Norma Legal Oficial del día 06 de febrero del año 2009 (06/02/2009)
Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.
TEXTO DE LA PÁGINA 44
390430
NORMAS LEGALES
El Peruano MORDAZA, viernes 6 de febrero de 2009
GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Autorizan la implementacion gradual de las Oficinas Regionales de Atencion a las Personas con Discapacidad, con sede en las Sub Regiones MORDAZA Chimbote, Conchucos Alto y Conchucos Bajo
(Se publica la presente Ordenanza Regional a solicitud del Gobierno Regional de MORDAZA, mediante Oficio Nº 0072-2009-REGION-ANCASH/GRAD, recibido el 4 de febrero de 2009) CONSEJO REGIONAL ORDENANZA REGIONAL Nº 009-2008-REGION ANCASH/CR El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, el articulo 7º de la Constitucion Politica del Peru, establecen que todos tienen derecho a la proteccion de su salud, la del medio familiar y la de la comunidad, asi como el deber de contribuir a su promocion y defensa. La persona incapacitada para velar por si misma a causa de una deficiencia fisica o mental tiene derecho al respeto de su dignidad y a un regimen legal de proteccion, atencion, readaptacion y seguridad; Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27050, Ley General de la Persona con Discapacidad, crea el Consejo Nacional de Integracion de la Persona con Discapacidad CONADIS, incorporandose como Organo Publico Descentralizado del Ministerio de Promocion de la Mujer y el Desarrollo Humano; Que, el articulo 10º de la Ley Nº 28164, que modifica a la Ley Nº 27050, establece que los Gobiernos Regionales, a traves de la Oficina Regional de Atencion a las Personas con Discapacidad, apoyen a las instituciones publicas y privadas, que promuevan la igualdad y equidad de oportunidades y el desarrollo de las personas con discapacidad; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 015-2004REGION ANCASH/CR, se aprueba encargar las funciones de la Oficina Regional de Atencion a la Persona con Discapacidad a la Sub Gerencia de Promocion y Desarrollo de la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de MORDAZA y mediante Resolucion Ejecutiva Regional Nº 0409-2005-GRA/PRE, se crea la Oficina Regional de Atencion a la Persona con Discapacidad; En uso de las atribuciones establecidas en la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, Leyes Nº 27902, 28961, 28968 y 29053; y, de conformidad con el Dictamen Nº 003-2008-GRA/ CDS. de la Comision de Desarrollo Social; y, estando a lo acordado por unanimidad en la sesion ordinaria, llevada a cabo el dia 15 de MORDAZA de 2008; ORDENA: Articulo Primero.- AUTORIZAR, la implementacion gradual de las Oficinas Regionales de Atencion a las Personas con Discapacidad, con sede en las Sub Regiones: MORDAZA Chimbote, Conchucos Alto y Conchucos Bajo. Articulo Segundo.- ENCARGAR, a las Gerencias Regionales de Desarrollo Social y de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de MORDAZA, la adecuacion de las atribuciones, competencias y su incorporacion al Reglamento de
Organizacion y Funciones del Gobierno Regional de Ancash. Articulo Tercero.- La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia, a partir del dia siguiente a su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano". Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA, para su Promulgacion. MORDAZA, a los dos dias del mes de junio de 2008. MORDAZA J. MORDAZA MORDAZA Consejo Regional de MORDAZA Presidente POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la sede central del Gobierno Regional de MORDAZA, a los cuatro dias del mes de junio de 2008. MORDAZA J. MORDAZA MORDAZA Gobierno Regional de MORDAZA Presidente 309444-1
Fijan remuneracion bruta mensual del Presidente Regional y del Vicepresidente Regional, asi como montos de dietas de Consejeros Regionales para el ejercicio 2009
CONSEJO REGIONAL ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 001-2009-GRA/CR. EL PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH; VISTO: En sesion ordinaria de Consejo Regional, realizado en la MORDAZA de MORDAZA Chimbote el dia 8 de enero de 2009, visto el pedido del Consejero Regional MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, referido a la remuneracion del Presidente Regional y Vicepresidente Regional, y dietas de los Consejeros Regionales; CONSIDERANDO: Que, el Consejo Regional es el MORDAZA organo del Gobierno Regional de MORDAZA, es MORDAZA en el ejercicio de sus funciones, ejerce su funcion normativa a traves de la aprobacion de ordenanzas y acuerdos regionales, de acuerdo a lo establecido en el articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado, concordante con la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales y su modificatoria Ley Nº 27902; Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decision de este organo sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interes publico, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional; Que, en sesion ordinaria del dia 8 de enero de 2009, fue visto el pedido del Consejero Regional MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, referido a la remuneracion mensual del Presidente Regional y Vicepresidente Regional, y dietas de los Consejeros Regionales; El articulos 19º inciso a) de la Ley Nº 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nºs. 27902, 28968 y 29053, establece que "los Consejeros Regionales tienen derecho a percibir dietas. Las dietas son fijadas por el Consejo Regional dentro del primer trimestre de cada ejercicio anual, de acuerdo a la capacidad economica del Gobierno Regional. La MORDAZA que los aprueba y los montos de las dietas, se publican obligatoriamente; El monto de la dieta por el periodo mensual de sesiones no puede exceder de una y media (1.5) Unidad Impositiva