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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 2 de julio de 2009 398422 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA PERLA Prorrogan la vigencia de la Ordenanza Nº 007-2009-MDLP y otros beneficios tributarios ORDENANZA Nº 008-2009-MDLP La Perla, 26 de junio del 2009 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA Visto: en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha, 26 de Junio del 2009, El Dictamen de la Comisión de Administración Economía y Presupuesto, sobre el Proyecto de Ordenanza de ampliación de vigencia de la Ordenanza Nº 007-2009-MDLP y otros benefi cios tributarios; y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado señala que “Las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local tienen autonomía económica y administrativa en los asuntos de su competencia”, asimismo, se atribuye a los Concejos Municipales las funciones normativas que se ejerce mediante ordenanzas que establece el numeral 8) del artículo 9º de la Ley 27972 Ley Orgánica de Municipalidades; Que, de acuerdo a lo establecido en la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, “Los Gobiernos Locales mediante Ordenanzas pueden crear, modifi car y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos dentro de su jurisdicción y de acuerdo a los límites que señala la Ley”. Que en el segundo párrafo del artículo 41º del TUO del Código Tributario establece que “excepcionalmente los gobiernos locales podrán condonar, con carácter general, los intereses y las sanciones respecto a los tributos que administra”; Que, el artículo 52º del T.U.O del Código Tributario, dispone “que los gobiernos locales administran exclusivamente las contribuciones y tasas municipales, sean estas últimas, derechos, licencias o arbitrios y por excepción los impuestos que la ley les asigne”; Que, la política de la actual Gestión Municipal, está orientada a velar por el saneamiento y la actualización de los estados de cuenta de sus contribuyentes en la línea del fomento del bienestar del vecino, procurando dictar las medidas que permitan la solución de la problemática planteada actuando con equidad y, tomando en consideración la situación económica que atraviesa nuestro país es necesario otorgar las facilidades a los vecinos para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, por cuanto la presente gestión municipal tiene sentada sus bases en una justa, humana y efi ciente administración; Que mediante Memorándum Nº 0138-2009-GAT/ MDLP, la Gerencia de Administración Tributaria presenta el Proyecto de Ordenanza sobre Prórroga de Vigencia de la Ordenanza Nº 007-2009 MDLP la cual aprobó el Benefi cio de Regularización Tributaria con respecto a deudas que aún mantienen los contribuyentes por concepto de arbitrios municipales (limpieza pública, parques, jardines y Serenazgo) referente a los años anteriores, la exposición de motivos que se acompaña detalla las razones por las cuales se presenta la propuesta tomando en cuenta la necesidad de lograr una mejor recaudación pero con sentido social. Que, mediante memorándum Nº 043-2009-GPYP- MDLP de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto informa que declara que el otorgamiento del Benefi cio de Regularización Tributaria tendrá una incidencia positiva en la recaudación del presente ejercicio; Que, mediante Informe Nº 162-2009-GAJ/MDLP, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que ha procedido a revisar y analizar el proyecto de la Ordenanza sobre prórroga de la vigencia de la ordenanza Nº 007-2009- MDLP, se encuentra conforme a la norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF y a lo dispuesto por el numeral 8 ) del artículo 9 de la Ley Nº 27972 en consecuencia deberá ponerse a consideración del Pleno del Concejo Municipal para su respectiva aprobación de considerarlo pertinente; Que, mediante Informe Nº 054-2009-GM-MDLP, la Gerencia Municipal, remite los actuados al Despacho de Alcaldía para ser elevado al Pleno del Concejo Municipal; Que, mediante Ofi cio Nº 232-2009-ALC-MDLP el Despacho de Alcaldía remite la documentación a la Comisión de Administración, Economía y Presupuesto para que emita el respectivo dictamen; Que, habiéndose sometido a debate y, a la deliberación ante el Pleno del Concejo Municipal, el mismo ha emitido su pronunciamiento fi nal; Estando a los fundamentos expuestos, y, en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del Artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades con el voto UNANIME de los Señores (as) Regidores (as) con la dispensa de Lectura y aprobación del acta se ha dado la siguiente: ORDENANZA PRORROGA DE VIGENCIA DE LA ORDENANZA Nº 007- 2009- MDLP y OTROS BENEFICIOS TRIBUTARIOS Artículo Primero.- Prorrogar hasta el 07-08-2009 los Benefi cios Tributarios detallados en la Ordenanza Nº 007- 2009-MDLP. Artículo Segundo.- Modifi car el artículo 3º de la Ordenanza Nº 007-2009-MDLP quedando redactado de la siguiente manera: “Artículo Tercero.- En el caso específi co de fraccionamiento que hubiesen realizado los contribuyentes podrán cancelar las cuotas pendientes de pago libres del interés moratorio correspondiente”. Artículo Tercero.- Las personas discapacitadas que sean propietarios de un solo inmueble, declarado en un solo anexo, con uso exclusivo de casa – habitación, cuyo domicilio fi scal se encuentre dentro del Distrito de La Perla, y, residan en el predio, pagarán el 25% de la deuda insoluta que tuvieran por concepto de arbitrios municipales, condonándoseles el 75% de la deuda restante y los intereses moratorios correspondientes. Artículo Cuarto.- Los contribuyentes que cancelen el impuesto predial y arbitrios municipales correspondientes al ejercicio 2009 hasta el término de la vigencia de la presente Ordenanza, obtendrán un descuento del 20% en el pago de arbitrios. Quienes cancelen únicamente los arbitrios municipales del ejercicio 2009, obtendrán un descuento del 10% sobre el monto insoluto de dichos arbitrios. Artículo Quinto.- La Ordenanza surtirá sus efectos a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Sexto.- Encargar a Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria y Sub Gerencia de Relaciones Públicas, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. PEDRO JORGE LÓPEZ BARRIOS Alcalde 366814-1 Modifican Ordenanza Nº 015-2004- MDLP a fin de adecuar diversos documentos de gestión a la nueva nomenclatura de la unidad orgánica Subgerencia de Trámite Documentario y Archivo General ORDENANZA Nº 009-2009-MDLP La Perla, 26 de junio del 2009 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA VISTO: en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha, 26 de Junio del 2009, el Dictamen de la Comisión de