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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE JULIO DEL AÑO 2009 (10/07/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 79

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 10 de julio de 2009 398909 prestación efectiva de los servicios públicos, en el contexto de la realidad socioeconómica del Distrito. Estando a lo dispuesto en el Artículo 9º numerales 8) y 9) y el Artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con dispensa del trámite de lectura y Aprobación del acta unanimidad, se aprueba la ORDENANZA QUE ESTABLECE BENEFICIO DE REGULARIZACION TRIBUTARIA Y ADMINISTRATIVA EN LA JURISDICCIÓN DEL DISTRITO DE SANTA ANITA.- Artículo Primero.- OBJETIVO Establecer benefi cios para incentivar el cumplimiento de las obligaciones Tributarias y administrativas de los contribuyentes responsables y/o infractores del Distrito de Santa Anita que mantengan obligaciones tributarias y administrativas pendientes, generados hasta el año 2008. Artículo Segundo.- ALCANCES DEL BENEFICIO Los contribuyentes, responsables y/o infractores tendrán los siguientes benefi cios : Impuesto Predial: Condonación del 100% de intereses moratorios y factor de reajuste. Arbitrios Municipales: Condonación del 100% de moras e intereses. En el caso de aquellos propietarios y/o poseedores que tengan predios dedicados al uso de casa habitación y Terreno sin construir, así como de Comercio y/o Servicio menor y medio, se le aplicarán los siguientes Benefi cios adicionales : - Descuento del 20% del monto insoluto, correspondiente a los años 2004 y 2005 - Descuento del 30% del monto insoluto, correspondiente al año 2007. - Descuento del 50% del monto insoluto, correspondiente al año 2006 Multas Administrativas: Condonación del 50% del monto total de las Multas Administrativas, impuestas hasta el 31 de Mayo del 2009, respecto a las infracciones establecidas en el RAS –Régimen de Aplicación de Sanciones, siempre y cuando el infractor subsane o regularice la infracción incurrida, dentro de la vigencia de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- GASTOS Y COSTAS PROCESALES Las deudas Tributarias y Administrativas que se encuentren en cobranza coactiva, se acogerán al Benefi cio establecido en la presente Ordenanza, previa cancelación de las costas coactivas y gastos administrativos generados. Artículo Cuarto.- VIGENCIA DEL BENEFICIO Los contribuyentes se podrán acoger al presente Benefi cio desde la entrada en vigencia de la presente Ordenanza hasta el 31 de Octubre del 2009 Artículo Quinto.- PAGOS ANTERIORES Los montos pagados con anterioridad a la vigencia de la presente Ordenanza no serán materia de devolución y/o compensación alguna. Artículo Sexto.- DESISTIMIENTO DE RECLAMACIÓN El pago al contado de cualquier deuda, en aplicación de la presente Ordenanza, supone el desistimiento de los recursos impugnatorios o no contenciosos, que se hayan interpuesto contra dichas deudas. DISPOSICIONES FINALES Primero.- Encargar a Secretaría General, Gerencia de Administración, Gerencia de Rentas y Subgerencia de Relaciones Públicas e Imagen Institucional el cumplimiento de la presente Ordenanza Segundo.- Facúltese a la Alcaldesa para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. LEONOR CHUMBIMUNE CAJAHUARINGA Alcaldesa 370012-1 Aprueban Reglamento de Distribución, Supervisión, Control y Evaluación del Programa del Vaso de Leche del Distrito de Santa Anita ORDENANZA Nº 00040 /MDSA Santa Anita, 30 de junio de 2009 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA ANITA. Por cuanto en sesión ordinaria de la fecha que se indica y; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú preceptúa en su Artículo 194º que las municipalidades son los órganos de gobierno local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, la Ley Nº 27470 modifi cado con Ley Nº 27712 establece Normas Complementarias para la Ejecución del Programa del Vaso de Leche. Que, el Artículo 40º de la Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades establece que las Ordenanzas son normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba las materias en las que tiene competencia la municipalidad, entre otros. Que, con Dictamen Nº 001-CEPS-2009-MDSA, la Comisión de Fiscalización de los Programas Sociales, emite dictamen aprobatoria sobre el Reglamento de Distribución, Supervisión, Control y Evaluación del PVL, con el fi n que la población objetivo de dicho programa, reciba una ración alimenticia garantizada con el uso adecuado y óptimo de los recursos estatales. Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal por mayoría aprueba el REGLAMENTO DE DISTRIBUCIÓN, SUPERVISION, CONTROL Y EVALUACIÓN DEL PROGRAMA DEL VASO DE LECHE DEL DISTRITO DE SANTA ANITA, desarrollado de la siguiente manera: OBJETIVO: Lograr que la distribución, supervisión y control de la utilización de los recursos asignados a cada uno de los benefi ciarios inscritos en el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad de Santa Anita se realice en forma efi ciente y efi caz. FINALIDAD: Establecer procedimientos para la distribución, supervisión, control y evaluación de los insumos asignados al Programa del Vaso de Leche, sean entregados a los benefi ciarios del distrito de acuerdo a las normas legales vigentes. BASE LEGAL: El Reglamento Interno del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Santa Anita, tiene como Base Legal los siguientes dispositivos: - Ley N° 24059 - Ley de Creación del Programa del Vaso de Leche. - Directiva Nº 005-2008-CG/PSC - Ley N° 25307 – Declara de Prioritario interés la labor que realiza las OSB, referente al apoyo alimentario.