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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 22 de febrero de 2009 391338 DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modifi cado con Decreto Supremo Nº 008-2004 - DE/SG de fecha 30 de junio de 2004; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Con efi cacia anticipada, ampliar la permanencia en el exterior en Misión de Estudios del Cadete V Año EP GONZALES GONZALES Joao Alfredo, para que continúe los estudios de Formación de Ofi ciales en el “Colegio Militar de la Nación de Argentina”, Buenos Aires - Argentina, del 01 de enero al 31 de diciembre de 2009. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa – Ejército del Perú, efectuará el pago que corresponda, de acuerdo a los conceptos siguientes: Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero: US $ 500.00 x 12 Meses x 01 Persona TOTAL $ 6,000.00 Artículo 3º.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a los dispuesto en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG de fecha 26 de enero de 2004. Artículo 4º.- El citado personal militar deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en la Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2004 – DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modifi cado con Decreto Supremo Nº 008-2004 DE/SG de fecha 30 de junio de 2004. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneraciones ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Señor Presidente del Consejo de Ministros y por el Señor Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República YEHUDE SIMON MUNARO Presidente del Consejo de Ministros ÁNTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa 315705-4 Amplían permanencia de oficial FAP en EE.UU, en misión de estudios RESOLUCIÓN SUPREMA N° 077-2009-DE/FAP Lima, 21 de febrero de 2009 Visto la Papeleta de Trámite Nº 4611-SGFA de fecha 22 de octubre de 2008, del Secretario General de la Fuerza Aérea del Perú; CONSIDERANDO: Que, con Resolución Suprema Nº 238-2008 DE/FAP de fecha 04 de julio de 2008, se autorizó el viaje al exterior en Misión de Estudios a los Estados Unidos de América, del 14 de julio al 31 de diciembre de 2008, al Coronel FAP TORRES PAREDES Hugo Enrique, para que participe en el Curso Avanzado de Seguridad y Defensa Hemisférica para el año académico 2008 - 2009, a impartirse en el Colegio Interamericano de Defensa, en la ciudad de Washington D.C., del 14 de julio de 2008 al 15 de julio de 2009; Que, por razones presupuestales sólo se consideró el pago del periodo comprendido del 14 de julio al 31 de diciembre de 2008, con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008; debiendo formularse la correspondiente ampliación de autorización de permanencia en el extranjero, del 01 de enero al 15 de julio de 2009; Que, la citada misión se encuentra incluida en el Rubro 1.- Formación/ Califi cación/ Especialización, Item 69, del Anexo 1 del Plan Anual de Viajes del Sector Defensa para el Año Fiscal 2009, aprobado mediante Resolución Suprema Nº 028-2009 DE/SG de 19 de enero de 2009; Que, es conveniente para los intereses institucionales ampliar la autorización de viaje a que se refi ere la resolución citada en el primer párrafo, en el sentido de considerar la permanencia en Misión de Estudios, en los Estados Unidos de América, del 01 de enero al 15 de julio de 2009, al Coronel FAP TORRES PAREDES Hugo Enrique; Que, el artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 778- 2008 DE/SG del 25 de julio de 2008, dispone que los órganos competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del personal militar y civil del sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento por concepto de Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad de los referidos viajes, conforme a lo dispuesto en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004 DE-SG; Que, de conformidad con el Artículo 26° de la Ley N° 28359 – Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, el Oficial nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios, por un período mayor de seis (06) meses por cuenta del Estado al extranjero, está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo previsto en el Artículo 23° de la presente Ley más el tiempo compensatorio previsto de acuerdo a la duración de la Comisión de Servicio o Misión de Estudios; Que, según lo previsto en el numeral 17.1 del artículo 17º de la “Ley de Procedimiento Administrativo General”, Ley Nº 27444 de fecha 21 de marzo de 2001, señala textualmente: “La autoridad podrá disponer en el mismo Acto Administrativo que tenga efi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera mas favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe, legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que se pretenda retrotraer la efi cacia del acto el supuesto de hecho justifi cativo para su adopción”; Que, de lo requerido por la Ley se advierte que la retroactividad de este acto es favorable a los administrados y no les conlleva ningún perjuicio, de lo contrario no procedería la efi cacia anticipada por mandato imperativo del mismo texto del artículo de la Ley; y, De conformidad con la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, Ley N° 29075 – Ley que Establece la Naturaleza Jurídica, Función, Competencias y Estructura Orgánica Básica del Ministerio de Defensa, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y su modifi catoria el Decreto Supremo Nº 008-2004- DE/SG del 30 de junio de 2004, Decreto Supremo Nº 007- 2005-DE/SG del 14 de febrero de 2005 y su Reglamento; y, Ley Nº 29289 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Ampliar, con efi cacia anticipada, la autorización de viaje a que se refi ere la Resolución Suprema Nº 238-2008 DE/FAP de fecha 04 de julio de 2008, en el sentido de considerar la permanencia en Misión de Estudios, en los Estados Unidos de América, al Coronel FAP TORRES PAREDES Hugo Enrique, del 01 de enero al 15 de julio de 2009; a mérito de lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2°.- El Ministerio de Defensa – Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos correspondientes, de acuerdo con los conceptos siguientes: Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero US $ 3.050 x 06 Meses x 01 Ofi cial US $ 3.050/31 días x 15 Días x 01 Ofi cial Gastos de Traslado (Retorno) US $ 3.050 x 01 Compensación x 01 Ofi cial