flexible por S/. 4, 039,573.19 y Planta de Tratamiento por S/. 757,511.86, montos que corresponde al presupuesto aprobado mediante Resolución de Alcaldía Nº 190 -2007 – MDSFAY/A, de fecha 25 de setiembre del 2007, de los cuales quedaron pendientes de ejecución. Articulo Tercero.- Se declara que el proyecto de “Rehabilitación Carretera Batanchaca – Yarusyacan – II Etapa”, iniciados en ejercicio presupuestal del 2007, se encuentran incluidos en sus respectivos planos de inversión, los mismos están considerados como Obras en continuidad para los períodos del 2007, 2008 y 2009 respectivamente, por lo que en la fecha se reinicia los trabajos referidos a la culminación del Proyecto integral. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la ofi cina de abasteci- mientos llevar a cabo los procedimientos relacionados a los procesos de selección por la modalidad de exoneración por Desabastecimientos Inminentes, conforme a Ley, reiterando cuya adquisición será en forma directa a proveedor único y por invitación. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano y el SEACE, así como la remisión de copia del Acuerdo y de los informes que los sustentan a la Contraloría General de la República y Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su emisión. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JORGE RAÚL COLQUI CABELLO Alcalde 309381-1