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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE JULIO DEL AÑO 2009 (02/07/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 25

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 2 de julio de 2009 398399 Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, el primer día del mes de julio del año dos mil nueve. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 367333-4 Pasan a la situación de retiro por límite de edad a Embajadores en el Servicio Diplomático de la República RESOLUCIÓN SUPREMA N° 203-2009-RE Lima, 1 de julio de 2009 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 18º de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, la situación de retiro es aquella en la que el miembro del Servicio Diplomático se encuentra apartado defi nitivamente de la situación de actividad, entre otras causas, al cumplir los setenta años de edad o veinte años en cualquier categoría, lo que ocurra primero; Que, el pase a la situación de retiro por límite de edad, se hará efectivo, de ofi cio, mediante Resolución Suprema, al cumplir el funcionario diplomático la edad de setenta años establecida por la Ley; Que, el Embajador en el Servicio Diplomático de la República Juan Fernando Guillén Salas, cumplirá 70 años de edad el 24 de julio de 2009, según lo acredita la partida de nacimiento que obra en su Foja de Servicios; De conformidad con el artículo 18º inciso a) de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y su modifi catoria la Ley N° 29318; y los artículos 43º inciso a) y 44º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Pasar a la situación de retiro al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Juan Fernando Guillén Salas, a partir del 24 de julio de 2009, por cumplir en la citada fecha los 70 años de edad. Artículo 2º.- Darle las gracias por los importantes servicios prestados a la Nación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 367333-12 RESOLUCIÓN SUPREMA N° 204-2009-RE Lima, 1 de julio de 2009 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 18º de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, la situación de retiro es aquella en la que el miembro del Servicio Diplomático se encuentra apartado defi nitivamente de la situación de actividad, entre otras causas, al cumplir los setenta años de edad o veinte años en cualquier categoría, lo que ocurra primero; Que, el pase a la situación de retiro por límite de edad, se hará efectivo, de ofi cio, mediante Resolución Suprema, al cumplir el funcionario diplomático la edad de setenta años establecida por la Ley; Que, el Embajador en el Servicio Diplomático de la República Carlos Manuel Gamarra Mujica, cumplirá 70 años de edad el 30 de julio de 2009, según lo acredita la partida de nacimiento que obra en su Foja de Servicios; De conformidad con el artículo 18º inciso a) de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y su modifi catoria la Ley N° 29318; y los artículos 43º inciso a) y 44º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Pasar a la situación de retiro al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Carlos Manuel Gamarra Mujica, a partir del 30 de julio de 2009, por cumplir en la citada fecha los 70 años de edad. Artículo 2º.- Darle las gracias por los importantes servicios prestados a la Nación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 367333-13 Delegan facultades para suscribir la Enmienda al Acuerdo de Cooperación entre Suiza y la República del Perú, relativo al Programa “Agua y Saneamiento Básico (AGUASAN)” Fase Nº 4 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 205-2009-RE Lima, 1 de julio de 2009 Visto la Hoja de Trámite (GAC) Nº 3053 del 2 de junio de 2009 del Gabinete de Coordinación del Viceministro de Relaciones Exteriores; Debiéndose suscribir la Enmienda al Acuerdo de Cooperación entre Suiza, representada por la Embajada de Suiza - Agencia Suiza para el Desarrollo y la Cooperación (COSUDE) y la República del Perú, representada por el Ministerio de Relaciones Exteriores - Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI) relativo al Programa “Agua y Saneamiento Básico (AGUASAN)” Fase Nº 4, con vigencia del 1 de marzo de 2006 al 30 de junio de 2009; De conformidad con lo establecido en el artículo 5.6 de la Ley Nº 29357 de 30 de abril de 2009, y el Decreto Supremo Nº 031-2007-RE de 21 de mayo de 2007; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Delegar en la persona del señor Licenciado Carlos Pando Sánchez, Director Ejecutivo de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), las facultades sufi cientes para que suscriba la Enmienda al Acuerdo de Cooperación entre Suiza, representada por la Embajada de Suiza - Agencia Suiza para el Desarrollo y la Cooperación (COSUDE) y la República del Perú, representada por el Ministerio de Relaciones Exteriores - Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI) relativo al Programa “Agua y Saneamiento Básico (AGUASAN)” Fase Nº 4, con vigencia del 1 de marzo de 2006 al 30 de junio de 2009. Artículo 2º.- Extender los Plenos Poderes correspondientes al señor Licenciado Carlos Pando Sánchez, Director Ejecutivo de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI). Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 367333-14