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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE JULIO DEL AÑO 2009 (02/07/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 22

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 2 de julio de 2009 398396 de Contrataciones del Estado, su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 184-2008-EF; Que, como consecuencia de lo dispuesto por el Decreto de Urgencia Nº 014-2009, han perdido vigencia el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004- PCM, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; Que, la Segunda Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo Nº 1017, que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, establece que los procesos de contratación iniciados antes de la entrada en vigencia del citado Decreto Legislativo se rigen por sus propias normas, por lo que teniendo en cuenta la situación descrita en el cuarto considerando, resulta necesario establecer que los contratos y procesos de selección realizados dentro del marco del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004- PCM, se encontrarán comprendidos dentro de los alcances de la delegación de facultades y atribuciones conferidas al funcionario a cargo de la Ofi cina General de Administración mediante Resolución Ministerial Nº 594-2008-MIMDES y Resolución Ministerial Nº 083-2009-MIMDES; Que, con la fi nalidad de garantizar la continuidad de una adecuada gestión en la ejecución de las contrataciones, que permitan al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social cumplir con las funciones y competencias señaladas en la Ley Nº 27793, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, es necesario modifi car la Resolución Ministerial Nº 594-2008-MIMDES, modifi cada por Resolución Ministerial Nº 083-2009-MIMDES; Con la visación del Secretario General, de la Directora General de la Ofi cina General de Administración, y de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en el artículo 25º inciso 8) de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el artículo 72º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Ley Nº 27793, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES; y el Decreto Legislativo Nº 1017 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifi car el Artículo 2º, literales b), d), y h) de la Resolución Ministerial Nº 594-2008-MIMDES, modifi cada por Resolución Ministerial Nº 083-2009- MIMDES, en los siguientes términos: “ (...) Artículo 2º.- Delegación de facultades a la Ofi cina General de Administración Delegar al funcionario a cargo de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, las siguientes facultades y atribuciones respecto a la Unidad Ejecutora 001: Administración Nivel Central del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social- MIMDES: (…) b) Aprobar los expedientes de contratación a que hace referencia el artículo 10º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, a excepción de los procesos de Adjudicación de Menor Cuantía, cuyos expedientes serán aprobados por el funcionario a cargo de la Ofi cina de Logística; Asimismo, cuando corresponda, dentro de procesos de selección ya iniciados al amparo del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM; aprobar los expedientes de contratación a que hace referencia el artículo 38º del referido Reglamento, a excepción de los procesos de Adjudicación de Menor Cuantía, cuyos expedientes serán aprobados por el funcionario a cargo de la Ofi cina de Logística; (…) d) La aprobación y suscripción de prestaciones adicionales, excepto en el caso de obras, y la aprobación y suscripción de reducciones, así como las ampliaciones de plazos, respecto de los contratos suscritos por la entidad, las que deberán regirse por el Decreto Legislativo Nº 1017, que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 184- 2008-EF; Asimismo, cuando corresponda, la aprobación y suscripción de prestaciones adicionales o reducciones, así como las ampliaciones de plazos, respecto de los contratos suscritos por la entidad al amparo del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, y el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM; (...) h) Aprobar y efectuar la asignación a que se refi ere el Artículo 76º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1017 - Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF; Asimismo, cuando corresponda, aprobar o autorizar la asignación de recursos sufi cientes para el otorgamiento de la Buena Pro a las propuestas que superen el valor referencial, hasta el límite de diez por ciento (10%) del valor referencial, de acuerdo al TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, y el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM; (...)” Regístrese, comuníquese y publíquese. NIDIA VILCHEZ YUCRA Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 367319-2 PRODUCE Aprueban Transferencia Patrimonial Predial interestatal de inmueble de propiedad del FONDEPES a favor del Ministerio de la Producción, para el funcionamiento de la Dirección General de Asuntos Ambientales de Pesquería y de la Dirección de Asuntos Ambientales de Industria RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 267-2009-PRODUCE Lima, 26 de junio de 2009 VISTOS: el Informe Nº 1794-2008-FONDEPES/OA del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero, el Informe Técnico Nº 088-2009-PRODUCE/OGA-OL y el Memorando Nº 364-2009-PRODUCE/OGA de la Ofi cina General de Administración, así como el Informe Nº 098-2009- PRODUCE/OGAJ-EAF de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de la Producción es competente en pesquería, acuicultura, industria y comercio interno, conforme a lo establecido en el artículo 3º del Decreto Legislativo Nº 1047 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; Que, el Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero (FONDEPES) es una persona jurídica de derecho público, con autonomía técnica, económica y administrativa, propietaria del predio ubicado en la calle Germán Schreiber Nº 194-198, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida Registral Nº 46279638 del Registro de Propiedad Inmueble de la Superintendencia Nacional de Registros Públicos; Que, a través del Ofi cio Nº 465-2007-PRODUCE/SG, de fecha 20 de marzo de 2007, la Secretaría General del Ministerio de la Producción solicitó al FONDEPES la transferencia del inmueble indicado en el considerando precedente, en el cual la Dirección General de Asuntos