Norma Legal Oficial del día 02 de julio del año 2009 (02/07/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano MORDAZA, jueves 2 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES
EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA POR CUANTO:

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la construccion de la obra, la Sociedad Concesionaria debera dotar de vias de acceso peatonales y vehiculares que proporcionen seguridad, tanto vial como publica, en todas las zonas donde existen actividades educacionales, hospitalarias, institucionales, comerciales, ganaderas y agricolas a fin de evitar que las mismas queden segregadas por la ejecucion de las obras; Que, dentro del contexto senalado y aquel previsto en el contrato de concesion, se hace imprescindible que dentro de la obra del PASO A DESNIVEL se incluya la construccion de accesos que faciliten el desplazamiento de los pobladores del distrito; incluyendo el de aquellos que realizan diversas actividades productivas, tanto hacia el lado norte como sur, asi como Paraderos para uso de la poblacion; y un MORDAZA carrozable de carga pesada, cuya ejecucion debe declararse de necesidad y utilidad publica; y que debe solicitarse a las autoridades competentes se efectuen lo mas pronto posible; Que, de conformidad con el articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, los Gobiernos Locales representan al vecindario; promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion; De conformidad con el articulo 41º de la ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal, en la Sesion Ordinaria de Concejo de fecha veinticinco de junio del presente ano, por unanimidad y con dispensa de la lectura y aprobacion del acta adopto el siguiente: ACUERDO: Articulo 1º.- Declarar de "NECESIDAD Y UTILIDAD PUBLICA" para la poblacion del distrito de Cerro MORDAZA, provincia de Canete, la inclusion en el Proyecto del "Pase a Desnivel", la Construccion de una rampa de acceso vehicular desde la MORDAZA MORDAZA del distrito de salida a la carretera Panamericana hacia el Sur; construccion de otra rampa de acceso vehicular desde las zonas rurales hacia la Panamericana con destino al Norte; asi como la construccion de paraderos peatonales en ambos lados de la via, Construccion de Escaleras de acceso a estos paraderos y la construccion de un MORDAZA para vehiculos pesados de facil y rapido acceso al "anillo vial" que permita el transporte de los productos agricolas y pecuarios de los productores de la zona; conforme al plano que se anexa al presente acuerdo. Articulo 2º.- Solicitar a la Direccion General de Concesiones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones comprenda dentro de la ejecucion del PASO A DESNIVEL la ejecucion de las vias y los paraderos a que se refiere el articulo anterior, asi como el MORDAZA carrozable de carga pesada, Obras, cuya ejecucion se efectuen lo mas pronto posible. Articulo 3º.- Transcribir el presente Acuerdo al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, al Gobierno Regional de MORDAZA, a COVI PERU y a la Municipalidad Provincial de Canete para su conocimiento y fines. Articulo 4º.- Disponer la publicacion del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano y Diario "Al dia con Matices" de la provincia de Canete. Registrese, comuniquese y publiquese; MORDAZA RASPA MORDAZA DE PAIN Alcaldesa

En Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha 3 de junio del 2009; el Informe Nº 036-2009-MDSM-GAF-SGREC de la Subgerencia de Rentas y Ejecucion Coactiva de fecha 20 de MORDAZA del 2009 y el Informe Nº 124-2009-MDSM-GAJ de Gerencia de Asesoria Juridica de fecha 22 de MORDAZA del 2009, respecto al proyecto de Ordenanza que establece el derecho de emision mecanizada de actualizacion de valores del Impuesto Predial, Fijan cronograma y vencimiento y Distribucion de cuponeras de pagos 2009. CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el articulo 194º de Constitucion Politica del Peru en concordancia con el articulo II y del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972 -, los gobiernos locales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujecion al ordenamiento juridico. Que, el articulo 74º de la Constitucion Politica del Peru en concordancia con el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, establece que, los gobiernos locales a traves de Ordenanzas pueden crear, modificar y suprimir o exonerar de los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que, el articulo 13º del Texto Unico Ordenado, de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado por el Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, precisa: "(...) Las Municipalidades estan facultadas para establecer un monto minimo a apagar por concepto del Impuesto equivalente a 0.6% de la UIT vigente al 1 de enero del ano al que corresponde el Impuesto." Que, el articulo 14º del Texto Unico Ordenado, de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado por el Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, precisa: Los contribuyentes estan obligados a presentar declaracion jurada: a) Anualmente, el ultimo dia habil del mes de febrero, salvo que el Municipio establece una prorroga; (...) c) Cuando asi lo determine la administracion tributaria para la generalidad de contribuyentes y dentro el plazo que determine para tal fin (...). Que, la Cuarta Disposicion Final del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, aprobada por el Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, establece que las Municipalidades que brinden el servicio de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion de tributos y emision de los recibos de pago correspondientes, incluida su distribucion a domicilio, quedan facultadas a cobrar por dichos servicios no mas del 0.4% de la UIT vigente al primero de enero de cada ejercicio. Que, el ultimo parrafo del articulo 29º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF y modificatorias, establece que el plazo para el pago de deuda tributaria podra ampliarse con caracter general por la Administracion Tributaria. Que, con el Informe Nº 036-2009-MDSM-GAFSGREC de la Subgerencia de Rentas y Ejecucion Coactiva de fecha 20 de MORDAZA del 2009 manifiesta que dentro del Plan Operativo Institucional 2009 ha programado la emision masiva de 1,000 cuponeras del Impuesto predial del 2009 de los predios urbanos y rurales para el incremento de la recaudacion respectiva, con la denominada cobranza ordinaria. Con el objetivo de incentivar el cumplimiento voluntario y oportuno de las obligaciones tributarias por parte de los contribuyentes, siendo Por ello necesario otorgar beneficios especiales a los contribuyentes del distrito que cumplan con sus obligaciones tributarias. Que, con Informe Nº 124-2009-MDSM-GAJ de Gerencia de Asesoria Juridica de fecha 22 de MORDAZA del 2009, ratifica lo expuesto en el Informe N º 036-2009-MDSM-GAFSGREC de la Subgerencia de Rentas y Ejecucion Coactiva el mismo que se encuentra de acuerdo con la normatividad legal vigentes. Que en uso de las facultades conferidas en los numerales 3) y 32) del Articulo 9º y numerales 39 y 5) del Art. 20º de la Ley Organica de Municipalidades Ley N º

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA
Establecen derecho de emision mecanizada de actualizacion de valores del Impuesto Predial, fijan cronograma y distribucion de cuponeras de pago 2009
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 008-2009-MDSM San MORDAZA, 19 de junio del 2009

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