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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE JULIO DEL AÑO 2009 (02/07/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 9

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 2 de julio de 2009 398383 1.1 Dispóngase la reserva de un volumen de agua de hasta 66.82 MMC provenientes de la cuenca del río Chonta por el plazo de dos (02) años, a favor del “Proyecto Regulación de las Aguas del Río Chonta mediante la Presa Chonta” a cargo de la Municipalidad Provincial de Cajamarca. 1.2 El volumen reservado será con fi nes poblacionales en 11.67 MMC y agrícolas en 55.15 MMC, distribuido mensualmente de la siguiente manera: Reserva de agua Ene Feb Mar Abr May Jun Jul Ago Sep Oct Nov Dic Total Caudal m3/s Volumen MMC 2.68 7.18 4.16 10.07 5.22 13.98 3.95 10.24 2.38 6.37 0.87 2.26 0.23 0.62 0.66 1.77 0.55 1.43 0.96 2.57 1.62 4.20 2.29 6.13 66.82 Artículo 2º.- Responsable de supervisar la reserva de agua La Administración Local de Agua Cajamarca es responsable de supervisar el cumplimiento de lo dispuesto mediante la presente Resolución Jefatural, debiendo informar a la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos. Regístrese, comuníquese y publíquese, ABELARDO DE LA TORRE VILLANUEVA Jefe Autoridad Nacional del Agua 367030-1 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Autorizan viaje de representantes del Ministerio a Suiza y Japón para participar en el Segundo Examen Global de la Ayuda para el Comercio y en la II Ronda de Negociaciones del Acuerdo de Asociación Económica entre Perú y Japón RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 097-2009-MINCETUR Lima, 1 de julio de 2009 CONSIDERANDO: Que, en el marco de la Organización Mundial del Comercio – OMC, se lanzó en diciembre de 2005 la Iniciativa de Ayuda para el Comercio (AFT), como una herramienta para los países en desarrollo, a fi n de impulsar su comercio de bienes y servicios, aportar al crecimiento de sus economías y contribuir a la reducción de la pobreza; en dicho contexto, se realizó el “Examen Global de la Ayuda para el Comercio” en noviembre de 2007; Que, el Segundo Examen Global se llevará a cabo los días 6 y 7 de julio de 2009, en la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, con el objetivo de dar un mayor impulso al mandato sobre Ayuda para el Comercio; Que, de otro lado, entre los días 6 y 10 de julio de 2009, en la ciudad de Tokio, Japón, se realizará la Segunda Ronda de Negociaciones para un Acuerdo de Asociación Económica entre Perú y Japón; Que, por tal razón, el Viceministro de Comercio Exterior, ha solicitado que se autorice el viaje de la señora María Liliana Honorio Malásquez, Directora ALCA de la Dirección Nacional de Asuntos Multilaterales y Negociaciones Comerciales Internacionales, a las ciudades de Ginebra y Tokio, para que en representación del MINCETUR, asista a los eventos antes mencionados; Que, el MINCETUR es el organismo público responsable de velar por el cumplimiento de los acuerdos o convenios internacionales, en materia de comercio exterior e integración, en coordinación con los distintos sectores del Gobierno, en el ámbito de sus respectivas competencias; Que, la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, con algunas excepciones, entre las que se encuentran los viajes que se efectúan en el marco de la negociación de acuerdos comerciales de importancia para el Perú; De conformidad con la Ley Nº 29289 antes citada, la Ley Nº 27790, de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR, la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, y sus modifi catorias, y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señora María Liliana Honorio Malásquez, Directora ALCA de la Dirección Nacional de Asuntos Multilaterales y Negociaciones Comerciales Internacionales del Viceministerio de Comercio Exterior, a las ciudades de Ginebra, Confederación Suiza, y Tokio, Japón, del 4 al 12 de julio de 2009, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, participe en el Segundo Examen Global de la Ayuda para el Comercio y en la II Ronda de Negociaciones del Acuerdo de Asociación Económica entre Perú y Japón, a que se refi ere la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, estarán a cargo del Pliego Presupuestal del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes: US $ 6 187,49 Viáticos (US $ 260,00 x 7 días): US $ 1 820,00 Tarifa CORPAC: US $ 31,00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza mediante la presente resolución, presentará a la Ministra de Comercio Exterior y Turismo, un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en los eventos a los que asistirá; asimismo, presentará la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República YEHUDE SIMON MUNARO Presidente del Consejo de Ministros MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 367333-10 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 098-2009-MINCETUR Lima, 1 de julio de 2009 CONSIDERANDO: Que, entre los días 25 y 30 de mayo pasado, se realizó en Lima la Primera Ronda de Negociaciones para un Acuerdo de Asociación Económica (AAE) entre Perú y Japón, la que incluyó doce mesas de negociaciones y discusiones técnicas en temas de interés para ambas partes; Que, la Segunda Ronda de Negociaciones para dicho Acuerdo se llevará a cabo en la ciudad de Tokio, Japón, del 6 al 10 de julio de 2009; Que, en tal razón, el Viceministro de Comercio Exterior ha solicitado que se autorice el viaje de los profesionales que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR, participarán en las diversas mesas de negociación durante el evento antes mencionado; Que, el MINCETUR, es el organismo público competente para defi nir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo y responsable en materia de negociaciones comerciales internacionales, en coordinación con los demás sectores del Gobierno en el ámbito de sus respectivas competencias;