Norma Legal Oficial del día 02 de julio del año 2009 (02/07/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 2 de MORDAZA de 2009

nacional, por lo tanto, apoyar toda actividad que favorezca la union, actualizacion y superacion de los profesionales en economia; Que, los dias 22 y 23 de octubre de 2009, bajo el lema "Peru: Encuentro Economico con el Mundo", se llevara a cabo en el auditorio principal de la Camara de Comercio de MORDAZA, el XVIII Congreso Nacional de Economistas, organizado por el Colegio de Economistas de MORDAZA y el Colegio de Economistas del Peru; Que, en consecuencia, es necesario oficializar el XVIII Congreso Nacional de Economistas MORDAZA mencionado; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo y el articulo 5º del Decreto Legislativo Nº 183, modificado por el articulo 3º del Decreto Legislativo Nº 325; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Oficializar el XVIII Congreso Nacional de Economistas organizado por el Colegio de Economistas de MORDAZA y el Colegio de Economistas del Peru, que se llevara a cabo en el auditorio principal de la Camara de Comercio de MORDAZA, los dias 22 y 23 de octubre de 2009. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas

Educacion, y Unidades de Gestion Educativa Local, el realizar programas de capacitacion y difusion respecto de los alcances de la presente Directiva. Articulo 4º.- Disponer que la presente Directiva se publique en el MORDAZA Electronico institucional del Ministerio de Educacion (www.minedu.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion

367310-1

Aprueban "Normas para la implementacion del Concurso Nacional de Comprension Lectora en las Instituciones Educativas de Gestion Publica de Nivel Secundario"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0202-2009-ED
MORDAZA, 30 de junio de 2009 CONSIDERANDO:

367332-1

EDUCACION
Aprueban Directiva "Procedimientos para la Prevencion y Sancion del Hostigamiento Sexual en el Sector Educacion"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0201-2009-ED
MORDAZA, 30 de junio de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27942 se aprobo la Ley de Prevencion y Sancion del Hostigamiento Sexual, y por Decreto Supremo Nº 010-2003-MIMDES se aprobo su Reglamento; normas estas que tienen por objeto el prevenir y sancionar el hostigamiento sexual en las relaciones de autoridad o dependencia, cualquiera sea la forma juridica de esta relacion; Que, el literal "h" del articulo 80º de la Ley Nº 28044, Ley General de Educacion, faculta al Ministerio de Educacion a definir las politicas sectoriales de personal; Que, es politica laboral del Ministerio de Educacion el generar climas y ambientes laborales saludables y favorables para el trabajo, de manera que existan relaciones de autoridad o dependencia optimas que coadyuven a la consecucion de las finalidades institucionales y logro de objetivos a favor del alumnado nacional; Que, la Unidad de Personal de la Oficina General de Administracion de la Sede Central del Ministerio de Educacion ha elaborado el proyecto de Directiva de Procedimientos para la Prevencion y Sancion del Hostigamiento Sexual en el Sector Educacion, la misma cuya aprobacion deviene en necesaria; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762 modificado por la Ley Nº 26510, el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED y sus normas modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 006-2009-ME/ SG "Procedimientos para la Prevencion y Sancion del Hostigamiento Sexual en el Sector Educacion", la misma que forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2º.- Comunicar la presente Resolucion y Directiva a las dependencias del sector encargadas de su cumplimiento. Articulo 3º.- Encargar a la Unidad de Personal, o dependencia que haga sus veces, de la Sede Central del Ministerio de Educacion, Direcciones Regionales de

Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 79º de la Ley Nº 28044, Ley General de Educacion, el Ministerio de Educacion es el organo del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la politica de educacion, cultura, recreacion y deporte, en concordancia con la politica general del Estado; Que, de acuerdo con lo senalado en el articulo 9º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Educacion, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED y sus modificatorias, es funcion del Ministerio de Educacion definir, dirigir, regular y evaluar, en coordinacion con las regiones, la politica educativa y pedagogica nacional, y establecer politicas especificas de calidad y equidad; Que, el articulo 30º del citado Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Educacion, prescribe que la Direccion General de Educacion Basica Regular es responsable de asegurar la formulacion y propuesta articulada de la politica, objetivos, estrategias pedagogicas, normas y orientaciones de alcance nacional para los niveles de Educacion Inicial, Primaria y Secundaria; Que, el numeral 5.1.7 de la Directiva para el Desarrollo del Ano Escolar en las Instituciones Educativas de Educacion Basica y Tecnico Productiva 2009, aprobada mediante la Resolucion Ministerial Nº 0441-2008-ED, sobre las horas de libre disponibilidad, dispone que para el caso de Educacion Secundaria se considera: la Movilizacion Nacional por la Comprension Lectora, en los MORDAZA 2º, 3º y 4º de las Instituciones Educativas Publicas se consideran de las horas de libre disponibilidad obligatoriamente 3 horas semanales para el desarrollo de las capacidades de comprension lectora en el area de Comunicacion. De las 4 horas asignadas a Comunicacion en el Plan de Estudios se utilizaran ademas, 2 horas para la comprension lectora. Se emitira una Directiva especifica; Que, de acuerdo con lo dispuesto en el literal d) del inciso 5.3.1. del numeral 5.3) del punto V.- Disposiciones Generales de la Directiva Nº 001-2009-ME/VMGP " Normas para la implementacion de la Movilizacion Nacional por la Comprension Lectora en las Instituciones Educativas de Gestion Publica de Nivel Secundario", aprobada mediante la Resolucion Ministerial Nº 0044-2009-ED, la Direccion de Educacion Secundaria cumplira las siguientes acciones en el componente pedagogico: coordinara con la Unidad de Medicion de la Calidad para organizar y ejecutar a nivel nacional un Concurso de Comprension Lectora para estudiantes de Educacion Secundaria. Se expedira la MORDAZA pertinente para la ejecucion del concurso; Que, en tal sentido, la Unidad de Medicion de la Calidad en coordinacion con la Direccion de Educacion Secundaria de la Direccion General de Educacion Basica Regular, elaboro la Normas para la Implementacion del Concurso Nacional de Comprension Lectora en las Instituciones Educativas de Gestion Publica de Nivel MORDAZA, cuyo objetivo es mejorar el desarrollo de la capacidad de comprension lectora de los estudiantes de MORDAZA, tercer y MORDAZA MORDAZA de educacion secundaria;

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