Norma Legal Oficial del día 02 de julio del año 2009 (02/07/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 2 de MORDAZA de 2009

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA
Aprueban Indices Unificados de Precios de la Construccion para las seis Areas Geograficas, correspondiente al mes de junio de 2009
RESOLUCION JEFATURAL N° 183-2009-INEI
MORDAZA, 1 de MORDAZA del 2009 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en la Novena Disposicion Complementaria y Transitoria del Decreto Ley 25862, de 18.11.92, se declara en desactivacion y disolucion al Consejo de Reajuste de Precios de la Construccion (CREPCO); Que, asimismo la Undecima Disposicion Complementaria y Transitoria del referido Decreto Ley, dispone transferir al Instituto Nacional de Estadistica e Informatica (INEI) las funciones de elaboracion de los Indices de los elementos que determinen el costo de las Obras; Que, con el objeto de facilitar su cumplimiento, se considera necesaria la publicacion de aquellos Indices que a la fecha cuentan con la informacion requerida; Que, la Direccion Tecnica de Indicadores Economicos ha elaborado el Informe Nº 01-06-2009/DTIE, referido a los Indices Unificados de Precios de la Construccion, para las seis (6) Areas Geograficas, correspondientes al mes de junio del 2009, el mismo que cuenta con la conformidad de la Comision Tecnica para la aprobacion de los Indices Unificados de Precios de la Construccion (IUPC); En uso de las atribuciones conferidas por el Art. 6º del Decreto Legislativo Nº 604, "Ley de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica". SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar los Indices Unificados de Precios de la Construccion para las seis (6) Areas Geograficas, correspondientes al mes de junio del 2009, que a la fecha cuentan con la informacion requerida, en la forma que a continuacion se detalla:

ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO
Sancionan al Estudio MORDAZA MORDAZA MORDAZA S. Civil D.R.L. con inhabilitacion temporal en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado
TRIBUNAL DE CONTRATACIONES DEL ESTADO RESOLUCION Nº 1588 -2009-TC-S4
Sumilla: El procedimiento de resolucion contractual ha sido previsto en el articulo 144 del Reglamento, el cual dispone que en caso de incumplimiento contractual, la parte afectada requerira a la otra notarialmente para que satisfaga sus obligaciones en un plaza no menor a dos, ni mayor a quince dias, bajo apercibimiento de resolver el contrato.

MORDAZA, 26 de junio de 2009 Visto, en sesion de fecha 23 de junio de 2009 de la Cuarta Sala del Tribunal de Contrataciones del Estado el Expediente 757.2009/TC, sobre el procedimiento administrativo sancionador iniciado contra el Estudio MORDAZA MORDAZA MORDAZA S.R.L. por supuesta responsabilidad en dar lugar a la resolucion la Orden de Servicio No 202130, por causal atribuible a su parte, derivada de la Adjudicacion de Menor Cuantia 240406-2004, convocada por la Empresa Peruana de Servicios Editoriales S.A. para la contratacion de abogado penalista; y atendiendo a los siguientes: ANTECEDENTES: 1. En el ano 2004, la Empresa Peruana de Servicios Editoriales S.A. convoco a la Adjudicacion de Menor Cuantia 240406-2004 para la contratacion de abogado penalista para auspiciar el MORDAZA seguido por EDITORA PERU en el caso de medio de cambio. 2. Con Carta Nº 267-F300/CEP-EP-2004 de fecha 3 de marzo de 2004, la Entidad invito al Estudio MORDAZA MORDAZA MORDAZA S.R.L. al MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia 240406-2004. Producto del MORDAZA de seleccion realizado se le adjudico la buena pro a la referida empresa. 3. Con fecha 5 de marzo de 2004, la Entidad emitio la Orden de Servicio N o 202130 a nombre del postor, la cual le fue notificada el 10 de marzo de 2004. Mediante dicho documento el referido estudio de abogados se comprometia a patrocinar el MORDAZA seguido por la Entidad en el caso de "Medios de Cambio" contra MORDAZA Arnillas y otros. Las obligaciones asumidas fueron las siguientes: i. Inmediatamente de asumido el MORDAZA del MORDAZA, debera revisar el expediente en el Juzgado Penal correspondiente. ii. Luego de cumplido el Punto 1, presentara un informe situacional del MORDAZA, precisando especificamente que la Entidad en su condicion de agraviada se MORDAZA apersonada coma parte civil. iii. Mantendra informada a la Entidad de la evolucion del proceso. iv. Acudira a todas las diligencias que se programen dentro del MORDAZA representando a la Entidad en su calidad de abogado. v. Interpondra recurso impugnatorio correspondiente si la reparacion civil no es la suficiente para recuperar el prejuicio de la Entidad. vi. El MORDAZA del MORDAZA es hasta la sentencia de MORDAZA instancia.

INDICE CODIGO 30 34 39 47 49 53

JUNIO 2009 372,65 365,57 346,69 397,23 256,93 615,27

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367300-1

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