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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 2 de julio de 2009 398386 Desarrollo Turístico Nacional, establece que los ingresos provenientes de la recaudación del mencionado impuesto, luego de deducido el porcentaje que conforme a Ley corresponda a la SUNAT, serán transferidos al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, para que los utilice a través de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERU y el Plan COPESCO Nacional (antes, Proyecto Especial Plan COPESCO), exclusivamente en el desarrollo de las actividades y proyectos a que se refi ere el artículo 1º de dicha Ley, de acuerdo al Plan Anual de Promoción y Desarrollo Turístico Nacional; Que, el numeral 3.1 del artículo 3º del Reglamento de la citada Ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2003- MINCETUR, modifi cado por Decreto Supremo Nº 006- 2006-MINCETUR, dispone que el Fondo para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional, es un patrimonio bajo la administración y gestión del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR, para fi nanciar exclusivamente las actividades y proyectos destinados al desarrollo del turismo nacional, contenidos en el Plan Anual de Promoción y Desarrollo Turístico Nacional aprobado por el MINCETUR; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 025-2009- MINCETUR/DM de fecha 02 de marzo de 2009, se aprobó el Plan Anual de Promoción y Desarrollo Turístico Nacional para el año 2009, el cual incluye, entre otros, los proyectos de inversión turística: “Acondicionamiento Ambiental y Turístico de la Bahía Interior de Puno del Lago Titicaca” y “Acondicionamiento Turístico y Puesta en Valor de las principales Chullpas del Complejo Arqueológico de Sillustani, Distrito de Atuncolla, Provincia de Puno – Puno” correspondientes a la Municipalidad Provincial de Puno y “Desarrollo Forestal en Zonas Turísticas del Alto Utcubamba mediante una Zonifi cación Turística y Ecológica” correspondiente al Gobierno Regional del Departamento de Amazonas; Que, para el cabal cumplimiento de las metas programadas en el referido Plan para el ejercicio presupuestal 2009, es necesario que el Pliego 035 Ministerio de Comercio Exterior y Turismo transfi era recursos de la Unidad Ejecutora 004 Plan COPESCO Nacional, a favor de las mencionadas entidades públicas, para la ejecución de proyectos vinculados al desarrollo turístico, recursos que se derivan de la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios provenientes de la Ley Nº 27889, antes citada; Que, la Quinta Disposición Final de la Ley Nº 29289 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, modifi cada por el Decreto de Urgencia Nº 035-2009, establece en su primer párrafo que los recursos asignados en los presupuestos institucionales de los Pliegos del Gobierno Nacional, para la ejecución de los proyectos de inversión en los Gobiernos Regionales o los Gobiernos Locales, se transfi eren bajo la modalidad de modifi cación presupuestaria a nivel institucional, aprobada mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro del sector correspondiente y el Ministro de Economía y Finanzas, previa suscripción de convenio; De conformidad con la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto – Ley Nº 28411 y modifi catorias, la Ley Nº 29289 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, el Decreto de Urgencia Nº 035-2009 y la Ley Nº 27889 – Ley que crea el Fondo y el Impuesto Extraordinario para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2003- MINCETUR; DECRETA: Artículo 1º.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009 hasta por la suma de TRES MILLONES CIENTO SETENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 172 836,00) para la Municipalidad Provincial de Puno y el Gobierno Regional del Departamento de Amazonas, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Nuevos Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 035 : Ministerio de Comercio Exterior y Turismo UNIDAD EJECUTORA 004 : Plan COPESCO Nacional FUNCIÓN 09 : Turismo PROGRAMA FUNCIONAL 022 : Turismo SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0045 : Promoción Del Turismo PROYECTO 2.001621 : Estudios de Pre-Inversión FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios Gastos de Capital 2.6. Adquisición de Activos No Financieros 821 168,00 PROYECTO 2.023224 : Acondicionamiento Ambiental y Turístico de la Bahía Interior de Puno del Lago Titicaca FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios Gastos de Capital 2.6. Adquisición de Activos No Financieros 1 760 268,00 PROYECTO 2.040511 : Desarrollo Forestal en Zonas Turísticas del Alto Utcubamba mediante una Zonifi cación Turística y Ecológica FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios Gastos de Capital 2.6. Adquisición de Activos No Financieros 591 400,00 ------------------ TOTAL EGRESOS 3 172 836,00 ========== A LA: En Nuevos Soles SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO : Municipalidad Provincial de Puno FUNCIÓN 09 : Turismo PROGRAMA FUNCIONAL 022 : Turismo SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0010 : Infraestructura y Equipamiento PROYECTO 2.054710 : Acondicionamiento Turístico y Puesta en Valor de las Principales Chullpas del Complejo Arqueológico de Sillustani, Distrito de Atuncolla, Provincia de Puno - Puno FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios Gastos de Capital 2.6. Adquisición de Activos No Financieros 821 168,00 PROYECTO 2.023224 : Acondicionamiento Ambiental y Turístico de la Bahía Interior de Puno del Lago Titicaca FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios Gastos de Capital 2.6. Adquisición de Activos No Financieros 1 760 268,00 ------------------ Total 2 581 436,00 SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO 440 : Gobierno Regional del Departamento de Amazonas UNIDAD EJECUTORA 001 : Sede Amazonas FUNCIÓN 09 : Turismo PROGRAMA FUNCIONAL 022 : Turismo SUB PROGRAMA FUNCIONAL 0045 : Promoción de Turismo PROYECTO 2.040511 : Desarrollo Forestal en Zonas Turísticas del Alto Utcubamba mediante una Zonifi cación Turística y Ecológica FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios Gastos de Capital 2.6. Adquisición de Activos No Financieros 591 400,00 --------------- Total 591 400,00 ------------------ TOTAL EGRESOS 3 172 836,00 ========== Artículo 2º.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1. Los Titulares, del Pliego habilitador y de los Pliegos habilitados, considerados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1º de la presente norma, a nivel funcional programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el