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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE JULIO DEL AÑO 2009 (02/07/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 46

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 2 de julio de 2009 398420 el Informe Nº 024-2008-GPCPS-MDR de fecha 11.12.08 de la Gerencia de Participación Ciudadana y Programas Sociales; el Informe Nº 425-2008-OAJ-MDR de fecha 05.12.08 de la Ofi cina de Asuntos Jurídicos; referente al Proyecto de Ordenanza del Reglamento de Elecciones de los Representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil del distrito del Rímac, para su integración al Consejo de Coordinación Local Distrital para el periodo 2009 al 2011 de la Municipalidad Distrital del Rímac; CONSIDERANDO: Que, los Artículos 197º y 199º de la Constitución Política del Perú, modifi cada mediante Ley Nº 27680 “Ley de Reforma Constitucional”, que aprueba la Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre descentralización, establecen que: las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local; así mismo, formulan sus presupuestos con la participación de la población y rinden cuenta de su ejecución anual bajo responsabilidad, conforme a Ley; Que, la Ley Nº 27783 “Ley de Bases de la Descentralización” en su Artículo 17.1 dispone que: los Gobiernos Locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus Planes de Desarrollo y Presupuestos y en la Gestión Pública; Que, la Ley Nº 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades”, en su Artículo 53º establece que las Municipalidades se rigen por Presupuestos Participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los mismos que se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la Ley de la materia y en concordancia con los Planes de Desarrollo Concertados de su jurisdicción; Que, la Ley Nº 28056 “Ley Marco del Presupuesto Participativo”, reglamentada por el Decreto Supremo Nº 171-2003-EF, defi ne y establece disposiciones, alcances y objetivos del Proceso Participativo que garanticen la efectiva participación de la Sociedad Civil en el proceso de Programación del Presupuesto Participativo. Que, mediante Resolución Directoral Nº 021-2008- EF/76.01, el Ministerio de Economía y Finanzas aprobó el Instructivo Nº 002-2008-EF/76.01, “Instructivo para el Proceso de Presupuesto Participativo Año Fiscal 2009”, que establece precisiones en armonía con la Quinta Disposición Final del Decreto Supremo Nº 171-2003-EF “Reglamento de la Ley Nº 28056 - Ley Marco del Presupuesto Participativo”, con la fi nalidad de orientar y fortalecer el Proceso de Planeamiento del Desarrollo Concertado Local y Programación del Presupuesto Participativo. Que el Artículo 7º de la Ley Nº 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades”, establece que: los Consejos de Coordinación Local Distrital, son órganos de coordinación y concertación de las Municipalidades Distritales, estableciendo en el Artículo 104º las funciones de coordinación y participación en la Programación del Presupuesto Participativo y la Planifi cación del Desarrollo Concertado, rigiéndose por Reglamento aprobado por Ordenanza Municipal según lo establece el Artículo 105º de la misma Ley; Que, el Artículo 9º inciso 14) de la Ley Nº 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades”, establece que: el Concejo Municipal tiene la atribución de aprobar las normas que garanticen una efectiva participación vecinal; Que, en este contexto, resulta necesario reglamentar la participación de los representantes de la Sociedad Civil, sus responsabilidades, obligaciones y derechos, estableciendo un periodo de (02) años debiendo elegirse en el distrito del Rímac para una efectiva participación vecinal; Que, a través de la ordenanza Nº 125 se aprobó el Plan de Desarrollo Concertado del distrito del Rímac al 2014, que permite brindar una visión de desarrollo a largo plazo y fi jar los ejes y objetivos estratégicos de desarrollo; Que, mediante Ordenanza Nº 077-2003 se estableció el Proceso de Elección de Representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil del Rímac para su integración del Concejo de Coordinación Local Distrital del Rímac; Que en concordancia con el Artículo II del título Preliminar de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y en el 73º que en materia de participación vecinal el gobierno local debe promover, apoyar y reglamentar la participación vecinal en el desarrollo local y organizar los registros de organizaciones sociales y vecinales en el desarrollo local; Que, mediante Informe Nº 024-2008-GPCPS-MDR de fecha 11.12.08 el Gerente de Participación Ciudadana y Programas Sociales ha presentado la propuesta de Proyecto de Ordenanza del Reglamento de Elecciones de los Representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil para su integración al Consejo de Coordinación Local Distrital para el periodo 2009 al 2011 de la Municipalidad Distrital del Rímac; Que, mediante Informe Nº 425-2008-OAJ-MDR de fecha 05.12.08 el Director de la Ofi cina de Asuntos Jurídicos, opina por que el Proyecto de Ordenanza del Reglamento de Elecciones de los Representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil para su integración al Consejo de Coordinación Local Distrital para el periodo 2009 al 2011 de la Municipalidad Distrital del Rímac, sea sometido al Concejo Municipal; Que, mediante Dictamen Nº 002 y 004-2009- CPVBS/SR-MDR de fecha 19.06.09 de la Comisión de Participación Vecinal y Bienestar Social, se aprueba el Proyecto de Ordenanza del Reglamento de Elecciones de los Representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil para su integración al Consejo de Coordinación Local Distrital para el periodo 2009 al 2011 de la Municipalidad Distrital del Rímac; y Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del Articulo 9º y el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, el Concejo Municipal, por unanimidad, aprobó la siguiente Ordenanza: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ELECCIONES DE LOS REPRESENTANTES DE LAS ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL DEL DISTRITO DEL RIMAC PARA SU INTEGRACION AL CONSEJO DE COORDINACION LOCAL DISTRITAL PARA EL PERIODO 2009-2011 Artículo Primero.- APROBAR el REGLAMENTO DE ELECCIONES DE LOS REPRESENTANTES DE LAS ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL DEL DISTRITO DEL RIMAC PARA SU INTEGRACION AL CONSEJO DE COORDINACION LOCAL DISTRITAL PARA EL PERIODO 2009-2011, el mismo que consta de nueve Capítulos, treinta Artículos y tres disposiciones complementarias y una disposición Final, que forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Aprobar la elección de los siete (07) Representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC) del distrito del Rímac, para su Integración al Consejo de Coordinación Local Distrital CCLD, tal como está Identifi cado los Títulos y Segmentos correspondiente al período 2009 al 2011: TITULO SEGMENTO NUMERO DE REPRESENTANTE ECONOMICO Organizaciones de Industria y Organizaciones artesanales REPRESENTANTE 01 Organizaciones de Comercio Organizaciones de Turismo Organizaciones de la Construcción Organizaciones de Mypes Otras organizaciones Empresariales EDUCACION, COMUNICACIÓN, CULTURA, ARTE Y DEPORTE Organizaciones Educativas, Científi cas y Tecnológicas REPRESENTANTE 01 Organizaciones Educativas Organizaciones de medios de Difusión Organizaciones Universitarias e instituciones de Educación Superior Organizaciones de Padres de Familia Organizaciones Culturales Organizaciones Artísticas Organizaciones Deportivos SALUD Y APOYO ALIMENTARIO Organizaciones Sociales de Base (Comedores Populares y Vaso de Leche) REPRESENTANTE 01 Organizaciones de Salud VECINALES Organizaciones de Asentamientos Humanos REPRESENTANTES 02