Norma Legal Oficial del día 02 de julio del año 2009 (02/07/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 2 de MORDAZA de 2009

un MORDAZA de seleccion posterior, en el informe tecnico legal respectivo se debe fundamentar las razones que motivan la contratacion definitiva. Toda contratacion realizada para enfrentar una situacion de emergencia debera regularizarse dentro de los diez (10) dias habiles siguientes de efectuada la entrega del bien o la primera entrega en el caso de suministro, o del inicio de la prestacion del servicio o del inicio de la ejecucion de la obra, incluyendo el MORDAZA en el Plan Anual de Contrataciones de la Entidad, publicando la resolucion o acuerdo correspondiente y los informes tecnico y legal sustentatorios en el SEACE, debiendo remitir dicha informacion a la Contraloria General de la Republica, asi como emitiendo lo demas documentos contractuales que correspondan segun el estado de ejecucion de las prestaciones"; en merito a lo dispuesto al articulo 128º del DECRETO SUPREMO N° 184-2008-EF Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado; Que, el articulo 133º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, establece que la resolucion o acuerdo que aprueba la exoneracion del MORDAZA de seleccion, requiere obligatoriamente de uno (1) o mas informes previos, que contengan la justificacion tecnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneracion; Que, mediante el INFORME N° 199-2009G.R.PASCO-GGR-GRI, la Gerencia Regional de Infraestructura, en funcion a la problematica existente, y que hasta la fecha no se les ha dado la atencion debida y en base a ello adoptar las medidas pertinentes en base a la normatividad vigente, solicita la aprobacion de la Exoneracion del MORDAZA de Seleccion por la causal de Situacion de Emergencia para la ejecucion de los Puentes Carrozables Quirishari y Nueva Esperanza; Que, mediante INFORME LEGAL Nº 307 ­ 2009 ­ GRPASCO/DRAJ la Oficina Regional de Asesoria Juridica, opina que el Consejo Regional acuerde la Exoneracion del MORDAZA de Seleccion por Situacion de Emergencia para la Ejecucion de las Obras MORDAZA Carrozable Quirishari y MORDAZA Carrozable Nueva MORDAZA, con la finalidad de dotar de infraestructura vial transitable que sea MORDAZA para la provincia de Oxapampa; En uso de las atribuciones conferidas por el articulo 21º, inciso o) concordante con el articulo 39º de la Ley Nº 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias; ACUERDA: Primero.- APROBAR la Exoneracion del MORDAZA de seleccion por Situacion de Emergencia para la Ejecucion de las Obras MORDAZA Carrozable Quirishari y MORDAZA Carrozable Nueva MORDAZA, toda vez que estan declarados en emergencia y que hasta el momento no han sido intervenidos. Segundo.- COMUNICAR el presente Acuerdo Regional a la Contraloria General de la Republica, al Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE y Organo de Control Institucional de la Entidad, asi mismo su publicacion en el Diario Oficial El Peruano dentro del plazo de ley, bajo responsabilidad. Tercero.- DISPONER que la Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorio, y Gerencia Regional de Infraestructura, velar por el cumplimiento del presente Acuerdo y las acciones necesarias para su ejecucion de acuerdo a ley. Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Infraestructura la publicacion del presente Acuerdo Regional de conformidad con el Articulo 42º de la Ley N° 27867- Ley Organica de los Gobiernos Regionales y su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional

GOBIERNO REGIONAL DE TACNA
Modifican procedimientos 11 y 12 del MORDAZA del Comite de Administracion de ZOFRATACNA
ORDENANZA REGIONAL Nº 020-2009-CR/GOB.REG.TACNA
EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha veintidos de junio del ano dos mil nueve, en sesion Ordinaria, aprobo la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, el articulo 191 de la Constitucion Politica del Estado, senala que: "Los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, y administrativa en los asuntos de su competencia"; Que, el inciso 38.5 del articulo 38 de la Ley 27444 ­ Ley de Procedimiento Administrativo General, establece: "Una vez aprobado el MORDAZA, toda modificacion que no implique la creacion de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitacion o requisitos, se debe realizar por Resolucion Ministerial del Sector, MORDAZA Regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldia, o por Resolucion del Titular del Organismo MORDAZA conforme a la Constitucion, segun el nivel de gobierno respectivo"; Que, el Comite de Administracion de la MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Comercial de Tacna ­ ZOFRATACNA tiene como objetivos estrategicos el de fortalecer y dinamizar el sistema, promoviendo el incremento de las inversiones, la satisfaccion de los clientes y la mejor gestion institucional; para lo cual brinda las mayores facilidades en los procedimientos que siguen los usuarios de la ZOFRATACNA. Que, mediante Ordenanza Regional Nº020-2008-CR/ GOB.REG.TACNA de fecha 16 de octubre del 2008, se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Comite de Administracion de la MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Comercial de Tacna ­ ZOFRATACNA; Que, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA), es un documento de gestion que uniforma, reduce, simplifica y unifica la informacion relativa al tramite de la solicitud que el administrado presenta a la entidad en el ejercicio de su derecho de peticion, es de caracter descriptivo e informativo que orienta a los agentes economicos y administrados en general sobre los procedimientos y servicios administrativos que realicen o presten los organos de linea de la entidad, y en determinados casos los organos de apoyo; Que, los informes Nº 218-2009-JFA/ORAJ/GOB.REG. TACNA de la Oficina Regional de Asesoria Juridica y el Informe Nº06-2009-SGDO-GRPPAT/GOB.REG.TACNA de la Gerencia Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; senalan que resulta viable legal y tecnicamente la aprobacion del proyecto de Ordenanza Regional. Que, mediante el Dictamen Nº003-2009-CR-COPPYAT emitido por la Comision Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; se aprueba la propuesta normativa; Que, el Pleno del Consejo Regional, en merito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los articulos 15 literal a), 36 y 37 literal a) y 38 de la Ley 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en Sesion Ordinaria de la fecha, ha aprobado la siguiente; ORDENANZA REGIONAL: Articulo Primero.MODIFIQUESE LOS PROCEDIMIENTOS 11 Y 12 DEL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) DEL COMITE DE ADMINISTRACION DE ZOFRATACNA, APROBADO MEDIANTE ORDENANZA REGIONAL Nº

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